Disposiciones generales. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2023/8-6)
Orden de 11 de enero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, a organizaciones sindicales para la financiación de gastos corrientes.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 8 - Viernes, 13 de enero de 2023
página 659/13
(Página 9 de 11)
Otras formas de determinar el plazo máximo para la presentación de la justificación:
25.c) Documentos justificativos del gasto:
Originales. Se marcarán con una estampilla:
Sí
No
Fotocopias compulsadas.
25.d) Utilización de medios electrónicos, informáticos o telemáticos en el procedimiento de justificación:
No.
Sí. Medios: Presentación electrónica.
25.e) Trámites que podrán cumplimentarse con los medios arriba aludidos.
Todos.
25.f) Modalidad de justificación:
25.f).1º Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto:
Contenido de la memoria económica justificativa:
El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será el indicado en el artículo 27.2.a).1ª del Texto
Articulado.
El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será el siguiente:
- Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación
de la persona o entidad acreedora y del documento, su importe, fecha de emisión y
fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un
presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas.
- Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico
mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace
referencia en el párrafo anterior y la documentación acreditativa del pago.
- Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, deba haber solicitado la persona o entidad beneficiaria, en su caso.
-Para el concepto subvencionable arrendamientos, se presentará además contrato del mismo entre la
Organización Sindical y el arrendador, debiendo constar en el objeto del contrato la actividad a
que se destina el inmueble. Asimismo,para el caso de arrendamiento de plazas de garage, se
presentará contrato de arrendamiento y memoria justificativa donde se acredite la vinculación de
las mismas con la sede principal.
-Para el concepto subvencionable comunicaciones, publicidad y propaganda se presentará además, en
su caso, fotografías del material de publicidad y propaganda subvencionado donde se compruebe la
publicidad o logotipo de la Organización Sindical.
-Para el concepto subvencionable organización de reuniones y conferencias, se presentará además
programa justificativo de la realización del evento, reunión o conferencia.
-Para el concepto subvencionable gastos de manutención, alojamiento y desplazamiento,se presentará
además la siguiente documentación:
-Alojamiento y manutención: programa del evento, justificación de asistencia al mismo y factura
del gasto de la estancia y la manutención.
-Desplazamiento:Se presentará programa del evento,justificación de asistencia al mismo y factura o
billete del desplazamiento.
Razones motivadas para determinar este contenido de la memoria económica justificativa:
Características específicas de justificación de los conceptos subvencionables.
En caso de existir costes generales y/o costes indirectos, compensación con un tanto alzado sin necesidad de justificación:
No.
Sí. Determinaciones:
25.f).2º Cuenta justificativa con aportación de informe de auditor:
Alcance de la revisión de cuentas por el auditor:
Persona o entidad beneficiaria obligada a auditar sus cuentas anuales con nombramiento de otro auditor.
Persona o entidad beneficiaria no obligada a auditar sus cuentas anuales, con designación de auditor por el órgano concedente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275703
Contenido de la memoria económica abreviada:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 8 - Viernes, 13 de enero de 2023
página 659/13
(Página 9 de 11)
Otras formas de determinar el plazo máximo para la presentación de la justificación:
25.c) Documentos justificativos del gasto:
Originales. Se marcarán con una estampilla:
Sí
No
Fotocopias compulsadas.
25.d) Utilización de medios electrónicos, informáticos o telemáticos en el procedimiento de justificación:
No.
Sí. Medios: Presentación electrónica.
25.e) Trámites que podrán cumplimentarse con los medios arriba aludidos.
Todos.
25.f) Modalidad de justificación:
25.f).1º Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto:
Contenido de la memoria económica justificativa:
El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será el indicado en el artículo 27.2.a).1ª del Texto
Articulado.
El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será el siguiente:
- Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación
de la persona o entidad acreedora y del documento, su importe, fecha de emisión y
fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un
presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas.
- Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico
mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace
referencia en el párrafo anterior y la documentación acreditativa del pago.
- Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, deba haber solicitado la persona o entidad beneficiaria, en su caso.
-Para el concepto subvencionable arrendamientos, se presentará además contrato del mismo entre la
Organización Sindical y el arrendador, debiendo constar en el objeto del contrato la actividad a
que se destina el inmueble. Asimismo,para el caso de arrendamiento de plazas de garage, se
presentará contrato de arrendamiento y memoria justificativa donde se acredite la vinculación de
las mismas con la sede principal.
-Para el concepto subvencionable comunicaciones, publicidad y propaganda se presentará además, en
su caso, fotografías del material de publicidad y propaganda subvencionado donde se compruebe la
publicidad o logotipo de la Organización Sindical.
-Para el concepto subvencionable organización de reuniones y conferencias, se presentará además
programa justificativo de la realización del evento, reunión o conferencia.
-Para el concepto subvencionable gastos de manutención, alojamiento y desplazamiento,se presentará
además la siguiente documentación:
-Alojamiento y manutención: programa del evento, justificación de asistencia al mismo y factura
del gasto de la estancia y la manutención.
-Desplazamiento:Se presentará programa del evento,justificación de asistencia al mismo y factura o
billete del desplazamiento.
Razones motivadas para determinar este contenido de la memoria económica justificativa:
Características específicas de justificación de los conceptos subvencionables.
En caso de existir costes generales y/o costes indirectos, compensación con un tanto alzado sin necesidad de justificación:
No.
Sí. Determinaciones:
25.f).2º Cuenta justificativa con aportación de informe de auditor:
Alcance de la revisión de cuentas por el auditor:
Persona o entidad beneficiaria obligada a auditar sus cuentas anuales con nombramiento de otro auditor.
Persona o entidad beneficiaria no obligada a auditar sus cuentas anuales, con designación de auditor por el órgano concedente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275703
Contenido de la memoria económica abreviada: