3. Otras disposiciones. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2023/6-43)
Resolución de 9 de diciembre de 2022, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Sevilla, por la que se conceden subvenciones en el ámbito provincial a entidades locales para el desarrollo de programas socio-educativos de prevención, seguimiento y control del absentismo durante el curso 2022-2023.
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 6 - Miércoles, 11 de enero de 2023
página 157/4
2011 sobre la terminación convencional del procedimiento, que concluye considerando
que «las bases excluyen la posibilidad de terminación convencional para el procedimiento
de concesión de ayudas de que aquí se trata, al resultar ello de manera expresa del
artículo 20 de dichas bases en relación con el apartado 18 de los cuadros resúmenes a
los que remite ese precepto».
7. Son de aplicación el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías; Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por el
que se modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración
de Consejerías; Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, así como
la Orden de 7 de noviembre de 2019, por la que se delegan competencias en diversos
órganos de la Consejería.
8. Según lo establecido en el artículo 15 de las Bases reguladoras de la Orden de 15
de abril de 2011 y en el apartado 13 del correspondiente Cuadro resumen para la línea de
subvención de entidades locales para la prevención, seguimiento y control del absentismo
escolar, la persona competente para resolver la concesión de las ayudas es la Delegada
Territorial de Educación y Deporte, por delegación del Consejero de Educación y Deporte
de la Junta de Andalucía, y por tanto
RESU ELV E
Primero. Conceder a las entidades que se relacionan en el Anexo I de la presente
resolución las ayudas económicas cuyo importe se indica, y para los proyectos que se
relacionan.
Tercero. De acuerdo con lo recogido en la orden citada, las entidades que figuran
en el Anexo I llevarán a cabo en sus proyectos las actividades que tendrán como objeto
la consecución de aspectos relacionados con la prevención, seguimiento y control del
absentismo escolar en centros docentes sostenidos con fondos públicos. Para ello, se les
ha concedido una subvención, que figura como presupuesto aceptado en el citado anexo
y, con ese fin, realizarán actuaciones encaminadas a la promoción de las siguientes
medidas, tal como queda recogido en el apartado 2.a) del cuadro resumen de las bases
reguladoras para esta línea de subvención (pág. 148, del BOJA de 17.5.2011):
- Permanencia del alumnado de familias dedicadas a tareas laborales de temporada
o a profesiones itinerantes en las localidades y centros docentes de origen durante todo
el curso escolar, para garantizar un proceso educativo sin interrupciones, así como al
colectivo del alumnado inmigrante que pudiera estar afectado.
- Colaboración con los centros docentes de la localidad en el seguimiento escolar del
alumnado para evitar el absentismo y reforzar su asistencia y permanencia en el sistema
educativo.
- Identificar al alumnado que presente indicadores de riesgo de absentismo, al objeto
de prevenirlo.
- Control y seguimiento del cumplimiento de la escolarización obligatoria con objeto
de garantizar el derecho a la educación de todo el alumnado.
- Atención del alumnado fuera del horario lectivo mediante la organización de
actividades socio-educativas e iniciativas que sean necesarias.
- Atención en las localidades de destino de los escolares que se desplacen
temporalmente por motivos laborales de los padres y madres.
- Plena incorporación del alumnado inmigrante y de sus familias en el entorno escolar
y social.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275232
Segundo. Considerar como desestimadas las entidades relacionadas en el Anexo II,
por los motivos que se mencionan.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 6 - Miércoles, 11 de enero de 2023
página 157/4
2011 sobre la terminación convencional del procedimiento, que concluye considerando
que «las bases excluyen la posibilidad de terminación convencional para el procedimiento
de concesión de ayudas de que aquí se trata, al resultar ello de manera expresa del
artículo 20 de dichas bases en relación con el apartado 18 de los cuadros resúmenes a
los que remite ese precepto».
7. Son de aplicación el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías; Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por el
que se modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración
de Consejerías; Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, así como
la Orden de 7 de noviembre de 2019, por la que se delegan competencias en diversos
órganos de la Consejería.
8. Según lo establecido en el artículo 15 de las Bases reguladoras de la Orden de 15
de abril de 2011 y en el apartado 13 del correspondiente Cuadro resumen para la línea de
subvención de entidades locales para la prevención, seguimiento y control del absentismo
escolar, la persona competente para resolver la concesión de las ayudas es la Delegada
Territorial de Educación y Deporte, por delegación del Consejero de Educación y Deporte
de la Junta de Andalucía, y por tanto
RESU ELV E
Primero. Conceder a las entidades que se relacionan en el Anexo I de la presente
resolución las ayudas económicas cuyo importe se indica, y para los proyectos que se
relacionan.
Tercero. De acuerdo con lo recogido en la orden citada, las entidades que figuran
en el Anexo I llevarán a cabo en sus proyectos las actividades que tendrán como objeto
la consecución de aspectos relacionados con la prevención, seguimiento y control del
absentismo escolar en centros docentes sostenidos con fondos públicos. Para ello, se les
ha concedido una subvención, que figura como presupuesto aceptado en el citado anexo
y, con ese fin, realizarán actuaciones encaminadas a la promoción de las siguientes
medidas, tal como queda recogido en el apartado 2.a) del cuadro resumen de las bases
reguladoras para esta línea de subvención (pág. 148, del BOJA de 17.5.2011):
- Permanencia del alumnado de familias dedicadas a tareas laborales de temporada
o a profesiones itinerantes en las localidades y centros docentes de origen durante todo
el curso escolar, para garantizar un proceso educativo sin interrupciones, así como al
colectivo del alumnado inmigrante que pudiera estar afectado.
- Colaboración con los centros docentes de la localidad en el seguimiento escolar del
alumnado para evitar el absentismo y reforzar su asistencia y permanencia en el sistema
educativo.
- Identificar al alumnado que presente indicadores de riesgo de absentismo, al objeto
de prevenirlo.
- Control y seguimiento del cumplimiento de la escolarización obligatoria con objeto
de garantizar el derecho a la educación de todo el alumnado.
- Atención del alumnado fuera del horario lectivo mediante la organización de
actividades socio-educativas e iniciativas que sean necesarias.
- Atención en las localidades de destino de los escolares que se desplacen
temporalmente por motivos laborales de los padres y madres.
- Plena incorporación del alumnado inmigrante y de sus familias en el entorno escolar
y social.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275232
Segundo. Considerar como desestimadas las entidades relacionadas en el Anexo II,
por los motivos que se mencionan.