Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2023/6-12)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se nombra a la Directora del Plan Andaluz de Urgencias y Emergencias.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 6 - Miércoles, 11 de enero de 2023
página 205/1
2. Autoridades y personal
2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio
Andaluz de Salud, por la que se nombra a la Directora del Plan Andaluz de
Urgencias y Emergencias.
La Consejería de Salud y Consumo, en virtud de lo establecido en la Ley 2/1998, de 15
de junio, de Salud de Andalucía, tiene la competencia de definir las políticas sanitarias,
asignar los recursos y garantizar el derecho a la salud de la ciudadanía en la Comunidad
Autónoma Andaluza, todo ello bajo los principios, entre otros, de coordinación de las
actuaciones y de los recursos, mejora de la calidad en los servicios y utilización eficaz
y eficiente de los recursos sanitarios que sean necesarios para la consecución de
sus objetivos.
La citada Ley 2/1998, de 15 de junio, en el artículo 33 establece que, de conformidad
con los criterios y pautas que establezca el Plan Andaluz de Salud, y teniendo en cuenta
las especificidades de cada territorio, se elaborarán planes de salud específicos por los
órganos correspondientes de cada una de las áreas de salud.
El Plan Andaluz de Urgencias y Emergencias es el instrumento organizativo del
Servicio Andaluz de Salud responsable de orientar y marcar las pautas a seguir en la
atención a las urgencias y emergencias, siendo un objetivo clave la asistencia sanitaria a
la emergencia en el menor tiempo posible y con altos niveles de calidad y eficacia, donde
el factor clave es la continuidad asistencial y la integración de las actuaciones de todas
las personas intervinientes.
La atención sanitaria urgente ocupa un lugar destacado en el nuestro sistema
sanitario tanto por el volumen de la demanda, como por la trascendencia social de esta
actividad. Debido a dicha importancia social y sanitaria, nuestra Comunidad Autónoma
ha desarrollado y puesto en marcha importantes estrategias e iniciativas relacionadas
con las urgencias y emergencias, con el objetivo de responder a las necesidades y
expectativas ciudadanas, así como de los profesionales del sistema.
Considerando la necesidad de dar un nuevo impulso al Plan Andaluz de Urgencias y
Emergencias, y con el objetivo de seguir elevando los niveles de la asistencia sanitaria
que se presta a la ciudadanía a través de los dispositivos asistenciales de urgencias y
emergencias del Servicio Andaluz de Salud.
Por todo ello, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley 2/1998, de
15 de junio, de Salud de Andalucía, en el artículo 12 del Decreto 156/2022, de 9 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, y el
Decreto 181/2022, de 9 de agosto, de mi nombramiento,
RESU ELVO
Segundo. Este nombramiento no comportará retribuciones específicas, siendo
estas las correspondientes a su puesto de origen. La persona nombrada conservará su
vinculación jurídica existente con su centro de procedencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275275
Primero. Nombrar a doña Eva María Fragero Blesa, DNI ***5258****, Directora del
Plan Andaluz de Urgencias y Emergencias, del Servicio Andaluz de Salud.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 6 - Miércoles, 11 de enero de 2023
página 205/1
2. Autoridades y personal
2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio
Andaluz de Salud, por la que se nombra a la Directora del Plan Andaluz de
Urgencias y Emergencias.
La Consejería de Salud y Consumo, en virtud de lo establecido en la Ley 2/1998, de 15
de junio, de Salud de Andalucía, tiene la competencia de definir las políticas sanitarias,
asignar los recursos y garantizar el derecho a la salud de la ciudadanía en la Comunidad
Autónoma Andaluza, todo ello bajo los principios, entre otros, de coordinación de las
actuaciones y de los recursos, mejora de la calidad en los servicios y utilización eficaz
y eficiente de los recursos sanitarios que sean necesarios para la consecución de
sus objetivos.
La citada Ley 2/1998, de 15 de junio, en el artículo 33 establece que, de conformidad
con los criterios y pautas que establezca el Plan Andaluz de Salud, y teniendo en cuenta
las especificidades de cada territorio, se elaborarán planes de salud específicos por los
órganos correspondientes de cada una de las áreas de salud.
El Plan Andaluz de Urgencias y Emergencias es el instrumento organizativo del
Servicio Andaluz de Salud responsable de orientar y marcar las pautas a seguir en la
atención a las urgencias y emergencias, siendo un objetivo clave la asistencia sanitaria a
la emergencia en el menor tiempo posible y con altos niveles de calidad y eficacia, donde
el factor clave es la continuidad asistencial y la integración de las actuaciones de todas
las personas intervinientes.
La atención sanitaria urgente ocupa un lugar destacado en el nuestro sistema
sanitario tanto por el volumen de la demanda, como por la trascendencia social de esta
actividad. Debido a dicha importancia social y sanitaria, nuestra Comunidad Autónoma
ha desarrollado y puesto en marcha importantes estrategias e iniciativas relacionadas
con las urgencias y emergencias, con el objetivo de responder a las necesidades y
expectativas ciudadanas, así como de los profesionales del sistema.
Considerando la necesidad de dar un nuevo impulso al Plan Andaluz de Urgencias y
Emergencias, y con el objetivo de seguir elevando los niveles de la asistencia sanitaria
que se presta a la ciudadanía a través de los dispositivos asistenciales de urgencias y
emergencias del Servicio Andaluz de Salud.
Por todo ello, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley 2/1998, de
15 de junio, de Salud de Andalucía, en el artículo 12 del Decreto 156/2022, de 9 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, y el
Decreto 181/2022, de 9 de agosto, de mi nombramiento,
RESU ELVO
Segundo. Este nombramiento no comportará retribuciones específicas, siendo
estas las correspondientes a su puesto de origen. La persona nombrada conservará su
vinculación jurídica existente con su centro de procedencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275275
Primero. Nombrar a doña Eva María Fragero Blesa, DNI ***5258****, Directora del
Plan Andaluz de Urgencias y Emergencias, del Servicio Andaluz de Salud.