3. Otras disposiciones. Universidades. (2023/6-49)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Universidad de Córdoba, por la que se publica el Presupuesto de la Universidad de Córdoba para el año 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 6 - Miércoles, 11 de enero de 2023
página 34/27
Artículo 31. Pagos por Formación.
Personal con relación contractual o estatutaria con la UCO:
Según establece el artículo 18, apartado 4.b, del presente Texto Articulado, al tratarse
de ayudas o subvenciones para sufragar precios públicos/tasas de estudios reglados o
no reglados, o precio estipulado por la entidad ofertante, se debe aportar «convocatoria
pública» y «acuerdo del órgano colegiado o unipersonal» del ámbito de aplicación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275091
2. Tipos de Relaciones Internas:
a) Relaciones Internas por Prestación de Servicios o Compensaciones por notas de cargo.
Se utilizarán cuando una orgánica preste un servicio a otra, para regular las
compensaciones económicas que proceden por las relaciones con contenido económico
que se establecen entre dichas unidades. Su importe se determinará mediante la
aplicación de una Tarifa Interna establecida por la propia Universidad, que estará incluida
en el Anexo del Presupuesto de cada ejercicio.
En el caso de que la Tarifa Interna a aplicar no esté incluida en el Anexo correspondiente,
la unidad proponente deberá remitir a la Gerencia propuesta de Tarifas Internas junto con
una memoria justificativa, que se trasladará a la Comisión de Asuntos Económicos para su
aprobación provisional, hasta su inclusión en el Presupuesto del próximo ejercicio, por el
Consejo de Gobierno.
Tienen esta consideración, entre otros:
- Los servicios prestados por el Servicio de Alojamiento, Biblioteca Universitaria,
SCAI, SAEX, Servicio de Identificación Vegetal, Aula Virtual y Campus de Rabanales.
- Las compensaciones con motivo del uso de locales e instalaciones de la Universidad
para actividades extra académicas.
- Los cargos por inscripción en estudios propios de la Universidad de Córdoba –cursos,
jornadas, seminarios, congresos y similares–, de su propio personal docente e investigador
y de administración y servicios, siempre que se cumpla con lo establecido en el artículo 18.4
del Texto Articulado.
b) Relaciones Internas por Cesión Temporal de crédito o anticipo entre unidades de
gasto.
Se utilizarán, incluso entre partidas correspondientes a vinculantes distintos, para
anticipar la realización de gastos en proyectos o actividades que aún no han recibido el
ingreso correspondiente de la entidad financiadora, siempre que no se pueda tramitar a
través de la Sección de Ingresos. Para ello se deberá remitir documentación acreditativa
de la financiación de la actividad.
Una vez recibido el ingreso correspondiente, los créditos deberán revertir a la partida
cedente, dado que estas relaciones deben responder siempre a situaciones de cesión
temporal por necesidad transitoria de financiación y consecuente devolución.
c) Relaciones Internas por financiación de Actividades.
Se utilizarán para efectuar los repartos de crédito que aprueban los distintos
Vicerrectorados con destino a centros, departamentos, másteres, grupos o cualquier otra
unidad, en aplicación de los Programas Propios o actuaciones aprobadas por el Consejo
de Gobierno o para completar la financiación de sus actividades. Así como, los Planes de
Actuación aprobados por otros Órganos Colegiados o Unipersonales.
Para ello, la orgánica de origen y la de destino, como norma general, tienen que
tener la misma aplicación presupuestaria (programa de gasto y subconcepto). En caso
contrario, procedería la apertura de una nueva orgánica para gestionar la actividad
aprobada.
d) Relaciones Internas de Rectificación de Gasto.
Se utilizarán excepcionalmente para corregir errores materiales, aritméticos o de
hecho producidos en el momento de su contabilización en nuestro sistema contable.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 6 - Miércoles, 11 de enero de 2023
página 34/27
Artículo 31. Pagos por Formación.
Personal con relación contractual o estatutaria con la UCO:
Según establece el artículo 18, apartado 4.b, del presente Texto Articulado, al tratarse
de ayudas o subvenciones para sufragar precios públicos/tasas de estudios reglados o
no reglados, o precio estipulado por la entidad ofertante, se debe aportar «convocatoria
pública» y «acuerdo del órgano colegiado o unipersonal» del ámbito de aplicación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275091
2. Tipos de Relaciones Internas:
a) Relaciones Internas por Prestación de Servicios o Compensaciones por notas de cargo.
Se utilizarán cuando una orgánica preste un servicio a otra, para regular las
compensaciones económicas que proceden por las relaciones con contenido económico
que se establecen entre dichas unidades. Su importe se determinará mediante la
aplicación de una Tarifa Interna establecida por la propia Universidad, que estará incluida
en el Anexo del Presupuesto de cada ejercicio.
En el caso de que la Tarifa Interna a aplicar no esté incluida en el Anexo correspondiente,
la unidad proponente deberá remitir a la Gerencia propuesta de Tarifas Internas junto con
una memoria justificativa, que se trasladará a la Comisión de Asuntos Económicos para su
aprobación provisional, hasta su inclusión en el Presupuesto del próximo ejercicio, por el
Consejo de Gobierno.
Tienen esta consideración, entre otros:
- Los servicios prestados por el Servicio de Alojamiento, Biblioteca Universitaria,
SCAI, SAEX, Servicio de Identificación Vegetal, Aula Virtual y Campus de Rabanales.
- Las compensaciones con motivo del uso de locales e instalaciones de la Universidad
para actividades extra académicas.
- Los cargos por inscripción en estudios propios de la Universidad de Córdoba –cursos,
jornadas, seminarios, congresos y similares–, de su propio personal docente e investigador
y de administración y servicios, siempre que se cumpla con lo establecido en el artículo 18.4
del Texto Articulado.
b) Relaciones Internas por Cesión Temporal de crédito o anticipo entre unidades de
gasto.
Se utilizarán, incluso entre partidas correspondientes a vinculantes distintos, para
anticipar la realización de gastos en proyectos o actividades que aún no han recibido el
ingreso correspondiente de la entidad financiadora, siempre que no se pueda tramitar a
través de la Sección de Ingresos. Para ello se deberá remitir documentación acreditativa
de la financiación de la actividad.
Una vez recibido el ingreso correspondiente, los créditos deberán revertir a la partida
cedente, dado que estas relaciones deben responder siempre a situaciones de cesión
temporal por necesidad transitoria de financiación y consecuente devolución.
c) Relaciones Internas por financiación de Actividades.
Se utilizarán para efectuar los repartos de crédito que aprueban los distintos
Vicerrectorados con destino a centros, departamentos, másteres, grupos o cualquier otra
unidad, en aplicación de los Programas Propios o actuaciones aprobadas por el Consejo
de Gobierno o para completar la financiación de sus actividades. Así como, los Planes de
Actuación aprobados por otros Órganos Colegiados o Unipersonales.
Para ello, la orgánica de origen y la de destino, como norma general, tienen que
tener la misma aplicación presupuestaria (programa de gasto y subconcepto). En caso
contrario, procedería la apertura de una nueva orgánica para gestionar la actividad
aprobada.
d) Relaciones Internas de Rectificación de Gasto.
Se utilizarán excepcionalmente para corregir errores materiales, aritméticos o de
hecho producidos en el momento de su contabilización en nuestro sistema contable.