Disposiciones generales. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2023/5-2)
Resolución de 28 de diciembre de 2022, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se publica el Plan de Formación Corporativa para 2023 y se convocan determinados cursos de los Programas de Formación General y de Formación de Justicia.
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Número 5 - Martes, 10 de enero de 2023

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de Medicina Forense que puede solicitar cualquiera de las acciones programadas para
este personal. Asimismo, se indican en el anexo II las acciones que tienen ámbito laboral
o de personal destinatario preferente. Estos criterios de preferencia no excluyen al resto
del personal, que podrá acceder a las acciones formativas si quedasen plazas vacantes.
6.3.3. Criterios de selección.
La selección de participantes se realizará, con carácter general, según el orden de
preferencia de las acciones formativas manifestado en las solicitudes, de acuerdo con los
criterios siguientes y aplicados por el orden que se indica:
- Participación en acciones formativas del Instituto Andaluz de Administración Pública
u homologados por éste en el año 2022, dando preferencia a quienes hayan realizado un
número inferior de acciones formativas. Quedan excluidos de este cómputo las acciones
formativas impartidas en la modalidad formación abierta, jornadas, cursos de idiomas y
cursos de Innovación Docente.
- Cuando las acciones de formación coincidan en número, se tendrá en cuenta el
número de horas realizadas, dando preferencia a quienes hayan realizado un número
inferior de horas.
- En aquellos casos que los criterios anteriores mantengan la igualdad entre varias
personas solicitantes, se aplicarán estos mismos criterios referidos al año 2021, y así
sucesivamente hasta resolver la adjudicación de plazas.
- Además, para la convocatoria de las acciones formativas del segundo semestre,
en junio se tendrá en cuenta también la participación en acciones formativas del Instituto
Andaluz de Administración Pública u homologados por éste en el primer semestre del
año 2023, que se sumarán al total de acciones cursadas.
De entre quienes no hubieran obtenido plaza en ninguna acción formativa se
seleccionarán para cada acción, siguiendo los mismos criterios, tantos suplentes como
plazas disponibles haya, sin que una misma persona pueda figurar como suplente en
más de una acción formativa.
En cualquier caso, sólo se podrá seleccionar a las personas para una de las acciones
a las que haya optado en su solicitud, salvo que queden plazas vacantes y no hubiera
reservas para optar a dichas plazas, y siempre que los horarios y fechas de celebración
resulten compatibles entre sí.
La participación en la presente convocatoria, tanto si finalmente se resulta persona
adjudicataria de alguna acción formativa como si no, será plenamente compatible con la
futura participación en la convocatoria específica de acciones formativas de idiomas.
6.3.4. Resultado de la selección y confirmación de participación.
El Instituto Andaluz de Administración Pública será el órgano competente para el
proceso de tramitación y selección.
Las personas que hayan sido seleccionadas deberán confirmar su plaza accediendo
al curso en los 5 primeros días de su celebración. La información de acceso se remitirá a
la cuenta de correo corporativo en el mensaje de bienvenida al curso y se publicará junto
al listado de personas seleccionadas y suplentes en la página web del Instituto Andaluz de
Administración Pública http://www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica/
Quiénes habiendo obtenido plaza no efectúen el trámite de confirmación descrito en
el párrafo anterior, perderán el derecho a participar en la acción formativa.
Si durante el proceso de selección se detectara que los datos que figuran en la
solicitud no son ciertos o que la persona solicitante no cumple los requisitos de acceso
a alguna de las acciones solicitadas, dicha persona quedará excluida del proceso de
selección.
6.3.5. Indemnizaciones por la asistencia a acciones formativas del personal de Justicia.
Las personas asistentes a las acciones formativas recogidas en el anexo IX
devengarán, desde el día de inicio de la acción, las indemnizaciones por razón del
servicio que les correspondan según la legislación vigente en la materia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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