Disposiciones generales. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2023/5-2)
Resolución de 28 de diciembre de 2022, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se publica el Plan de Formación Corporativa para 2023 y se convocan determinados cursos de los Programas de Formación General y de Formación de Justicia.
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Número 5 - Martes, 10 de enero de 2023
página 21732/15
• Asistir al menos al 80% de las horas lectivas presenciales programadas cuando
la acción formativa sea presencial o semipresencial, sometiéndose a los controles
establecidos para ello.
• Realizar el porcentaje de actividades prácticas establecido en la guía de la acción
formativa online.
• Disponer, cuando la acción formativa sea online, de las competencias digitales
necesarias para el aprendizaje, y contar con un equipo que tenga la configuración técnica
necesaria con acceso a internet, navegador web compatible para acceder a la plataforma
de formación online, y los medios de comunicación establecidos en la acción formativa,
quedando bajo la exclusiva responsabilidad del alumnado la disposición de dichos
elementos.
• Realizar las pruebas de evaluación del aprendizaje en aquellas acciones formativas
que lo tengan previsto.
• Evaluar la acción formativa en que se ha participado, cumplimentando los
cuestionarios específicos que el Instituto Andaluz de Administración Pública disponga a
tal fin.
• Realizar las acciones de transferencia del aprendizaje al puesto de trabajo en las
acciones formativas que lo tengan establecido.
6.2.4. Régimen de asistencia, renuncia y certificación.
El alumnado seleccionado para una acción formativa deberá contribuir con su actitud
y esfuerzo al éxito de la acción formativa, compartiendo su experiencia y conocimientos y
transfiriendo el aprendizaje al puesto de trabajo a su finalización.
Cuando una persona seleccionada para una acción formativa no pueda asistir, deberá
comunicar su renuncia por escrito acompañando justificación, en su caso, al Instituto
Andaluz de Administración Pública, en los días anteriores al inicio de la acción, a fin de
cubrir su vacante con otras solicitudes si fuera posible.
Asimismo, si se produce un cambio de destino que sitúa a la persona solicitante
fuera de Andalucía, quedará automáticamente excluida y, en su caso, anulada su
selección como participante, debiendo comunicar dicho cambio al Instituto Andaluz
de Administración Pública tan pronto como tenga noticia de la adjudicación del nuevo
destino, a fin de que se pueda cubrir la plaza.
En función del tipo de actividad formativa se podrá obtener certificado de asistencia
o de aprovechamiento, y los requisitos para su obtención se encuentran recogidos en
el apartado anterior de obligaciones, en las convocatorias específicas o en las guías de
curso.
Las personas participantes que obtengan certificado recibirán un correo electrónico
indicándoles la dirección en la web a la que podrán acceder para descargarse su certificado
en soporte digital. Asimismo, se promoverá de oficio su inscripción en el Registro General
de Personal SIRhUS para su anotación en la hoja de acreditación de datos. En ningún
caso el IAAP expedirá certificados a demanda de las personas participantes, sino de
acuerdo con los plazos establecidos en cada tipo de acción formativa. El IAAP tampoco
promoverá la inscripción registral de los certificados del personal formador, que deberá
hacerlo a través de su Servicio de Personal.
6.3 Bases de la convocatoria de Formación General y Formación de Justicia.
Las presentes bases hacen referencia a las acciones recogidas en los Anexos I
(excepto idiomas, Formación Abierta y MOOC) y IX de la presente resolución, de acuerdo
con las especificaciones y modalidades que figuran en cada una de ellas. Los contenidos
y objetivos de cada acción se podrán consultar en las fichas disponibles en la página web
del Instituto Andaluz de Administración Pública
(http://www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica).
Las acciones se desarrollarán de acuerdo con lo recogido en los Anexos I y IX, sin
perjuicio de que, por razones organizativas sobrevenidas, el órgano responsable resuelva
modificar, aplazar o, excepcionalmente, suspender la acción. En este caso, dicha
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274904
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 21732/15
• Asistir al menos al 80% de las horas lectivas presenciales programadas cuando
la acción formativa sea presencial o semipresencial, sometiéndose a los controles
establecidos para ello.
• Realizar el porcentaje de actividades prácticas establecido en la guía de la acción
formativa online.
• Disponer, cuando la acción formativa sea online, de las competencias digitales
necesarias para el aprendizaje, y contar con un equipo que tenga la configuración técnica
necesaria con acceso a internet, navegador web compatible para acceder a la plataforma
de formación online, y los medios de comunicación establecidos en la acción formativa,
quedando bajo la exclusiva responsabilidad del alumnado la disposición de dichos
elementos.
• Realizar las pruebas de evaluación del aprendizaje en aquellas acciones formativas
que lo tengan previsto.
• Evaluar la acción formativa en que se ha participado, cumplimentando los
cuestionarios específicos que el Instituto Andaluz de Administración Pública disponga a
tal fin.
• Realizar las acciones de transferencia del aprendizaje al puesto de trabajo en las
acciones formativas que lo tengan establecido.
6.2.4. Régimen de asistencia, renuncia y certificación.
El alumnado seleccionado para una acción formativa deberá contribuir con su actitud
y esfuerzo al éxito de la acción formativa, compartiendo su experiencia y conocimientos y
transfiriendo el aprendizaje al puesto de trabajo a su finalización.
Cuando una persona seleccionada para una acción formativa no pueda asistir, deberá
comunicar su renuncia por escrito acompañando justificación, en su caso, al Instituto
Andaluz de Administración Pública, en los días anteriores al inicio de la acción, a fin de
cubrir su vacante con otras solicitudes si fuera posible.
Asimismo, si se produce un cambio de destino que sitúa a la persona solicitante
fuera de Andalucía, quedará automáticamente excluida y, en su caso, anulada su
selección como participante, debiendo comunicar dicho cambio al Instituto Andaluz
de Administración Pública tan pronto como tenga noticia de la adjudicación del nuevo
destino, a fin de que se pueda cubrir la plaza.
En función del tipo de actividad formativa se podrá obtener certificado de asistencia
o de aprovechamiento, y los requisitos para su obtención se encuentran recogidos en
el apartado anterior de obligaciones, en las convocatorias específicas o en las guías de
curso.
Las personas participantes que obtengan certificado recibirán un correo electrónico
indicándoles la dirección en la web a la que podrán acceder para descargarse su certificado
en soporte digital. Asimismo, se promoverá de oficio su inscripción en el Registro General
de Personal SIRhUS para su anotación en la hoja de acreditación de datos. En ningún
caso el IAAP expedirá certificados a demanda de las personas participantes, sino de
acuerdo con los plazos establecidos en cada tipo de acción formativa. El IAAP tampoco
promoverá la inscripción registral de los certificados del personal formador, que deberá
hacerlo a través de su Servicio de Personal.
6.3 Bases de la convocatoria de Formación General y Formación de Justicia.
Las presentes bases hacen referencia a las acciones recogidas en los Anexos I
(excepto idiomas, Formación Abierta y MOOC) y IX de la presente resolución, de acuerdo
con las especificaciones y modalidades que figuran en cada una de ellas. Los contenidos
y objetivos de cada acción se podrán consultar en las fichas disponibles en la página web
del Instituto Andaluz de Administración Pública
(http://www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica).
Las acciones se desarrollarán de acuerdo con lo recogido en los Anexos I y IX, sin
perjuicio de que, por razones organizativas sobrevenidas, el órgano responsable resuelva
modificar, aplazar o, excepcionalmente, suspender la acción. En este caso, dicha
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274904
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía