3. Otras disposiciones. Universidades. (2023/5-69)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se acuerda la publicación del Presupuesto de la misma para el ejercicio 2023, una vez aprobado por el Consejo Social.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 5 - Martes, 10 de enero de 2023

página 21833/65

Artículo 101. Concesión de los Anticipos de Caja Fija
1. Corresponde a la Gerente, acordar la distribución territorial y la creación,
modificación o supresión de las Cajas Pagadoras. En dicho acuerdo se reflejará la
relación de Cajas Pagadoras que dispondrán de Anticipo de Caja Fija, los conceptos
presupuestarios de aplicación y el importe de los créditos asignados a cada una de las
Cajas, así como las modificaciones que puedan producirse en sus importes, siempre
dentro del límite total del 7 por 100 establecido en el artículo anterior.
2. Los citados acuerdos habrán de ser objeto de informe favorable de la Oficina de
Control Interno, circunscrito a que se respete el citado límite del 7 por 100.
3. Al comienzo del ejercicio el responsable de cada Caja Pagadora solicitará a la
Gerente el importe de los créditos asignados cuya gestión se realizará por el sistema de
Anticipos de Caja Fija. Por el Servicio de Contabilidad y Presupuestos se practicarán las
correspondientes reservas de crédito. El anticipo se librará en la cuantía solicitada, con
cargo a operaciones extrapresupuestarias. Con cargo a los fondos recibidos, los Cajeros
Pagadores atenderán al pago de los gastos para cuya finalidad se libraron.
4. Cuando se produzca la supresión de una Caja Pagadora, el respectivo Cajero
Pagador deberá reintegrar a Tesorería de la Universidad el importe del anticipo recibido.

Artículo 103. Disposición de los Fondos por las Cajas Pagadoras.
Las disposiciones de fondos se efectuarán por alguno de los medios que a
continuación se expresan:
a) Transferencias bancarias. Será el medio habitual de pago. Para efectuar pagos
por este medio será necesaria que en factura figuren los datos bancarios del acreedor.
Habrán de autorizarse con las firmas mancomunadas del Responsable de la Caja Fija
y del Cajero Pagador o de los sustitutos de los mismos. En ningún caso podrá ser una
misma persona, la que realice ambas sustituciones. Las obligaciones adquiridas se
consideraran satisfechas desde la fecha en que se hubiere efectuado la transferencia.
La copia o relación de transferencias se unirá al justificante de gasto para acreditar así la
satisfacción de la obligación.
b) En casos excepcionales, Cheques nominativos, girados a nombre del acreedor.
Habrán de autorizarse con las firmas mancomunadas referidas, para las transferencias
de crédito. Las obligaciones adquiridas se consideraran satisfechas desde el momento
en que el perceptor suscriba el «Recibí» en la Orden de pago.
c) Metálico. Se autoriza la existencia en las Cajas Pagadoras de la cantidad de 1000 €
de efectivo para atender necesidades imprevistas y gastos de menor cuantía (serán
considerados gastos de menor cuantía aquéllos que no superen el importe de 60 euros).
La responsabilidad de la custodia de los fondos recaerá en el Responsable de la Caja
Fija o de su sustituto. Las obligaciones adquiridas se considerarán satisfechas desde el
momento en que el perceptor suscriba el «Recibí» en la Orden de pago.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00275004

Artículo 102. Situación de fondos en las Cajas Pagadoras.
1. Los fondos se situarán en las Cajas Pagadoras y se abonarán, con carácter
general, mediante transferencias, sólo a cuentas corrientes debidamente autorizadas
bajo la rúbrica de UGR. «Anticipos de Caja Fija», que la Gerente abrirá para cada caja en
la entidad financiera correspondiente.
2. Las cuentas corrientes que soporten Cajas Pagadoras sólo admitirán ingresos
procedentes de la Tesorería de la Universidad de Granada.
3. Los fondos situados en estas cuentas tendrán, en todo caso, el carácter de fondos
públicos, no pudiéndose abrir otras cuentas para la utilización de dichos fondos.
4. Los intereses que produzcan los referidos fondos se ingresarán por los Cajeros
Pagadores en la cuenta de Tesorería de la UGR, con aplicación al concepto oportuno del
presupuesto de ingresos.