3. Otras disposiciones. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2023/5-66)
Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa, por la que se conceden subvenciones a los auxiliares de conversación seleccionados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional que colaborarán en centros públicos andaluces durante el curso 2022-2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 5 - Martes, 10 de enero de 2023
página 80/5
Octavo. Publicación y efectos.
La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y
en la página web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional
(https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced), y surtirá efectos a partir del
día 1 de octubre de 2021.
Noveno. Recursos.
Esta resolución pone fin a la vía administrativa, y contra ella podrá interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el
día siguiente a su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14, y 46 de
la Ley 29/98 de 13 julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o bien,
con carácter potestativo, recurso de reposición ante esta Dirección General, en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo establecido
en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
00275135
Sevilla, 16 de diciembre de 2022.- El Director General, P.D. (artículo 20.2 de la Orden de
22 de septiembre de 2011), Antonio Segura Marrero.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 5 - Martes, 10 de enero de 2023
página 80/5
Octavo. Publicación y efectos.
La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y
en la página web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional
(https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced), y surtirá efectos a partir del
día 1 de octubre de 2021.
Noveno. Recursos.
Esta resolución pone fin a la vía administrativa, y contra ella podrá interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el
día siguiente a su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14, y 46 de
la Ley 29/98 de 13 julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o bien,
con carácter potestativo, recurso de reposición ante esta Dirección General, en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo establecido
en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
00275135
Sevilla, 16 de diciembre de 2022.- El Director General, P.D. (artículo 20.2 de la Orden de
22 de septiembre de 2011), Antonio Segura Marrero.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja