Autoridades y personal. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. (2023/4-17)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Dirección General de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, por la que se aprueban y publican las bases reguladoras de un proceso de selección para cubrir una plaza de carácter indefinido de Técnico/a Sistemas Seguridad, Secretaría General.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Número 4 - Lunes, 9 de enero de 2023
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7. Proceso de selección.
7.1. Recepción de solicitudes y comprobación de los requisitos.
A la vista de las solicitudes presentadas en plazo y forma, una vez comprobado el
cumplimiento de los requisitos de acceso por el Comité Calificador, la Dirección General
de la Agencia dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de las personas
admitidas y excluidas, con expresión de las causas de exclusión, figurando como dato
identificativo de cada candidatura los dos apellidos y el nombre; y se publicará en los
lugares indicados en el apartado 5 de esta convocatoria.
Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 3 días hábiles, contados a partir
del siguiente al de la publicación del citado listado, para poder subsanar los defectos
causantes de la exclusión o de la omisión de la lista provisional, mediante la presentación
de alegaciones que se remitirán por cualquiera de los procedimientos establecidos en el
apartado 5 de esta convocatoria.
En el caso de utilizar cualquiera de los medios contemplados en el art. 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, la persona aspirante lo comunicará necesariamente, dentro del
plazo de los 2 días naturales siguientes a la presentación de dicha subsanación, mediante
correo electrónico a la dirección seleccion@agenciaidea.es.
Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen
la omisión, quedarán excluidos definitivamente de la participación en el proceso selectivo.
Transcurrido dicho plazo, la Dirección General de la Agencia dictará resolución
declarando aprobada la lista definitiva de personas admitidas y excluidas que pasan a
la siguiente fase del proceso de selección. Se publicará en los lugares indicados en el
apartado 5 de esta convocatoria. En la lista definitiva se decidirá acerca de las alegaciones
planteadas por las personas interesadas en el procedimiento sobre su exclusión u omisión
en la lista provisional y servirá de resolución a las reclamaciones recibidas.
Contra esta resolución cabrá interponer recurso de reposición, con carácter potestativo,
en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los arts.
123 y 124 Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común; o recurso
contencioso-administrativo ante los Juzgados Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el
plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el art. 46
de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido
la desestimación presunta del mismo; no pudiendo simultanearse ambos recursos.
7.2. Fase de baremación de los méritos (80 puntos).
El proceso de selección se llevará a cabo por el sistema de concurso, y se iniciará
con la valoración de los méritos presentados por las candidaturas que hayan superado el
cumplimiento de los requisitos exigidos.
Los aspirantes deberán proceder a la autobaremación de sus méritos, conforme al
baremo contenido en la presente convocatoria, cumplimentando al efecto el formulario
Anexo I. Solo se valorarán por el Comité Calificador, a efectos de determinar la puntuación
en el concurso, los méritos obtenidos hasta la fecha de publicación de la convocatoria y que
a dicha fecha consten en la documentación acreditativa aportada, y sean presentados y
autobaremados por los participantes. Esta autobaremación vinculará al Comité Calificador
en el sentido de que solo podrán valorar los méritos que hayan sido autobaremados por
los aspirantes, no pudiendo otorgar una puntuación total mayor a la asignada por los
mismos en el baremo de méritos, salvo que se aprecien errores aritméticos.
Se puntuará y baremará:
1. Experiencia:
- Por cada mes completo, adicional a los tres años mínimos requeridos en el punto
3 de la convocatoria, de servicios prestados en una entidad pública desarrollando tareas
directamente relacionadas con las funciones del puesto convocado: 0,50 puntos (máxima
puntuación 30 puntos).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275061
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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7. Proceso de selección.
7.1. Recepción de solicitudes y comprobación de los requisitos.
A la vista de las solicitudes presentadas en plazo y forma, una vez comprobado el
cumplimiento de los requisitos de acceso por el Comité Calificador, la Dirección General
de la Agencia dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de las personas
admitidas y excluidas, con expresión de las causas de exclusión, figurando como dato
identificativo de cada candidatura los dos apellidos y el nombre; y se publicará en los
lugares indicados en el apartado 5 de esta convocatoria.
Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 3 días hábiles, contados a partir
del siguiente al de la publicación del citado listado, para poder subsanar los defectos
causantes de la exclusión o de la omisión de la lista provisional, mediante la presentación
de alegaciones que se remitirán por cualquiera de los procedimientos establecidos en el
apartado 5 de esta convocatoria.
En el caso de utilizar cualquiera de los medios contemplados en el art. 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, la persona aspirante lo comunicará necesariamente, dentro del
plazo de los 2 días naturales siguientes a la presentación de dicha subsanación, mediante
correo electrónico a la dirección seleccion@agenciaidea.es.
Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen
la omisión, quedarán excluidos definitivamente de la participación en el proceso selectivo.
Transcurrido dicho plazo, la Dirección General de la Agencia dictará resolución
declarando aprobada la lista definitiva de personas admitidas y excluidas que pasan a
la siguiente fase del proceso de selección. Se publicará en los lugares indicados en el
apartado 5 de esta convocatoria. En la lista definitiva se decidirá acerca de las alegaciones
planteadas por las personas interesadas en el procedimiento sobre su exclusión u omisión
en la lista provisional y servirá de resolución a las reclamaciones recibidas.
Contra esta resolución cabrá interponer recurso de reposición, con carácter potestativo,
en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los arts.
123 y 124 Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común; o recurso
contencioso-administrativo ante los Juzgados Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el
plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el art. 46
de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido
la desestimación presunta del mismo; no pudiendo simultanearse ambos recursos.
7.2. Fase de baremación de los méritos (80 puntos).
El proceso de selección se llevará a cabo por el sistema de concurso, y se iniciará
con la valoración de los méritos presentados por las candidaturas que hayan superado el
cumplimiento de los requisitos exigidos.
Los aspirantes deberán proceder a la autobaremación de sus méritos, conforme al
baremo contenido en la presente convocatoria, cumplimentando al efecto el formulario
Anexo I. Solo se valorarán por el Comité Calificador, a efectos de determinar la puntuación
en el concurso, los méritos obtenidos hasta la fecha de publicación de la convocatoria y que
a dicha fecha consten en la documentación acreditativa aportada, y sean presentados y
autobaremados por los participantes. Esta autobaremación vinculará al Comité Calificador
en el sentido de que solo podrán valorar los méritos que hayan sido autobaremados por
los aspirantes, no pudiendo otorgar una puntuación total mayor a la asignada por los
mismos en el baremo de méritos, salvo que se aprecien errores aritméticos.
Se puntuará y baremará:
1. Experiencia:
- Por cada mes completo, adicional a los tres años mínimos requeridos en el punto
3 de la convocatoria, de servicios prestados en una entidad pública desarrollando tareas
directamente relacionadas con las funciones del puesto convocado: 0,50 puntos (máxima
puntuación 30 puntos).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275061
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía