5. Anuncios. Ayuntamientos. (2023/4-59)
Anuncio de 2 de diciembre de 2022, del Ayuntamiento de Carboneras, relativo a la convocatoria y bases específicas para la provisión, mediante concurso de méritos libre, de tres plazas de Operario de Servicios Múltiples de la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Carboneras (Almería), en el marco del proceso extraordinario de estabilización del empleo temporal, incluida en la Oferta de Empleo Público adicional del año 2022. (PP. 3842/2022).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Lunes, 9 de enero de 2023
página 20981/2
que se relaciona en la oferta de empleo público 2022 del Excmo. Ayuntamiento de
Carboneras, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería número 102, de 30
de mayo de 2022, mediante el sistema de selección del concurso de méritos, conforme
a lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, para
aquellas plazas que reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran
estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de
enero de 2016.
Cuarta. Solicitudes de los aspirantes.
Los documentos que se han de presentar por los aspirantes para acreditar que
se cumplen los requisitos señalados en los apartados de la base tercera y los méritos
alegados son los siguientes:
a) Instancia de participación dirigida al Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento
de Carboneras y se efectuarán en el modelo Anexo I incluido en las presentes bases,
debiendo manifestar que cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la
convocatoria.
b) Fotocopia del DNI.
c) Los documentos acreditativos de los méritos alegados, a valorar en el concurso,
y que se relacionarán en la solicitud (Anexo I). No será necesaria la compulsa de los
documentos que se presenten fotocopiados, sin perjuicio de que, en cualquier momento,
el Tribunal calificador o los órganos competentes del Ayuntamiento de Carboneras
puedan requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y
documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración. La fecha límite para la
alegación de los méritos y la presentación de los documentos relativos a los mismos será
la de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. En ningún caso se valorarán
méritos no acreditados documentalmente en plazo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274333
Tercera. Condiciones de admisión de los aspirantes.
Las condiciones que deben tener los aspirantes para el acceso al proceso selectivo
de conformidad con el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, son
las siguientes:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
texto refundido del citado Estatuto.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del
puesto al que se aspira.
c) Tener cumplidos 16 años de edad, y no exceder en su caso, de la máxima de
jubilación forzosa, el día en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público.
Las condiciones para ser admitido a las pruebas deberán reunirse en el momento
de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el
proceso selectivo, hasta el momento de la correspondiente resolución de nombramiento.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Lunes, 9 de enero de 2023
página 20981/2
que se relaciona en la oferta de empleo público 2022 del Excmo. Ayuntamiento de
Carboneras, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería número 102, de 30
de mayo de 2022, mediante el sistema de selección del concurso de méritos, conforme
a lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, para
aquellas plazas que reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran
estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de
enero de 2016.
Cuarta. Solicitudes de los aspirantes.
Los documentos que se han de presentar por los aspirantes para acreditar que
se cumplen los requisitos señalados en los apartados de la base tercera y los méritos
alegados son los siguientes:
a) Instancia de participación dirigida al Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento
de Carboneras y se efectuarán en el modelo Anexo I incluido en las presentes bases,
debiendo manifestar que cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la
convocatoria.
b) Fotocopia del DNI.
c) Los documentos acreditativos de los méritos alegados, a valorar en el concurso,
y que se relacionarán en la solicitud (Anexo I). No será necesaria la compulsa de los
documentos que se presenten fotocopiados, sin perjuicio de que, en cualquier momento,
el Tribunal calificador o los órganos competentes del Ayuntamiento de Carboneras
puedan requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y
documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración. La fecha límite para la
alegación de los méritos y la presentación de los documentos relativos a los mismos será
la de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. En ningún caso se valorarán
méritos no acreditados documentalmente en plazo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274333
Tercera. Condiciones de admisión de los aspirantes.
Las condiciones que deben tener los aspirantes para el acceso al proceso selectivo
de conformidad con el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, son
las siguientes:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
texto refundido del citado Estatuto.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del
puesto al que se aspira.
c) Tener cumplidos 16 años de edad, y no exceder en su caso, de la máxima de
jubilación forzosa, el día en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público.
Las condiciones para ser admitido a las pruebas deberán reunirse en el momento
de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el
proceso selectivo, hasta el momento de la correspondiente resolución de nombramiento.