5. Anuncios. Ayuntamientos. (2023/4-61)
Anuncio de 2 de diciembre de 2022, del Ayuntamiento de Carboneras, relativo a la convocatoria y bases específicas para la provisión mediante concurso de méritos libre de ocho plazas de Auxiliar Administrativo, de la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Carboneras (Almería), en el marco del proceso extraordinario de estabilización del empleo temporal, incluida en la oferta de empleo público adicional del año 2022. (PP. 3846/2022).
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Lunes, 9 de enero de 2023

página 20984/4

Octava. Tribunal de selección.
El Tribunal Calificador estará constituido por Titulares y Suplentes por un Presidente,
tres Vocales y un Secretario, todos con voz y con voto.
Los integrantes del Tribunal deberán tener igual o superior nivel de titulación o
especialización que la exigida para el ingreso en las plazas convocadas. Actuarán a título
individual, no pudiendo hacerlo en representación o por cuenta de nadie.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas
que se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las
cuales colaborarán con el órgano de selección.
Novena. Sistema de selección y desarrollo del proceso.
El sistema de selección de los aspirantes será Concurso de méritos. De conformidad
con la Disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas
urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público las Administraciones
Públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo
61.6 y 7 del TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los
requisitos establecidos en el articulo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal
de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.
La selección de los aspirantes se realizará a través del concurso de los méritos
alegados. La documentación justificativa de los méritos valorables deberá ir ordenada
y numerada. Solo serán tenidos en cuenta los méritos adquiridos con anterioridad a la
finalización del plazo de presentación de instancias. No se valorarán los alegados con
posterioridad a la finalización de dicho plazo.
En el caso de que los documentos aportados no justifiquen plenamente los méritos
alegados dando lugar a dudas al órgano calificador, los mismos no se tendrán en cuenta
y no serán valorados, ni puntuados. Las certificaciones de realización de cursos sólo se
valorarán si constan acreditadas el número de horas de duración de los mismos, en caso
contrario se obtendrá la puntuación mínima prevista en el baremo de puntuaciones por
horas establecido.
El Secretario del Tribunal levantará acta de las sesiones. El acta final en la que
figurará la propuesta de aprobados deberá ser firmada por todos los componentes
del Tribunal. La calificación total de cada aspirante será la suma de los diversos
apartados de la fase de concurso y superará el proceso selectivo aquel opositor que
obtengan puntuación suficiente para resultar incluido dentro del número de aspirantes
que por orden de puntuación obtenida de mayor a menor coincida con el número de
plazas convocadas. Las calificaciones se harán públicas y los interesados dispondrán
de un plazo de cinco días hábiles para interponer reclamaciones contra las mismas.
Una vez resueltas las reclamaciones que pudieran presentarse, el Tribunal publicará las
calificaciones definitivas.
El concurso consistirá únicamente en la valoración de los méritos que se establezcan
en las bases de la convocatoria, pudiendo obtenerse un máximo de 100 puntos.
El Tribunal valorará los méritos alegados y justificados documentalmente por los
aspirantes, con arreglo al siguiente:

1. Méritos profesionales. Máximo 90 puntos
a) El tiempo desempeñando las funciones asignadas al puesto de trabajo objeto
de la convocatoria, en el Ayuntamiento de Carboneras a razón de 0,8 puntos por mes
trabajado, hasta un máximo de 90 puntos.
b) Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en puestos/ plazas de
iguales funciones y del mismo grupo de la categoría de la convocatoria, a razón de 0,3
puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 20 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274337

BAREMO DE MÉRITOS