Autoridades y personal. Universidades. (2023/3-41)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, conjunta de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud y de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso de acceso para la provisión de plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 3 - Jueves, 5 de enero de 2023

página 21809/2

2. Requisitos de participación.
2.1. Requisitos generales.
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa. Solo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad
de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o
cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o
para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en
el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no
hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria
o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Asimismo el desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/84, de 26
de diciembre, y demás normas de desarrollo en materia de incompatibilidades.
e) Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un
conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones.
f) Los nacionales de Estados distintos a la Unión Europea deberán estar en posesión
del permiso de residencia.
2.2. Requisitos específicos.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 63.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de
Universidades, de 21 de diciembre, podrán participar en el presente concurso quienes
sean funcionarios de carrera del cuerpo de Catedráticos de Universidad de las distintas
Universidades del territorio nacional y hayan desempeñado el puesto de origen, al menos,
durante dos años.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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y por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en la
legislación general de funcionarios civiles del Estado.
1.2. La plaza convocada por área y especialidad asistencial se especifica en el Anexo I
de la presente resolución.
1.3. La dedicación del personal que obtenga plaza en virtud de la presente
convocatoria será con carácter exclusivo a la actividad docente y al sistema sanitario
público. El régimen de prestación de servicios asistenciales será el que tenga asignado
en cada momento la Unidad de Gestión Clínica al que se encuentre adscrito, pudiendo ser
éste, indistintamente de mañana o tarde e incluirá la prestación de servicios en régimen
de jornada complementaria y continuidad asistencial en los términos que el Servicio
Andaluz de Salud disponga para los profesionales asistenciales.
1.4. El personal que obtenga plaza en virtud de la presente convocatoria podrá ser destinado a
prestar servicios en cualquiera de los centros sanitarios del área hospitalaria a la que se adscribe
la plaza, la cual queda vinculada orgánicamente a la Unidad de Gestión Clínica correspondiente
y funcionalmente al área asistencial al que esté adscrito dicho servicio jerarquizado.
1.5. La vinculación a la plaza de profesor de cuerpos docentes con el Servicio Andaluz
de Salud será en la categoría de Facultativo Especialista de Área. En el caso de que el
concursante que obtuviera la plaza, se encontrase en ejercicio activo, en el momento de
la toma de posesión, en una plaza de Jefe de Servicio o de Sección, obtenida a través
de concurso-oposición, en el mismo centro y especialidad de la plaza a concurso, se
mantendrá en el cargo que viniese desempeñando. Para los que obtuvieron las plazas de
Jefe de Servicio o de Sección por el sistema de promoción establecido por la Orden de 5
de febrero de 1985, les será de aplicación, para el mantenimiento del cargo, el sistema de
provisión de cargos intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud
recogido en el Capítulo III del Decreto 75/2007, de 13 de marzo.