3. Otras disposiciones. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2023/2-31)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se adecúa la adscripción orgánica de las unidades administrativas y puestos de trabajo de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 2 - Miércoles, 4 de enero de 2023
página 21693/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Función Pública, por la que se adecúa la adscripción orgánica de
las unidades administrativas y puestos de trabajo de la relación de puestos de
trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente
a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
En consecuencia, en uso de la habilitación contenida en el artículo 26.8 de la Ley
3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía
para el año 2021, prorrogado en virtud de lo dispuesto en el artículo 190.5 del Estatuto de
Autonomía para Andalucía, a la Dirección General competente en materia de propuestas
de elaboración y revisión de la relación de puestos de trabajo,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274882
El Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, en su artículo 2,
estructura sus centros directivos centrales, estableciendo en sus artículos 4 y 5 la distribución
de competencias entre la Viceconsejería y la Secretaría General de Inclusión Social.
Así, el citado Decreto 161/2022, de 9 de agosto, en su artículo 4.5, establece que a la
Viceconsejería le corresponde la dirección y coordinación de la Inspección de Servicios
Sociales de la Junta de Andalucía, así como las funciones y potestades propias del
registro de entidades, centros y servicios sociales.
En el artículo 26.8 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la
Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, prorrogado en virtud de lo dispuesto
en el artículo 190.5 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, se habilita a la Dirección
General competente en materia de propuestas de elaboración y revisión de la relación
de puestos de trabajo, previo informe favorable de la Dirección General con competencia
en materia de plantilla presupuestaria, para adecuar la relación de puestos de trabajo
a la plantilla presupuestaria mediante la aprobación de las modificaciones que resulten
necesarias, manteniendo las vacantes imprescindibles para la prestación de servicios
esenciales y para la resolución de los procesos de provisión de los puestos de trabajo,
así como para adecuar la adscripción orgánica de las unidades administrativas y puestos
de trabajo, determinados por su contenido funcional, a las modificaciones de estructura
orgánica derivadas de modificaciones competenciales que afecten a los programas de
gastos o a la plantilla presupuestaria.
Por ello, se adscriben orgánicamente a la Viceconsejería de la Consejería de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.5
del citado Decreto 161/2022, de 9 de agosto, los puestos de trabajo de la Secretaría
General de Inclusión Social, cuyos créditos presupuestarios se incluyen actualmente en
el programa 1.2.P. D.S.G. Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
Asimismo, como consecuencia de la supresión de la Dirección General de Violencia
de Género, Igualdad de Trato y Diversidad, cuyas competencias le corresponden a la
nueva Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad,
conforme al artículo 6 del Decreto 161/2022, de 9 de agosto, el puesto correspondiente
a su secretaría de alto cargo, cuyos créditos presupuestarios se incluyen actualmente en
el programa 3.1.T Protección contra la Violencia de Género, se adscribe a la Dirección
General de Dependencia.
La Dirección General de Presupuestos de la Consejería de Economía, Hacienda y
Fondos Europeos, competente en materia de plantilla presupuestaria, ha emitido informe
favorable a la presente adecuación de la relación de puestos de trabajo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 2 - Miércoles, 4 de enero de 2023
página 21693/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Función Pública, por la que se adecúa la adscripción orgánica de
las unidades administrativas y puestos de trabajo de la relación de puestos de
trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente
a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
En consecuencia, en uso de la habilitación contenida en el artículo 26.8 de la Ley
3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía
para el año 2021, prorrogado en virtud de lo dispuesto en el artículo 190.5 del Estatuto de
Autonomía para Andalucía, a la Dirección General competente en materia de propuestas
de elaboración y revisión de la relación de puestos de trabajo,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274882
El Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, en su artículo 2,
estructura sus centros directivos centrales, estableciendo en sus artículos 4 y 5 la distribución
de competencias entre la Viceconsejería y la Secretaría General de Inclusión Social.
Así, el citado Decreto 161/2022, de 9 de agosto, en su artículo 4.5, establece que a la
Viceconsejería le corresponde la dirección y coordinación de la Inspección de Servicios
Sociales de la Junta de Andalucía, así como las funciones y potestades propias del
registro de entidades, centros y servicios sociales.
En el artículo 26.8 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la
Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, prorrogado en virtud de lo dispuesto
en el artículo 190.5 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, se habilita a la Dirección
General competente en materia de propuestas de elaboración y revisión de la relación
de puestos de trabajo, previo informe favorable de la Dirección General con competencia
en materia de plantilla presupuestaria, para adecuar la relación de puestos de trabajo
a la plantilla presupuestaria mediante la aprobación de las modificaciones que resulten
necesarias, manteniendo las vacantes imprescindibles para la prestación de servicios
esenciales y para la resolución de los procesos de provisión de los puestos de trabajo,
así como para adecuar la adscripción orgánica de las unidades administrativas y puestos
de trabajo, determinados por su contenido funcional, a las modificaciones de estructura
orgánica derivadas de modificaciones competenciales que afecten a los programas de
gastos o a la plantilla presupuestaria.
Por ello, se adscriben orgánicamente a la Viceconsejería de la Consejería de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.5
del citado Decreto 161/2022, de 9 de agosto, los puestos de trabajo de la Secretaría
General de Inclusión Social, cuyos créditos presupuestarios se incluyen actualmente en
el programa 1.2.P. D.S.G. Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
Asimismo, como consecuencia de la supresión de la Dirección General de Violencia
de Género, Igualdad de Trato y Diversidad, cuyas competencias le corresponden a la
nueva Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad,
conforme al artículo 6 del Decreto 161/2022, de 9 de agosto, el puesto correspondiente
a su secretaría de alto cargo, cuyos créditos presupuestarios se incluyen actualmente en
el programa 3.1.T Protección contra la Violencia de Género, se adscribe a la Dirección
General de Dependencia.
La Dirección General de Presupuestos de la Consejería de Economía, Hacienda y
Fondos Europeos, competente en materia de plantilla presupuestaria, ha emitido informe
favorable a la presente adecuación de la relación de puestos de trabajo.