Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2023/2-1)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Málaga, por la que se declara la finalización de la disponibilidad presupuestaria del crédito reasignado mediante Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, de las Líneas 1 y 2 destinadas a la modernización digital y la mejora de la competitividad de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias, personas mutualistas y diversas entidades de economía social en la provincia de Málaga.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 2 - Miércoles, 4 de enero de 2023
página 21709/2
Cuarto. Mediante Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Dirección General
de Trabajo Autónomo y Economía Social (BOJA núm. 233, de 5 de diciembre de 2022),
se redistribuye el crédito presupuestario de los ejercicios económicos 2021 y 2022 de
la provincia de Málaga entre las distintas líneas de subvención, asignando el crédito
sobrante de la Línea 2 a la Línea 1.
Partida presupuestaria
Crédito inicial
(euros)
Crédito
sobrante/
reasignado
(euros)
Total crédito
(euros)
1000170063 G/72C/77808/29
A1221082E1 2021001061
913.473,00
558.862,75
1.472.335,75
1000178069 G/72C/77807/29
A1221082E7 2021000976
981.847,90
-558.862,75
422.985,15
Línea subvencionable
Línea 1. Subvenciones dirigidas
a las personas trabajadoras por
cuenta propia o autónomas,
personas trabajadoras por cuenta
propia agrarias y mutualistas.
Línea 2. Subvenciones dirigidas a
sociedades cooperativas andaluzas
y sociedades laborales de Andalucía.
Quinto. Realizada la instrucción y resolución de las solicitudes, siguiendo el orden
correlativo de entrada en el registro electrónico de esta Delegación Territorial, órgano
competente para su tramitación, correspondientes a la Línea 1. Subvenciones dirigidas
a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, personas trabajadoras por
cuenta propia agrarias y mutualistas, se comprueba que se ha alcanzado el llímite de las
consignaciones presupuestarias reasignadas en la citada Línea mediante Resolución de
1 de diciembre de 2022, con el número de solicitud y en la fecha y hora siguientes:
Línea 1
SOLICITUD
FECHA PRESENTACIÓN
HORA
PRESENTACIÓN
Subvenciones dirigidas a las
personas trabajadoras por cuenta
propia o autónomas, personas
trabajadoras por cuenta propia
agrarias y mutualistas
CTC-2022000452
3.1.2022
11:11:57
RESU ELV E
Primero. Declarar la finalización de la consignación presupuestaria que, para
ayudas de la Línea 1. Subvenciones dirigidas a las personas trabajadoras por cuenta
propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias y mutualistas, fue
reasignada por la Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Dirección General de
Trabajo Autónomo y Economía Social, con el número de solicitud y a la fecha y hora
señaladas en el antecedente de hecho quinto.
Contra la presente resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse,
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, recurso
potestativo de reposición ante la persona titular de la Delegación Territorial competente
en materia de trabajo autónomo en los términos establecidos en los artículos 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274896
Segundo. Declarar desestimadas por falta de disponibilidad presupuestaria, las
solicitudes para la Línea 1. Subvenciones dirigidas a las personas trabajadoras por cuenta
propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias y mutualistas,
presentadas con posterioridad a la última solicitud que ha resultado beneficiaria indicada
en el antecedente de hecho quinto de la presente resolución.
BOJA
Número 2 - Miércoles, 4 de enero de 2023
página 21709/2
Cuarto. Mediante Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Dirección General
de Trabajo Autónomo y Economía Social (BOJA núm. 233, de 5 de diciembre de 2022),
se redistribuye el crédito presupuestario de los ejercicios económicos 2021 y 2022 de
la provincia de Málaga entre las distintas líneas de subvención, asignando el crédito
sobrante de la Línea 2 a la Línea 1.
Partida presupuestaria
Crédito inicial
(euros)
Crédito
sobrante/
reasignado
(euros)
Total crédito
(euros)
1000170063 G/72C/77808/29
A1221082E1 2021001061
913.473,00
558.862,75
1.472.335,75
1000178069 G/72C/77807/29
A1221082E7 2021000976
981.847,90
-558.862,75
422.985,15
Línea subvencionable
Línea 1. Subvenciones dirigidas
a las personas trabajadoras por
cuenta propia o autónomas,
personas trabajadoras por cuenta
propia agrarias y mutualistas.
Línea 2. Subvenciones dirigidas a
sociedades cooperativas andaluzas
y sociedades laborales de Andalucía.
Quinto. Realizada la instrucción y resolución de las solicitudes, siguiendo el orden
correlativo de entrada en el registro electrónico de esta Delegación Territorial, órgano
competente para su tramitación, correspondientes a la Línea 1. Subvenciones dirigidas
a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, personas trabajadoras por
cuenta propia agrarias y mutualistas, se comprueba que se ha alcanzado el llímite de las
consignaciones presupuestarias reasignadas en la citada Línea mediante Resolución de
1 de diciembre de 2022, con el número de solicitud y en la fecha y hora siguientes:
Línea 1
SOLICITUD
FECHA PRESENTACIÓN
HORA
PRESENTACIÓN
Subvenciones dirigidas a las
personas trabajadoras por cuenta
propia o autónomas, personas
trabajadoras por cuenta propia
agrarias y mutualistas
CTC-2022000452
3.1.2022
11:11:57
RESU ELV E
Primero. Declarar la finalización de la consignación presupuestaria que, para
ayudas de la Línea 1. Subvenciones dirigidas a las personas trabajadoras por cuenta
propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias y mutualistas, fue
reasignada por la Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Dirección General de
Trabajo Autónomo y Economía Social, con el número de solicitud y a la fecha y hora
señaladas en el antecedente de hecho quinto.
Contra la presente resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse,
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, recurso
potestativo de reposición ante la persona titular de la Delegación Territorial competente
en materia de trabajo autónomo en los términos establecidos en los artículos 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274896
Segundo. Declarar desestimadas por falta de disponibilidad presupuestaria, las
solicitudes para la Línea 1. Subvenciones dirigidas a las personas trabajadoras por cuenta
propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias y mutualistas,
presentadas con posterioridad a la última solicitud que ha resultado beneficiaria indicada
en el antecedente de hecho quinto de la presente resolución.