5. Anuncios. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2023/2-39)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se establecen los criterios de priorización autonómicos, y se aprueban y da publicidad a los formularios previstos en el Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la intervención sectorial vitivinícola en el marco del plan estratégico de la política agrícola común.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 2 - Miércoles, 4 de enero de 2023

página 21675/1

5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL

El Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial
Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, para la
aplicación de las medidas del Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común
(PAC) del Reino de España 2023-2027, tiene como objetivo el desarrollo sostenible de la
agricultura, la alimentación y las zonas rurales para garantizar la seguridad alimentaria de
la sociedad a través de un sector competitivo y un medio rural vivo, y ha sido aprobado
por la Comisión Europea el 31 de agosto de 2022.
Concretamente, el citado Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, en la Sección 5.ª
del Capítulo II, «Actividades de promoción y comunicación llevadas a cabo en terceros
países», desarrolla las condiciones para la concesión de apoyo financiero a las acciones
cuyo fin sea la mejora de la competitividad de los vinos españoles, con cargo al Fondo
Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA).
El artículo 2.5 del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, establece que será
autoridad competente, para la gestión y tramitación de las ayudas reguladas en su
Sección 5.ª, del Capítulo II, el órgano competente de la comunidad autónoma donde el
solicitante tenga su domicilio fiscal.
El Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, establece las bases reguladoras de las
ayudas y prevé la convocatoria de las mismas, al establecer en su artículo 60.1 que las
solicitudes deberán presentarse antes del 15 de septiembre del año previo al comienzo
del programa, sin perjuicio que para el ejercicio financiero 2024 y, de acuerdo con la
disposición transitoria tercera del citado Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, las
solicitudes se presentarán antes del 15 de enero del año del comienzo del programa.
En el Anexo XXIV del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, se contempla la
puntuación máxima correspondiente a otros criterios de priorización a decidir por
las comunidades autónomas, debido a que la gestión y tramitación de las ayudas se
realizarán por los órganos y unidades administrativas de cada comunidad autónoma.
Asimismo, con esta resolución se aprueba y se da publicidad al Anexo I de solicitud,
Anexo II Declaración responsable del solicitante, Anexo III Presupuesto recapitulativo,
Anexo IV Grupo empresarial, aplazando la publicación del resto de formularios adaptados
a la nueva regulación, todo ello condicionado y justificado por la fecha de publicación y
entrada en vigor del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, que obliga a actuar con
premura.
El Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, establece en su artículo 13
que la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados es competente en la gestión
de diversas ayudas del FEAGA recogidas en la organización común de mercados de
los productos agrarios, entre las que se encuentran las dirigidas al sector vitivinícola; no
obstante, en la Resolución de 14 de marzo de 2018, de la Dirección General de Ayudas
Directas y de Mercados, por la que se modifica la Resolución de 4 de noviembre de 2013,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Industrias,
Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se establecen los criterios
de priorización autonómicos, y se aprueban y da publicidad a los formularios
previstos en el Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la
intervención sectorial vitivinícola en el marco del plan estratégico de la política
agrícola común.