5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2023/2-34)
Corrección de errores del Anuncio de 18 de noviembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Málaga, relativa a la resolución de concesión de la ayuda en régimen de concurrencia no competitiva, a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, destinadas a atender el pago del alquiler de la vivienda habitual, correspondiente a la Línea 1 de la convocatoria aprobada por la Orden de 1 de septiembre de 2020 (BOJA núm. 174, de 8 de septiembre), y reguladas por Orden de 27 de julio de 2020 (BOJA núm. 147, de 31 de julio), en relación con el expediente que se cita (BOJA núm. 231, de 1.12.2021).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 2 - Miércoles, 4 de enero de 2023

página 21480/3

objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas
especialmente vulnerables para atender el pago del alquiler de la vivienda habitual
convocada por Orden de 1 de septiembre de 2020 (BOJA núm. 174, de 8 de septiembre),
siendo doña María del Carmen Ruiz
Peña beneficiaria de dicha ayuda, cuyo importe y
ANEXO. BENEFICIARIOS
periodo subvencionado aparece relacionado en el anexo, siendo los siguientes:
CÓDIGO EXPEDIENTE
Eh6pH200202015745

BENEFICIARIO
MARIA DEL CARMEN RUIZ PEÑA

IDENTIFICADOR

FECHA
SOLICITUD O
SUBSANACIÓN

RENTA
TOTAL

GASTOS
ANUALES

COSTE
TOTAL

****0497

04/11/20

6.000,00 €

0,00 €

6.000,00 €

SUBVENCIÓN SUBVENCIÓN
ESTATAL
AUTONOMICA
4.821,24 €

0,00 €

IMPORTE
OTRAS
AYUDAS

SUBVENCIÓN
TOTAL

1.178,76 €

4.821,24 €

PERIODO
SUBVENCIONADO
01/01/20

31/12/20

Noveno. El 2 de diciembre de 2021 se emite por el servicio de vivienda requerimiento
de documentación para subsanar deficiencias encontradas para la justificación del pago
de la ayuda concedida, debiendo presentar Anexo II, contrato de alquiler y los justificantes
del pago del alquiler.
Décimo. En las fechas, 30 de diciembre de 2021, 17 de febrero de 2022 y 15 de
marzo de 2022, doña María del Carmen Ruiz Peña presenta la documentación requerida
para la justificación del pago de la subvención, Anexo II, certificado de transferencias
emitidas correspondientes a los 12 meses de pago de la renta del alquiler del año 2020,
una declaración de conformidad del arrendador que certifica que la arrendataria le ha
abonado la totalidad de la renta de alquiler del 2020, el contrato de alquiler de 2015 y
los documentos de prórrogas del contrato emitidos en los años 2016 y 2019, en el que
se observa que las rentas de los meses de enero a abril del 2020 son de 475 euros
mensuales en vez de los 500 euros que fueron solicitados de ayuda, con lo cual se
concluye que la renta total correspondiente al 2020 son 5.900 euros en vez de los 6.000
euros concedidos.
Undécimo. Posteriormente, examinado de nuevo el expediente y la documentación
aportada, se advierte un error en el importe de otras ayudas recibidas para el alquiler
de la vivienda indicado en el Anexo I de la resolución de concesión, siendo el mismo
de 576,80 euros (475 euros en enero y 101,80 en febrero), en lugar de 1.178,76 euros.
Se comprueba además que esta otra ayuda, para la misma finalidad, corresponde
a una subvención concedida por esta Delegación Territorial de Málaga a personas en
especiales circunstancias de emergencia social incursas en procedimiento de desahucio
o de ejecución, que sean privadas de su vivienda habitual, convocada por Orden de 9 de
octubre de 2018 y regulada por Orden de 28 de noviembre de 2014.
Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda

Delegación Territorial
de Málaga
Duodécimo. Como consecuencia de lo expuesto anteriormente
y, debiéndose
rectificar
las cantidades recogidas en la resolución original en concepto de «Renta Total», «Importe
Otras Ayudas» y «Subvención Total»,ANresulta
superior en 501,96 euros a
EXO. BENEFuna
ICIARIsubvención
OS
la inicialmente concedida, quedando todo ello reflejado en los siguientes términos:

CÓDIGO EXPEDIENTE
Eh6pH200202015745

BENEFICIARIO
MARIA DEL CARMEN RUIZ PEÑA

IDENTIFICADOR

FECHA
SOLICITUD O
SUBSANACIÓN

RENTA TOTAL

GASTOS
ANUALES

COSTE TOTAL

SUBVENCIÓN
ESTATAL

****0497

04/11/20

5.900,00 €

0,00 €

5.900,00 €

5.323,20 €

SUBVENCIÓN
IMPORTE
SUBVENCIÓN
PERIODO SUBVENCIONADO
AUTONOMICA OTRAS AYUDAS
TOTAL
0,00 €

576,80 €

5.323,20 €

01/01/20

31/12/20

Y de conformidad con los siguientes

Primero. Es competente la persona titular de la Delegación Territorial de la Consejería
de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Málaga, para conceder la
ayuda, de conformidad con lo establecido el apartado 12 del cuadro resumen de la Orden
de 27 de julio de 2020 (BOJA núm. 147 de 31 de julio), por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, a
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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