3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2023/1-24)
Orden de 13 de diciembre de 2022, por la que se acepta la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía de unos bienes muebles de carácter artístico ofrecidos por don Jesús Reina Palazón.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 1 - Martes, 3 de enero de 2023
página 21483/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Orden de 13 de diciembre de 2022, por la que se acepta la donación a favor
de la Comunidad Autónoma de Andalucía de unos bienes muebles de carácter
artístico ofrecidos por don Jesús Reina Palazón.
Don Jesús Reina Palazón, mediante escrito con fecha de 30 de junio de 2022, ha
expresado su interés en donar al Centro Andaluz de Arte Contemporáneo las obras que
se relacionan en el anexo, de las que es propietario, libres de cargas, las cuales revelan
un interés artístico y cultural para nuestra Comunidad conforme al artículo 2 y 42.1 de la
Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio histórico de Andalucía.
Se trata de un conjunto estimable de obras de diversos autores, algunos de ellos de
especial importancia en el arte contemporáneo andaluz de las últimas décadas, y todas
ellas de interés para la colección del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo.
La Dirección del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo informó el 2 de septiembre
de 2022 sobre el interés de los bienes ofrecidos en donación, proponiendo su aceptación.
Así mismo, la Comisión Técnica del Centro informó favorablemente el ingreso de estas
obras en su reunión del 7 de julio de 2022.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero. El artículo 68.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone que
corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de cultura,
que comprende la promoción y la difusión del patrimonio cultural, artístico y monumental
y de los centros de depósito cultural de Andalucía, y la proyección internacional
de la cultura andaluza. Asimismo, el apartado 3.1.º y 2.º el mismo artículo atribuye la
competencia exclusiva a la Comunidad Autónoma sobre protección del patrimonio
histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone
el artículo 149.1.28.ª de la Constitución, así como sobre los archivos, museos, bibliotecas
y demás colecciones de naturaleza análoga que no sean de titularidad estatal.
Tercero. El artículo 87.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio
Histórico de Andalucía, faculta en su artículo 87.1 a la Consejería competente en
materia de patrimonio histórico para aceptar donaciones y legados de bienes muebles
integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz, quedando exceptuada del requisito de
previa aceptación por Decreto del Consejo de Gobierno, previsto en el artículo 80 de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274639
Segundo. El Decreto 159/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, dispone en su artículo 1.1 que le
corresponde la propuesta, desarrollo, ejecución, coordinación y control de las directrices
generales del Consejo de Gobierno en relación con las competencias atribuidas por el
Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de turismo,
cultura y deporte, atribuyéndose a la Dirección General de Museos y Conjuntos Culturales
la tutela, promoción y difusión, con fines de investigación, educación, disfrute y promoción
científica y cultural, de los museos, espacios culturales, colecciones museográficas y
enclaves competencia de la Comunidad Autónoma, y la tutela y gestión, de acuerdo con
la normativa aplicable, de los museos de titularidad estatal, con arreglo al artículo 11.2
del citado decreto. Y a tenor del artículo 6 dicha dirección general depende directamente
de la Secretaría General para la Cultura, y a través de la misma queda adscrito a la
Consejería de Turismo, Cultura y Deporte el Centro Andaluz de Arte Contemporáneo.
BOJA
Número 1 - Martes, 3 de enero de 2023
página 21483/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Orden de 13 de diciembre de 2022, por la que se acepta la donación a favor
de la Comunidad Autónoma de Andalucía de unos bienes muebles de carácter
artístico ofrecidos por don Jesús Reina Palazón.
Don Jesús Reina Palazón, mediante escrito con fecha de 30 de junio de 2022, ha
expresado su interés en donar al Centro Andaluz de Arte Contemporáneo las obras que
se relacionan en el anexo, de las que es propietario, libres de cargas, las cuales revelan
un interés artístico y cultural para nuestra Comunidad conforme al artículo 2 y 42.1 de la
Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio histórico de Andalucía.
Se trata de un conjunto estimable de obras de diversos autores, algunos de ellos de
especial importancia en el arte contemporáneo andaluz de las últimas décadas, y todas
ellas de interés para la colección del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo.
La Dirección del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo informó el 2 de septiembre
de 2022 sobre el interés de los bienes ofrecidos en donación, proponiendo su aceptación.
Así mismo, la Comisión Técnica del Centro informó favorablemente el ingreso de estas
obras en su reunión del 7 de julio de 2022.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero. El artículo 68.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone que
corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de cultura,
que comprende la promoción y la difusión del patrimonio cultural, artístico y monumental
y de los centros de depósito cultural de Andalucía, y la proyección internacional
de la cultura andaluza. Asimismo, el apartado 3.1.º y 2.º el mismo artículo atribuye la
competencia exclusiva a la Comunidad Autónoma sobre protección del patrimonio
histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone
el artículo 149.1.28.ª de la Constitución, así como sobre los archivos, museos, bibliotecas
y demás colecciones de naturaleza análoga que no sean de titularidad estatal.
Tercero. El artículo 87.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio
Histórico de Andalucía, faculta en su artículo 87.1 a la Consejería competente en
materia de patrimonio histórico para aceptar donaciones y legados de bienes muebles
integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz, quedando exceptuada del requisito de
previa aceptación por Decreto del Consejo de Gobierno, previsto en el artículo 80 de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274639
Segundo. El Decreto 159/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, dispone en su artículo 1.1 que le
corresponde la propuesta, desarrollo, ejecución, coordinación y control de las directrices
generales del Consejo de Gobierno en relación con las competencias atribuidas por el
Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de turismo,
cultura y deporte, atribuyéndose a la Dirección General de Museos y Conjuntos Culturales
la tutela, promoción y difusión, con fines de investigación, educación, disfrute y promoción
científica y cultural, de los museos, espacios culturales, colecciones museográficas y
enclaves competencia de la Comunidad Autónoma, y la tutela y gestión, de acuerdo con
la normativa aplicable, de los museos de titularidad estatal, con arreglo al artículo 11.2
del citado decreto. Y a tenor del artículo 6 dicha dirección general depende directamente
de la Secretaría General para la Cultura, y a través de la misma queda adscrito a la
Consejería de Turismo, Cultura y Deporte el Centro Andaluz de Arte Contemporáneo.