Disposiciones generales. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2023/1-9)
Extracto de la Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad, Innovación y Fomento del Turismo, por la que se convocan, para el ejercicio 2022, las becas previstas en la Orden de 27 de diciembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas de formación en materia de turismo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Martes, 3 de enero de 2023
página 21616/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Extracto de la Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General
de Calidad, Innovación y Fomento del Turismo, por la que se convocan, para
el ejercicio 2022, las becas previstas en la Orden de 27 de diciembre de 2021,
por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas de
formación en materia de turismo.
BDNS: 605083
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Primero. Convocatoria.
Se convocan, para el ejercicio 2022, las becas reguladas en la Orden de 27 de
diciembre 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión en
régimen de concurrencia competitiva, de becas destinadas al fomento de la formación y
el perfeccionamiento de las personas profesionales del turismo.
Tercero. Personas beneficiarias.
Personas físicas que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión de la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la
Unión Europea y ser personas vecinas de cualesquiera de los municipios de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
b) Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones académicas expedidas
por alguna de las Universidades Públicas de Andalucía:
1.º Para la modalidad 1 (TURIN): Grado Universitario en Turismo o Grado Universitario
en Geografía y Gestión del Territorio.
2.º Para la modalidad 2 (TUREX): Grado o Doble Grado Universitario en: Turismo,
Geografía y Gestión del Territorio, Ciencias de la Comunicación e Información, Marketing
e Investigación de los Mercados, Administración y Dirección de Empresas.
c) Acreditar el dominio de los siguientes idiomas, de conformidad con la tabla de
certificados oficiales aceptados por las Universidades Públicas andaluzas para la
acreditación de lengua extranjera y su correspondencia con el Marco Común Europeo de
referencia para las Lenguas (en adelante MCERL):
1.º Las personas solicitantes extranjeras habrán de poseer un conocimiento del
castellano de, al menos, nivel «C1» o equivalente de acuerdo con el MCERL o asimilado.
2.º Poseer conocimiento del idioma inglés con nivel mínimo «B1» para la modalidad
1 (TURIN), y «C1» para la modalidad 2 (TUREX) o equivalente de los descritos en el
MCERL.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274833
Segundo. Objeto.
Las becas reguladas en la citada orden se clasifican en las siguientes modalidades:
a) Modalidad 1 (TURIN): becas de formación e investigación en planificación y
gestión turística que se desarrollarán en la sede de la Consejería competente en materia
de turismo.
b) Modalidad 2 (TUREX): becas de formación y promoción internacional.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Martes, 3 de enero de 2023
página 21616/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Extracto de la Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General
de Calidad, Innovación y Fomento del Turismo, por la que se convocan, para
el ejercicio 2022, las becas previstas en la Orden de 27 de diciembre de 2021,
por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas de
formación en materia de turismo.
BDNS: 605083
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Primero. Convocatoria.
Se convocan, para el ejercicio 2022, las becas reguladas en la Orden de 27 de
diciembre 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión en
régimen de concurrencia competitiva, de becas destinadas al fomento de la formación y
el perfeccionamiento de las personas profesionales del turismo.
Tercero. Personas beneficiarias.
Personas físicas que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión de la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la
Unión Europea y ser personas vecinas de cualesquiera de los municipios de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
b) Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones académicas expedidas
por alguna de las Universidades Públicas de Andalucía:
1.º Para la modalidad 1 (TURIN): Grado Universitario en Turismo o Grado Universitario
en Geografía y Gestión del Territorio.
2.º Para la modalidad 2 (TUREX): Grado o Doble Grado Universitario en: Turismo,
Geografía y Gestión del Territorio, Ciencias de la Comunicación e Información, Marketing
e Investigación de los Mercados, Administración y Dirección de Empresas.
c) Acreditar el dominio de los siguientes idiomas, de conformidad con la tabla de
certificados oficiales aceptados por las Universidades Públicas andaluzas para la
acreditación de lengua extranjera y su correspondencia con el Marco Común Europeo de
referencia para las Lenguas (en adelante MCERL):
1.º Las personas solicitantes extranjeras habrán de poseer un conocimiento del
castellano de, al menos, nivel «C1» o equivalente de acuerdo con el MCERL o asimilado.
2.º Poseer conocimiento del idioma inglés con nivel mínimo «B1» para la modalidad
1 (TURIN), y «C1» para la modalidad 2 (TUREX) o equivalente de los descritos en el
MCERL.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274833
Segundo. Objeto.
Las becas reguladas en la citada orden se clasifican en las siguientes modalidades:
a) Modalidad 1 (TURIN): becas de formación e investigación en planificación y
gestión turística que se desarrollarán en la sede de la Consejería competente en materia
de turismo.
b) Modalidad 2 (TUREX): becas de formación y promoción internacional.