Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa. (2023/1-2)
Extracto de la Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se convoca la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la dinamización de centros de competencias digitales durante el ejercicio 2023, al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2021. Línea Guadalinfo/ELA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Provincia
Número 1 - Martes, 3 de enero de 2023
página 21622/17
Grupo
Municipio
ELA
Granada
B
Motril
Carchuna-Calahonda
Huelva
B
Isla Cristina
Redondela, La
Jaén
A
Alcala la Real
Mures
Jaén
A
Alcaudete
La Bobadilla
Jaén
A
Andújar
La Ropera
Jaén
A
Andújar
Los Villares
Jaén
A
Baños de la Encina
El Centenillo
Jaén
A
Bedmar y Garcíez
Garcíez
Jaén
A
Rus
El Mármol
Jaén
A
Villanueva de la Reina
La Quintería
Jaén
B
Linares
Estación Linares - Baeza
Málaga
B
Antequera
Bobadilla Estación
Sevilla
A
Écija
Isla Redonda - La Aceñuela
Sevilla
B
Las Cabezas de San Juan
Marismillas
Quinto. Cuantía de la subvención.
De conformidad con el apartado 5 del cuadro resumen de las Bases Reguladoras, la
cuantía de la subvención para esta convocatoria de la línea Guadalinfo/ELA, consistirá en
un importe cierto para cada grupo de municipios o entidad local autónoma:
Grupo A: 9.403,10 euros.
Grupo B: 14.853,06 euros.
Grupo C: 7.987,08 euros.
Sexto. Concreción del importe de los gastos subvencionables.
1. De conformidad con el apartado 7 del cuadro resumen de las bases reguladoras:
La aportación de fondos propios por la persona o entidad beneficiaria para financiar
la actividad subvencionada será, al menos, de:
Grupo A: 33,33%
Grupo B: 33,33%
Grupo C: 64,15%
Por su parte, la participación en la financiación de las subvenciones de la
Administración de la Junta de Andalucía, es la siguiente:
Porcentaje: Linea A: 66,67% - Línea B: 66,67% - Línea C: 35,85%
2. Por todo ello, el importe de los gastos subvencionables que puede aceptarse para
cada una de las partidas será el siguiente:
a) Personal. La cuantía máxima de presupuesto que puede aceptarse en esta partida
será para los municipios de Grupo A 13.626,94 euros y para los del Grupo B y C 21.801,48
euros.
b) Dietas: La cuantía máxima de presupuesto que puede aceptarse en esta partida
tras la revisión de la cuenta justificativa será para los municipios de Grupo A, B y C de
477 euros.
LÍNEA
Partida Presupuestaria
GUADALINFO
0132010000 G/12D/46001/00 01
ELA
0132010000 G/12D/46001/00 01
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
2023
7.748.201,16
2024
1.367.329,62
TOTAL
9.115.530,78
341.236,58
60.218,22
401.454,80
8.089.437,74
1.427.547,84
9.516.985,58
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274840
Séptimo. Financiación
1. Las subvenciones se concederán de acuerdo con las disponibilidades
presupuestarias destinadas al efecto, ascendiendo el importe total del gasto de la
convocatoria a 9.516.985,58 euros.
2. El citado crédito se desglosa en las siguientes partidas presupuestarias:
BOJA
Provincia
Número 1 - Martes, 3 de enero de 2023
página 21622/17
Grupo
Municipio
ELA
Granada
B
Motril
Carchuna-Calahonda
Huelva
B
Isla Cristina
Redondela, La
Jaén
A
Alcala la Real
Mures
Jaén
A
Alcaudete
La Bobadilla
Jaén
A
Andújar
La Ropera
Jaén
A
Andújar
Los Villares
Jaén
A
Baños de la Encina
El Centenillo
Jaén
A
Bedmar y Garcíez
Garcíez
Jaén
A
Rus
El Mármol
Jaén
A
Villanueva de la Reina
La Quintería
Jaén
B
Linares
Estación Linares - Baeza
Málaga
B
Antequera
Bobadilla Estación
Sevilla
A
Écija
Isla Redonda - La Aceñuela
Sevilla
B
Las Cabezas de San Juan
Marismillas
Quinto. Cuantía de la subvención.
De conformidad con el apartado 5 del cuadro resumen de las Bases Reguladoras, la
cuantía de la subvención para esta convocatoria de la línea Guadalinfo/ELA, consistirá en
un importe cierto para cada grupo de municipios o entidad local autónoma:
Grupo A: 9.403,10 euros.
Grupo B: 14.853,06 euros.
Grupo C: 7.987,08 euros.
Sexto. Concreción del importe de los gastos subvencionables.
1. De conformidad con el apartado 7 del cuadro resumen de las bases reguladoras:
La aportación de fondos propios por la persona o entidad beneficiaria para financiar
la actividad subvencionada será, al menos, de:
Grupo A: 33,33%
Grupo B: 33,33%
Grupo C: 64,15%
Por su parte, la participación en la financiación de las subvenciones de la
Administración de la Junta de Andalucía, es la siguiente:
Porcentaje: Linea A: 66,67% - Línea B: 66,67% - Línea C: 35,85%
2. Por todo ello, el importe de los gastos subvencionables que puede aceptarse para
cada una de las partidas será el siguiente:
a) Personal. La cuantía máxima de presupuesto que puede aceptarse en esta partida
será para los municipios de Grupo A 13.626,94 euros y para los del Grupo B y C 21.801,48
euros.
b) Dietas: La cuantía máxima de presupuesto que puede aceptarse en esta partida
tras la revisión de la cuenta justificativa será para los municipios de Grupo A, B y C de
477 euros.
LÍNEA
Partida Presupuestaria
GUADALINFO
0132010000 G/12D/46001/00 01
ELA
0132010000 G/12D/46001/00 01
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
2023
7.748.201,16
2024
1.367.329,62
TOTAL
9.115.530,78
341.236,58
60.218,22
401.454,80
8.089.437,74
1.427.547,84
9.516.985,58
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274840
Séptimo. Financiación
1. Las subvenciones se concederán de acuerdo con las disponibilidades
presupuestarias destinadas al efecto, ascendiendo el importe total del gasto de la
convocatoria a 9.516.985,58 euros.
2. El citado crédito se desglosa en las siguientes partidas presupuestarias: