Autoridades y personal. Universidades. (2022/249-25)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para ingreso en la Escala Básica de Relaciones Internacionales, puestos de Ténico/a nivel 7 con destino en la Oficina de Relaciones Internacionales, en el marco de la estabilización de empleo temporal del personal de Administración y Servicios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
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justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, lo que se
justificará con un informe negativo de rechazos, y que, asimismo, carezcan de rentas
superiores en cómputo mensual al salario mínimo interprofesional.
El informe negativo de rechazos se solicitará en las oficinas de los servicios
públicos de empleo. La acreditación de las rentas, se realizará presentando certificado
de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas,
correspondiente al año 2021 y, en su caso, del certificado del nivel de renta del mismo
ejercicio, que podrá solicitar a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria en
el enlace:
https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/Inicio/Procedimientos_y _Servicios/
Certificados/Declaraciones_Tributarias/Declaraciones_Tributarias.shtml
Ambos documentos, informe negativo de rechazos y acreditación de las rentas,
deberán presentarse anexos a la solicitud.
b) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido
daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista, su cónyuge o
persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido
y los hijos de los heridos y fallecidos, de acuerdo con la disposición final quinta de la
Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, que añade un nuevo párrafo al apartado cinco del
artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre.
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de
18 de noviembre, de protección de la familia numerosa. Tendrán derecho a una exención
del 100 por 100 de las tasas y precios públicos los miembros de familias de la categoría
especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general.
3.6. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de
abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá, previa solicitud de la persona interesada, la
devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho imponible
por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de
los derechos de participación en los supuestos de exclusión del proceso selectivo por
causa imputable a la persona aspirante, por lo que en el supuesto de exclusión por no
cumplir los requisitos o no aportar los documentos exigidos en la convocatoria, no dará
lugar a la devolución de los derechos de participación. La devolución se efectuará una
vez finalizado el proceso selectivo.
3.7. Verificación y acreditación de documentación.
La Universidad de Granada accederá a la Plataforma de Intermediación de Datos de
las Administraciones Públicas, con garantía de confidencialidad y con la única finalidad
de verificación y consulta de los datos de identidad (base 2.1), titulación (base 2.1.e) y en
su caso para la acreditación de: condición de discapacidad (base 3.5.a.1), beneficiario de
víctima del terrorismo (base 3.5.b) y familia numerosa (base 3.5.c).
En el caso de manifestar oposición motivada a la consulta de alguno de los datos
indicados en el párrafo anterior se deberá aportar la documentación acreditativa.
Igualmente, en caso de que no sea posible obtener o verificar los datos a través de la
Plataforma de Intermediación de Datos, la Universidad de Granada podrá, en cualquier
momento, solicitar que se aporte la documentación requerida.
La persona aspirante que no posea DNI, deberá aportar junto con su solicitud copia
de su documento de identificación o pasaporte.
3.8. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar
en sus solicitudes, pudiendo solicitar su modificación mediante escrito motivado, dentro
del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se
admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.9. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
3.10. El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274737
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, lo que se
justificará con un informe negativo de rechazos, y que, asimismo, carezcan de rentas
superiores en cómputo mensual al salario mínimo interprofesional.
El informe negativo de rechazos se solicitará en las oficinas de los servicios
públicos de empleo. La acreditación de las rentas, se realizará presentando certificado
de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas,
correspondiente al año 2021 y, en su caso, del certificado del nivel de renta del mismo
ejercicio, que podrá solicitar a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria en
el enlace:
https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/Inicio/Procedimientos_y _Servicios/
Certificados/Declaraciones_Tributarias/Declaraciones_Tributarias.shtml
Ambos documentos, informe negativo de rechazos y acreditación de las rentas,
deberán presentarse anexos a la solicitud.
b) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido
daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista, su cónyuge o
persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido
y los hijos de los heridos y fallecidos, de acuerdo con la disposición final quinta de la
Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, que añade un nuevo párrafo al apartado cinco del
artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre.
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de
18 de noviembre, de protección de la familia numerosa. Tendrán derecho a una exención
del 100 por 100 de las tasas y precios públicos los miembros de familias de la categoría
especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general.
3.6. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de
abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá, previa solicitud de la persona interesada, la
devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho imponible
por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de
los derechos de participación en los supuestos de exclusión del proceso selectivo por
causa imputable a la persona aspirante, por lo que en el supuesto de exclusión por no
cumplir los requisitos o no aportar los documentos exigidos en la convocatoria, no dará
lugar a la devolución de los derechos de participación. La devolución se efectuará una
vez finalizado el proceso selectivo.
3.7. Verificación y acreditación de documentación.
La Universidad de Granada accederá a la Plataforma de Intermediación de Datos de
las Administraciones Públicas, con garantía de confidencialidad y con la única finalidad
de verificación y consulta de los datos de identidad (base 2.1), titulación (base 2.1.e) y en
su caso para la acreditación de: condición de discapacidad (base 3.5.a.1), beneficiario de
víctima del terrorismo (base 3.5.b) y familia numerosa (base 3.5.c).
En el caso de manifestar oposición motivada a la consulta de alguno de los datos
indicados en el párrafo anterior se deberá aportar la documentación acreditativa.
Igualmente, en caso de que no sea posible obtener o verificar los datos a través de la
Plataforma de Intermediación de Datos, la Universidad de Granada podrá, en cualquier
momento, solicitar que se aporte la documentación requerida.
La persona aspirante que no posea DNI, deberá aportar junto con su solicitud copia
de su documento de identificación o pasaporte.
3.8. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar
en sus solicitudes, pudiendo solicitar su modificación mediante escrito motivado, dentro
del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se
admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.9. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
3.10. El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274737
BOJA
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