Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2022/535-13)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas vacantes de categorías y especialidades de personal laboral fijo en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias.
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Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

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la Unión Europea con el que tengan dicho vínculo. En el caso de ciudadanos de la Unión
Europea o de Estado al que se extienda por aplicación de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España el régimen previsto para los
anteriores, presentarán copia de su certificado de registro, al que deberán acompañar
asimismo copia de su Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, documentos que
deberán estar en vigor.
5.1.2.2. Titulación requerida para el acceso.
a) Formación académica.
Las titulaciones académicas se acreditarán con el título expedido por el Ministerio
competente en materia de Educación o de la correspondiente Universidad. Se admitirá la
justificación acreditativa de haberlo solicitado, mediante la acreditación de la superación
de los estudios expedida por órgano competente, acreditando asimismo el abono de los
correspondientes derechos para su obtención. En el supuesto de titulaciones obtenidas
fuera de España, deberá aportarse la credencial de reconocimiento, homologación
o validación según proceda, de la titulación expedida por el Ministerio competente en
materia de Educación español.
b) Formación especializada.
Se acreditará con el título de especialista en Ciencias de la Salud, expedido por
el Ministerio competente en materia de Educación, o por los órganos competentes de
cualquier otro país siempre que se acompañe el reconocimiento y/o homologación
emitida por el citado Ministerio. Los residentes que hayan finalizado la formación y en la
evaluación final hubieran obtenido la calificación positiva, podrán acreditar este mérito
mediante certificación emitida por el Jefe de Estudios o el presidente de la comisión
de docencia con el visto bueno de la Dirección Gerencia del Centro Sanitario donde
hubieran cursado la especialidad en la que conste expresamente la fecha de finalización
del programa formativo de la especialidad.
c) Acreditaciones y licencias.
Las acreditaciones y licencias que se exijan para el acceso se acreditarán mediante
certificación oficial en vigor emitida por el órgano competente, conforme se determine en
cada convocatoria específica.
5.1.2.3. No poseer la condición de personal laboral fijo en la misma categoría y en
su caso especialidad a la que se pretende acceder en una Agencia Pública Empresarial
Sanitaria, cualquiera que sea su situación administrativa. Se acreditará mediante la
declaración responsable de la persona aspirante.
5.1.2.4. No haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la
libertad e indemnidad sexual, que incluya la agresión y abuso sexual, acoso sexual,
exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de
menores, así como por trata de seres humanos.
Bastará con que presten su consentimiento expreso para la consulta y verificación de
los datos relativos al mismo contenido, en el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
En caso de no autorizarse la consulta, deberá aportarse certificación negativa en vigor
del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
5.2. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar
en su solicitud. Las notificaciones se practicarán por medios electrónicos, conforme
dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, mediante comparecencia en la dirección
electrónica habilitada, para lo cual prestará su conformidad para el alta en el servicio
de notificaciones del sistema a disposición de las Consejerías y entidades de la Junta
de Andalucía para la práctica de la notificación electrónica a través del canal destinado
a tal efecto «Notificaciones de la VEC del SAS», siendo responsabilidad exclusiva de
la persona aspirante tanto los errores en la consignación como en el mantenimiento
de los datos personales y del correo asociados al buzón electrónico de dicha dirección
electrónica habilitada para la práctica de las notificaciones electrónicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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