Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2022/535-12)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de determinadas categorías y especialidades dependientes del Servicio Andaluz de Salud y del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

página 21704/9

Apartado segundo. Otros méritos (máximo 40 puntos).
1. Por la superación de la fase de oposición correspondiente a la categoría a la que
se opta en las Ofertas de Empleo Público convocadas en el ámbito del Servicio Andaluz
de Salud, una vez publicada la resolución de aspirantes que superan la fase de oposición,
con posterioridad a la finalización de los procesos selectivos convocados en desarrollo del
Decreto 54/2002, de 19 de febrero, por el que se estableció un proceso extraordinario de
consolidación y provisión de plazas de personal estatutario en las Instituciones Sanitarias
del Servicio Andaluz de Salud: 14 puntos por cada fase de oposición superada.
2. Otra titulación distinta a la exigida como requisito de acceso:
Por haber obtenido una Titulación Oficial de igual o superior nivel académico, diferente
a la exigida como requisito de acceso, en el ámbito de las ciencias de la salud: 10 puntos.
3. Formación continuada: En el conjunto de actividades formativas se podrá valorar
como discente hasta un máximo 10 actividades
a) Por la asistencia con aprovechamiento a actividades formativas acreditadas
por alguno de los órganos acreditadores que integran el sistema de acreditación de la
formación continuada en el sistema nacional de salud, que tengan reconocida por la
Comisión de Recursos Humanos del SNS la equivalencia con los mismos, dirigidas a
la categoría y especialidad a la que se opta o, en defecto de lo anterior, que guarde una
relación directa con el puesto de trabajo propio de la categoría y en su caso especialidad
a la que se concursa: 2 puntos por crédito.
b) Por la asistencia a actividades formativas no acreditadas, que hayan sido
convocados, impartidos u homologados por corporaciones de derecho público,
asociaciones de utilidad pública u organizaciones sindicales que intervienen en el Sistema
Nacional de Salud: Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las Comunidades
Autónomas, Ministerio competente en materia de sanidad, Escuelas de Salud Pública
y otras Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos acreditadas como centros para
la formación continuada para las profesiones sanitarias adscritas a cualquiera de los
organismos citados, Consejería o Ministerio competente en materia de Administraciones
Públicas e Institutos de Administración Pública adscritos a los organismos citados,
Consejería o Ministerio competente en materia de Empleo, Instituto Nacional de Empleo
o Servicio de Empleo de las Comunidades Autónomas o las entidades del sector público
a ellas adscritos, Organizaciones Sindicales presentes en el sector sanitario o sus
fundaciones o empresas acreditadas para la formación, Corporaciones Profesionales
o Sociedades Científicas Sanitarias de ámbito estatal o sus Sociedades Autonómicas
legalmente constituidas en el ámbito específico de las profesiones sanitarias o de las
Especialidades legalmente reconocidas por el Ministerio competente en la materia, e
incluidas en el Consejo General de Especialidades y representativas de las mismas,
dirigidas a la categoría y especialidad a la que se opta o, en defecto de lo anterior, que
guarde una relación directa con los puestos de trabajo propios de la categoría y en su
caso especialidad a la que se concursa: 0,20 puntos por cada hora lectiva.
El Tribunal habrá de considerar, al menos, las siguientes materias: Prevención de
riesgos laborales, Ofimática, Protección de datos, Igualdad entre mujeres y hombres,
Prevención y lucha contra la violencia de género y agresiones, Derechos de la infancia
y la adolescencia, Comunicación y habilidades relacionales, Seguridad y autonomía del
paciente, Derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274892

En los centros sanitarios del Sistema Nacional de Salud, del Sistema Sanitario Público
de Andalucía o de cualquier centro sanitario público de los países miembros de la Unión
Europea en puestos o categorías que tengan la consideración o clasificación funcional de
cargo intermedio si se concursa para la categoría y especialidad desde la que se accedió
a dicha situación: 0,009 puntos por día de servicio.
En todo caso, cada periodo de experiencia profesional solo podrá ser valorado en
uno de los epígrafes citados en este apartado.