Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2022/535-24)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Fundación Pública Andaluza para la Investigación de Málaga en Biomedicina y Salud (FIMABIS), por la que se convoca con carácter excepcional proceso selectivo de concurso-oposición para estabilizacion de empleo temporal al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
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9.2. Fase de concurso de méritos: Calificación de los méritos alegados.
En la fase de concurso, se valorarán los méritos profesionales y otros méritos de las
personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición conforme se establece en
el apartado 9.1 anterior. La puntuación máxima de esta fase será de cuarenta puntos,
donde los méritos profesionales tendrán una puntuación máxima de treinta puntos y los
otros méritos puntuarán con un máximo de diez puntos, equivalentes al noventa y al diez
por ciento de los referidos cuarenta puntos, respectivamente.
Todos los méritos deberán poseerse en el momento de publicación de la convocatoria
del proceso selectivo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En ningún caso se valorarán méritos no incluidos en el Anexo IV y/o no acreditados
conforme se recoge en el apartado 10.
La baremación de méritos profesionales y otros méritos acreditados se llevará a cabo
de acuerdo con los siguientes criterios:
9.2.A) Méritos profesionales: puntuacion máxima 30 puntos.
Este parámetro consistirá en la valoración de lo siguiente:
a) Servicios prestados como personal laboral en puestos de trabajo de la entidad
convocante, cuyo contenido funcional se corresponda con el del puesto convocado. Se
valorará con 0,56 puntos por mes de experiencia.
b) Servicios prestados como personal laboral en puestos de trabajo de
administraciones públicas, así como en otras entidades del sector público distinta a la
convocante, cuyo contenido funcional sea homólogo al del puesto convocado. Se valorará
con 0,224 puntos por mes de experiencia.
Se considerarán puestos cuyo contenido funcional se corresponde al puesto
convocado aquellos en los que se desarrollen al menos cuatro de las cinco funciones
definidas en la descripción del puesto, independientemente de la denominación del
mismo. Así, se valorará cada periodo de tiempo en el desempeño de cada puesto según
el siguiente factor de corrección:
- Similitud completa. Cuando en el certificado de servicios prestados se recoja que la
experiencia en el puesto se refiere a las 5 funciones principales recogidas en el Anexo I. Se
aplicará un factor de corrección de 1 al tiempo acreditado con independencia de la entidad
en la que se haya desempeñado el puesto.
- Alto (4/5 Funciones). Cuando en el certificado de servicios prestados se recoja que
la experiencia en el puesto se refiere a 4 de las 5 funciones principales recogidas en el
anexo I. Se aplicará un factor de corrección de 0,8 al tiempo acreditado con independencia
de la entidad en la que se haya desempeñado el puesto.
- Insuficiente. Cuando en el certificado de servicios prestados se recoja que
la experiencia en el puesto se refiere a menos de 4 de las 5 funciones principales
recogidas en el Anexo I. No se considerará que el puesto tiene un contenido funcional
suficientemente similar al del puesto convocado y se aplicará un factor de corrección de
0 al tiempo acreditado con independencia de la entidad en la que se haya desempeñado
el puesto.
Los servicios prestados en jornada a tiempo parcial se valorarán proporcionalmente,
despreciándose las fracciones de tiempo de servicio inferiores a un mes. A estos efectos,
no se considerará jornada a tiempo parcial la reducción del 10% de jornada y salario que
fue impuesto a los empleados del sector público de la Junta de Andalucía con contratos
temporales o indefinidos no fijos, por aplicación de la Ley 3/2012, de 21 de septiembre, de
Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en materia de Hacienda Pública para el
reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía.
9.2.B) Otros méritos: puntuación máxima 10 puntos.
En este apartado no se computarán los títulos que, de acuerdo con la legislación
vigente, hayan sido necesarios para obtener la titulación con la que se accede para
participar al puesto que se opta.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274646
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 21504/7
9.2. Fase de concurso de méritos: Calificación de los méritos alegados.
En la fase de concurso, se valorarán los méritos profesionales y otros méritos de las
personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición conforme se establece en
el apartado 9.1 anterior. La puntuación máxima de esta fase será de cuarenta puntos,
donde los méritos profesionales tendrán una puntuación máxima de treinta puntos y los
otros méritos puntuarán con un máximo de diez puntos, equivalentes al noventa y al diez
por ciento de los referidos cuarenta puntos, respectivamente.
Todos los méritos deberán poseerse en el momento de publicación de la convocatoria
del proceso selectivo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En ningún caso se valorarán méritos no incluidos en el Anexo IV y/o no acreditados
conforme se recoge en el apartado 10.
La baremación de méritos profesionales y otros méritos acreditados se llevará a cabo
de acuerdo con los siguientes criterios:
9.2.A) Méritos profesionales: puntuacion máxima 30 puntos.
Este parámetro consistirá en la valoración de lo siguiente:
a) Servicios prestados como personal laboral en puestos de trabajo de la entidad
convocante, cuyo contenido funcional se corresponda con el del puesto convocado. Se
valorará con 0,56 puntos por mes de experiencia.
b) Servicios prestados como personal laboral en puestos de trabajo de
administraciones públicas, así como en otras entidades del sector público distinta a la
convocante, cuyo contenido funcional sea homólogo al del puesto convocado. Se valorará
con 0,224 puntos por mes de experiencia.
Se considerarán puestos cuyo contenido funcional se corresponde al puesto
convocado aquellos en los que se desarrollen al menos cuatro de las cinco funciones
definidas en la descripción del puesto, independientemente de la denominación del
mismo. Así, se valorará cada periodo de tiempo en el desempeño de cada puesto según
el siguiente factor de corrección:
- Similitud completa. Cuando en el certificado de servicios prestados se recoja que la
experiencia en el puesto se refiere a las 5 funciones principales recogidas en el Anexo I. Se
aplicará un factor de corrección de 1 al tiempo acreditado con independencia de la entidad
en la que se haya desempeñado el puesto.
- Alto (4/5 Funciones). Cuando en el certificado de servicios prestados se recoja que
la experiencia en el puesto se refiere a 4 de las 5 funciones principales recogidas en el
anexo I. Se aplicará un factor de corrección de 0,8 al tiempo acreditado con independencia
de la entidad en la que se haya desempeñado el puesto.
- Insuficiente. Cuando en el certificado de servicios prestados se recoja que
la experiencia en el puesto se refiere a menos de 4 de las 5 funciones principales
recogidas en el Anexo I. No se considerará que el puesto tiene un contenido funcional
suficientemente similar al del puesto convocado y se aplicará un factor de corrección de
0 al tiempo acreditado con independencia de la entidad en la que se haya desempeñado
el puesto.
Los servicios prestados en jornada a tiempo parcial se valorarán proporcionalmente,
despreciándose las fracciones de tiempo de servicio inferiores a un mes. A estos efectos,
no se considerará jornada a tiempo parcial la reducción del 10% de jornada y salario que
fue impuesto a los empleados del sector público de la Junta de Andalucía con contratos
temporales o indefinidos no fijos, por aplicación de la Ley 3/2012, de 21 de septiembre, de
Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en materia de Hacienda Pública para el
reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía.
9.2.B) Otros méritos: puntuación máxima 10 puntos.
En este apartado no se computarán los títulos que, de acuerdo con la legislación
vigente, hayan sido necesarios para obtener la titulación con la que se accede para
participar al puesto que se opta.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía