Autoridades y personal. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/535-64)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca, por el sistema de concurso, proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales de los Grupos I y II, correspondiente a la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General de la Junta de Andalucía para el año 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

página 21385/7

3. El pago de la tasa indicada se realizará conjuntamente con la presentación
electrónica de la solicitud, detrayéndose automáticamente del importe a pagar la
bonificación del 10% sobre la cuota a ingresar con un límite mínimo de bonificación de
3 euros, de conformidad con la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios
públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
4. La acreditación del pago de la tasa se realizará cumplimentando en el espacio
reservado a este fin en el modelo de solicitud contenido en el Anexo I, el código numérico
identificativo del impreso 046 de autoliquidación de la tasa que se recoge en la parte
superior del código de barras de cada ejemplar (espacio 01 del impreso) e incorporándolo
junto con la solicitud.
5. En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa
supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de
participación y autobaremación, de acuerdo con lo dispuesto en la convocatoria. La falta
de justificación del abono de la tasa o de encontrarse exento de la misma determinará la
imposibilidad de participación en el proceso selectivo.
6. La devolución de la tasa que se hubiera satisfecho procederá exclusivamente,
previa solicitud de la persona interesada, cuando por causas no imputables a la misma
no se realice su hecho imponible (presentación de la solicitud) o se constate abono de
mayor cuantía a la exigida en la presente base.

I. Méritos profesionales.
A) Se valorará la experiencia profesional, con un máximo de 64 puntos, de acuerdo
con la siguiente graduación:
a) Experiencia profesional que se haya adquirido en la misma categoría a que se opta
en el ámbito del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta
de Andalucía: 0,02 puntos por día.
b) Experiencia profesional en puestos cuyos contenidos funcionales sean homólogos
a los encomendados a la categoría a que se aspira, en el ámbito de las Administraciones
Públicas o empresas públicas o privadas: 0,009 puntos por día.
Al personal laboral transferido desde otras Administraciones Públicas que hubiese
sido integrado en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo del Personal Laboral
de la Administración de la Junta de Andalucía se le valorará la experiencia obtenida en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Sexta. Sistema selectivo.
1. La selección se llevará a cabo por el sistema de concurso, de acuerdo con lo
previsto en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre, que establecen, respectivamente, que las Administraciones Públicas
convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7
del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), por
el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el
artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con
anterioridad a 1 de enero de 2016; y que adicionalmente, los procesos de estabilización
contenidos en la disposición adicional sexta incluirán en sus convocatorias las plazas
vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una
relación, de esta naturaleza, anterior al 1 de enero de 2016.
2. El concurso consistirá en la valoración por las comisiones de selección, con arreglo
al baremo que se detalla a continuación, de los méritos alegados y acreditados por las
personas participantes, referidos al día de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía de la presente convocatoria. El número de personas aspirantes seleccionadas
en cada categoría no podrá ser superior al de plazas convocadas según desglose de
plazas efectuado en el Anexo II.
La valoración de méritos alegados y autobaremados se realizará de acuerdo con el
siguiente baremo: