Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2022/535-20)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Fundación Pública Andaluza para la Investigación Biosanitaria en Andalucía Oriental-Alejandro Otero (FIBAO), por la que se convoca con carácter excepcional proceso selectivo, mediante sistema de concurso-oposición, para estabilización de empleo temporal al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA,
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E INTERIOR
Secretaría General Técnica
BOJA
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
CONSEJERIA DE SALUD Y CONSUMO
Boletín
Oficial
ANEXO
II y III de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
Hoja
20 de 21
página
21264/14
ORGANISMO:
FUNDACIÓN PÚBLICA PARA LA INVESTIGACIÓN BIOSANITARIA DE ANDALUCIA ORIENTAL -ALEJANDRO OTERO-
DECLARACIÓN RESPONSABLE
DECLARO, bajo mi expresa responsabilidad, que:
1. Son ciertos cuántos datos figuran en la presente solicitud, y que la documentación
que acompaño junto con la misma es copia fiel de la original que obra en mi
poder, que dispongo de la documentación que así lo acredita y que la pondré a
disposición de FIBAO, cuando me sea requerida, comprometiéndome a mantener
dicha documentación hasta la finalización del proceso selectivo.
2. Quedo informado/a de que mis datos serán incluidos en un fichero de datos de
carácter personal, titularidad de FIBAO, que garantiza la seguridad y
confidencialidad de los datos y cuya finalidad es la gestión de la presente
convocatoria.
3. Que cumplo los requisitos generales establecidos en la Base 3 de la convocatoria
320/22 ESTABILIZACION:
a) Tener nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57
del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público en el
supuesto de acceso al empleo público de nacionales de otros Estados miembros
de la Unión Europea.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
00274574
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta
o especial para empleo o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al
cuerpo o escala de funcionario/a, o para ejercer funciones similares a las que
desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a
o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E INTERIOR
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BOJA
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CONSEJERIA DE SALUD Y CONSUMO
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Oficial
ANEXO
II y III de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
Hoja
20 de 21
página
21264/14
ORGANISMO:
FUNDACIÓN PÚBLICA PARA LA INVESTIGACIÓN BIOSANITARIA DE ANDALUCIA ORIENTAL -ALEJANDRO OTERO-
DECLARACIÓN RESPONSABLE
DECLARO, bajo mi expresa responsabilidad, que:
1. Son ciertos cuántos datos figuran en la presente solicitud, y que la documentación
que acompaño junto con la misma es copia fiel de la original que obra en mi
poder, que dispongo de la documentación que así lo acredita y que la pondré a
disposición de FIBAO, cuando me sea requerida, comprometiéndome a mantener
dicha documentación hasta la finalización del proceso selectivo.
2. Quedo informado/a de que mis datos serán incluidos en un fichero de datos de
carácter personal, titularidad de FIBAO, que garantiza la seguridad y
confidencialidad de los datos y cuya finalidad es la gestión de la presente
convocatoria.
3. Que cumplo los requisitos generales establecidos en la Base 3 de la convocatoria
320/22 ESTABILIZACION:
a) Tener nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57
del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público en el
supuesto de acceso al empleo público de nacionales de otros Estados miembros
de la Unión Europea.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
00274574
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta
o especial para empleo o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al
cuerpo o escala de funcionario/a, o para ejercer funciones similares a las que
desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a
o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja