Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2022/535-19)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Fundación Pública Andaluza para la Gestión de la Investigación en Salud de Sevilla, por la que se convoca, con carácter excepcional, concurso de méritos para estabilización de empleo temporal al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

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4. Solicitudes de participación y plazo de presentación.
Para participar en el proceso selectivo las solicitudes se ajustarán al modelo oficial de
solicitud que figura en Anexo III de la presente resolución.
Las solicitudes de participación en el proceso se presentarán telemáticamente a
través de la web de Empleo de FISEVI, habilitada para ello en el siguiente enlace web:
https://www.empleo.fisevi.es
Haciendo clic en el botón «Inscripción en convocatorias públicas de empleo»,
aparecerá el formulario que las personas interesadas deberán cumplimentar para enviar
su candidatura.
En el apartado «Proceso» de dicho formulario, se utilizará el buscador para inscribirse
en la presente convocatoria «320/22-XX ESTABILIZACION» (al introducir un carácter
van apareciendo las convocatorias disponibles). La persona solicitante seleccionará
el proceso al que quiera presentarse indicando Código de convocatoria y codificación,
que llevará aparejada la denominación de la plaza (Por ejemplo: 320/22-01 Técnico/a de
Estructuras Comunes de Investigación).
Deberá adjuntarse toda la documentación incluyendo el Anexo III en primer lugar, en
un único archivo en formato pdf que no supere 10 MB de tamaño en el campo habilitado
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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o escala de funcionario/a, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban
en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el
caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente
ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en
los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Tener conocimiento adecuado del castellano, para las personas nacionales de los
Estados miembros de la Unión Europea o en su caso para los supuestos previstos en el
artículo 2.º del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
f) No estar incurso/a en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad
específicas establecidas en las disposiciones vigentes.
g) Cumplir con los requisitos mínimos previstos en cada una de las plazas convocadas
conforme a lo establecido en los Anexos I y II:
- Titulación académica exigida: Estar en posesión de la titulación necesaria para el
desarrollo de la plaza convocada.
La acreditación de estar en posesión de una titulación universitaria supondrá el
cumplimiento del requisito de la titulación académica en todas aquellas plazas en las que
se exige como nivel de estudios Bachillerato o Ciclo Formativo.
Si durante el plazo para presentar la solicitud, la persona aspirante no tuviera el título
oficial, pero hubiera cumplido todas las exigencias académicas y administrativas para su
emisión, se considerará válido el certificado de abono de los derechos de expedición del
título u otro documento oficial que acredite el cumplimiento de dichas exigencias.
Las personas aspirantes que aleguen estudios equivalentes a los exigidos habrán de
citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar la
certificación expedida por el organismo competente en materia de homologación de títulos
académicos, que acredite la citada equivalencia. En el caso de titulaciones obtenidas en
el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la
credencial que acredite, en su caso, la homologación. Asimismo, se considerará válido
el certificado de inicio del proceso de convalidación u homologación, que deberá haber
finalizado en el momento de finalización del proceso selectivo.
- Certificaciones requeridas para el desempeño del puesto: Por la especificidad y/o
grado de especialización de aquellas plazas indicadas expresamente en los Anexos I y II,
se exigirá adicionalmente como requisito mínimo para optar a las mismas, la acreditación
de estar en posesión de determinados certificados de profesionalidad o cualificaciones
habilitantes imprescindibles para el correcto desempeño de dichas plazas.