Autoridades y personal. Consejería de Política Industrial y Energía. (2022/535-55)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se realiza convocatoria pública extraordinaria de estabilización de la Agencia Andaluza de la Energía en el área de recursos económico-financieros
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21358/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE POLÍTICA INDUSTRIAL Y ENERGÍA
La Agencia Andaluza de la Energía, creada por la Ley 4/2003, de 23 de septiembre,
tiene la consideración de Agencia Pública Empresarial de las previstas en el artículo
68.1.b de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, conforme a lo dispuesto en el artículo 1 de sus
Estatutos aprobados mediante Decreto 21/2005, de 1 de febrero, y se encuentra adscrita
a la Consejería de Política Industrial y Energía.
La presente convocatoria se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 13.3
de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2021, aplicable para el ejercicio 2022 conforme a lo establecido
en el Decreto 286/2021, de 28 de diciembre, por el que se establecen las condiciones
específicas a las que debe ajustarse la prórroga del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2022, y la autorización con carácter previo de
la contratación de personal con carácter fijo o indefinido en las entidades instrumentales
y consorcios del sector público andaluz y, por tanto, de las ofertas extraordinarias de
estabilización al amparo de la citada Ley 20/2021, de 28 de diciembre, corresponde a
la Consejería competente en materia de Regeneración, previo informe favorable de la
Consejería competente en materia de Hacienda.
Esta convocatoria tiene como objetivo prioritario, en orden a la correcta planificación
de sus recursos humanos y la regularización de las plazas ocupadas por personal
laboral temporal, efectuar la convocatoria de Oferta de Empleo Público extraordinaria,
con carácter excepcional en aplicación de la citada Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de
medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (BOE núm.
312, de 29 de diciembre de 2021), la cual establece en su disposición adicional sexta, lo
siguiente:
«Las Administraciones Públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo
con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas
plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado
ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero
de 2016. Estos procesos, que se realizarán por una sola vez, podrán ser objeto de
negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración del Estado,
Comunidades Autónomas y Entidades Locales y respetarán, en todo caso, los plazos
establecidos en esta norma.»
Del mismo modo, en la disposición adicional séptima de la citada ley, se estipula en
relación a la extensión del ámbito de aplicación de los procesos de estabilización que:
«los preceptos contenidos en esta norma relativos a los procesos de estabilización
serán de aplicación a las sociedades mercantiles públicas, entidades públicas
empresariales, fundaciones del sector público y consorcios del sector público».
De conformidad con lo expuesto, en la actual plantilla de personal de la Agencia
Andaluza de la Energía , existen 6 plazas ocupadas por personal laboral con carácter
temporal, siendo una de ellas de Técnico Medio en el área de recursos económicofinancieros, que están siendo ocupadas con anterioridad al 1 de enero de 2016 de forma
continuada, cuya regularización no supone incremento de gastos ni de efectivos, por
lo que son de aplicación las disposiciones adicionales sexta y séptima anteriormente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274536
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Agencia Andaluza de la Energía,
por la que se realiza convocatoria pública extraordinaria de estabilización de la
Agencia Andaluza de la Energía en el área de recursos económico-financieros
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21358/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE POLÍTICA INDUSTRIAL Y ENERGÍA
La Agencia Andaluza de la Energía, creada por la Ley 4/2003, de 23 de septiembre,
tiene la consideración de Agencia Pública Empresarial de las previstas en el artículo
68.1.b de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, conforme a lo dispuesto en el artículo 1 de sus
Estatutos aprobados mediante Decreto 21/2005, de 1 de febrero, y se encuentra adscrita
a la Consejería de Política Industrial y Energía.
La presente convocatoria se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 13.3
de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2021, aplicable para el ejercicio 2022 conforme a lo establecido
en el Decreto 286/2021, de 28 de diciembre, por el que se establecen las condiciones
específicas a las que debe ajustarse la prórroga del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2022, y la autorización con carácter previo de
la contratación de personal con carácter fijo o indefinido en las entidades instrumentales
y consorcios del sector público andaluz y, por tanto, de las ofertas extraordinarias de
estabilización al amparo de la citada Ley 20/2021, de 28 de diciembre, corresponde a
la Consejería competente en materia de Regeneración, previo informe favorable de la
Consejería competente en materia de Hacienda.
Esta convocatoria tiene como objetivo prioritario, en orden a la correcta planificación
de sus recursos humanos y la regularización de las plazas ocupadas por personal
laboral temporal, efectuar la convocatoria de Oferta de Empleo Público extraordinaria,
con carácter excepcional en aplicación de la citada Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de
medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (BOE núm.
312, de 29 de diciembre de 2021), la cual establece en su disposición adicional sexta, lo
siguiente:
«Las Administraciones Públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo
con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas
plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado
ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero
de 2016. Estos procesos, que se realizarán por una sola vez, podrán ser objeto de
negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración del Estado,
Comunidades Autónomas y Entidades Locales y respetarán, en todo caso, los plazos
establecidos en esta norma.»
Del mismo modo, en la disposición adicional séptima de la citada ley, se estipula en
relación a la extensión del ámbito de aplicación de los procesos de estabilización que:
«los preceptos contenidos en esta norma relativos a los procesos de estabilización
serán de aplicación a las sociedades mercantiles públicas, entidades públicas
empresariales, fundaciones del sector público y consorcios del sector público».
De conformidad con lo expuesto, en la actual plantilla de personal de la Agencia
Andaluza de la Energía , existen 6 plazas ocupadas por personal laboral con carácter
temporal, siendo una de ellas de Técnico Medio en el área de recursos económicofinancieros, que están siendo ocupadas con anterioridad al 1 de enero de 2016 de forma
continuada, cuya regularización no supone incremento de gastos ni de efectivos, por
lo que son de aplicación las disposiciones adicionales sexta y séptima anteriormente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274536
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Agencia Andaluza de la Energía,
por la que se realiza convocatoria pública extraordinaria de estabilización de la
Agencia Andaluza de la Energía en el área de recursos económico-financieros