Autoridades y personal. Empresas Públicas y Asimiladas. (2022/535-65)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, del Consorcio Fernando de los Ríos, por la que se aprueban las bases y se convoca el proceso selectivo de estabilización para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema del concurso de méritos, en los puestos de trabajo adscritos a dicho consorcio, recogidos en la oferta de empleo público extraordinario 2022, aprobada por el Decreto 90/2022, para la estabilización del empleo temporal en las entidades instrumentales y consorcios del sector público andaluz.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

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de vacantes en un futuro. Siempre y cuando marquen la casilla correspondiente de la
solicitud.
Si una persona candidata seleccionada para una posición fuera rechazado durante el
período de prueba o se diera voluntariamente de baja durante el primer mes, el Consorcio
Fernando de los Ríos deberá incorporar una persona candidata más a la lista -siempre que
haya solicitudes suficientes y que las mismas cubran los requisitos mínimos de selección.
El procedimiento para el llamamiento de los integrantes de la lista se realizará vía
correo electrónico o, alternativamente, por vía telefónica al número de teléfono que se
indique en la solicitud de participación en el proceso, sin perjuicio de otra herramienta
alternativa. Es responsabilidad de las personas seleccionadas mantener actualizada
dicha información mediante remisión de un correo electrónico a rrhh@guadalinfo.es.
Si en el momento de ser llamado el candidato no pudiese incorporarse de forma
inmediata, podrá hacer uso del plazo de incorporación recogido a tal efecto en el Estatuto
de los Trabajadores o en las normas de función Pública aplicables a tal efecto (al carecer
el Consorcio Fernando de los Ríos de Convenio Colectivo).
Caso que la persona candidata no conteste en 48 horas se considerará que ha
rehusado a la misma.
Asimismo, y para el caso que una persona candidata, una vez aceptada la
contratación propuesta, e incluso antes de que se hiciera efectiva, rehusara a la misma
sin que concurriera alguna de las causas justificativas, será considerado como renuncia.
9. Contratación.
1. Las personas que resulten adjudicatarias serán contratadas en régimen de
contratación fija con la categoría profesional en la que hubieran resultado seleccionadas.
2. Las personas adjudicatarias comparecerán ante el Consorcio Fernando de los
Ríos, en el plazo que establezca la resolución por la que se aprueba la relación definitiva
de personas seleccionadas a fin de formalizar el contrato laboral de carácter fijo con
la categoría profesional en la que hubiera resultado seleccionada e iniciar los demás
trámites necesarios.
3. La no comparecencia de la persona adjudicataria dentro del plazo previsto, sin
causa que lo justifique, supondrá el desistimiento a la formalización de su contrato con el
Consorcio Fernando de los Ríos y la anulación de su actuación en el proceso selectivo.
10. Impugnaciones.
Contra la presente convocatoria, que agota la vía administrativa, cabe interponer,
recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General del Consorcio Fernando
de los Ríos, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación,
o interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8, 14 y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En
el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación presunta.

00274575

Granada, 19 de diciembre de 2022.- El Director General, Juan Luis Cruz Navarro.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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