Autoridades y personal. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2022/535-29)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se efectúa convocatoria, mediante proceso de estabilización de empleo temporal en cumplimiento del Decreto 90/2022, de 31 de mayo, para acceso por sistema de turno libre a la siguiente plaza de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales: Técnico/a de escena, especialidad sonido, en Sevilla.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21155/7
CRITERIO DE VALORACIÓN
PUNTUACIÓN MÁXIMA
Formación complementaria relacionada con el puesto (mínimo 10 horas) (0,002
puntos/hora)
1
b) Fase de pruebas selectivas (máximo 6 puntos):
PRUEBAS
Prueba teórica y prueba práctica de conocimiento y capacidad sobre utilización
técnica y conservación de mesa de sonido, tanto de P.A. como de monitores
y sistemas audiovisuales, cableado, microfonía, altavoces; mantenimiento,
almacenaje, control y organización de los equipos; riesgos laborales y medidas
preventivas en el ámbito de actuación propio del puesto, conocimientos básicos
de programas informáticos de sonido, así como cualquier materia análoga
requerida para el desempeño de las funciones previstas en el punto 3.
PUNTUACIÓN
6
00274369
9. Procedimiento de llamamiento para la contratación
9.1. Las personas con contratación fija discontinua serán llamadas para prestar
servicios en su especialidad y provincia de manera intermitente según necesidades
del servicio en periodos de ejecución, determinados o indeterminados, siempre que no
superasen el máximo de 10 meses de prestación de servicios en un año natural.
9.2. El llamamiento se realizará por escrito o por otro medio que permita dejar
constancia de la debida notificación a la persona interesada, con las indicaciones
precisas de las condiciones de incorporación y con antelación adecuada. El personal fijo
discontinuo tendrá la obligación de acusar recibo de los mensajes con la mayor brevedad
a su recepción.
9.3. Si notificado el llamamiento, confirmado por el personal su recepción y previsión
de incorporarse en la fecha establecida, la persona no se presentara al trabajo el primer
día de inicio del periodo anual de actividad y no comunicara previamente su imposibilidad
y causas para hacerlo, se considerará dimisión tácita quedando resuelta la relación
laboral con los efectos previstos en la vigente legislación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21155/7
CRITERIO DE VALORACIÓN
PUNTUACIÓN MÁXIMA
Formación complementaria relacionada con el puesto (mínimo 10 horas) (0,002
puntos/hora)
1
b) Fase de pruebas selectivas (máximo 6 puntos):
PRUEBAS
Prueba teórica y prueba práctica de conocimiento y capacidad sobre utilización
técnica y conservación de mesa de sonido, tanto de P.A. como de monitores
y sistemas audiovisuales, cableado, microfonía, altavoces; mantenimiento,
almacenaje, control y organización de los equipos; riesgos laborales y medidas
preventivas en el ámbito de actuación propio del puesto, conocimientos básicos
de programas informáticos de sonido, así como cualquier materia análoga
requerida para el desempeño de las funciones previstas en el punto 3.
PUNTUACIÓN
6
00274369
9. Procedimiento de llamamiento para la contratación
9.1. Las personas con contratación fija discontinua serán llamadas para prestar
servicios en su especialidad y provincia de manera intermitente según necesidades
del servicio en periodos de ejecución, determinados o indeterminados, siempre que no
superasen el máximo de 10 meses de prestación de servicios en un año natural.
9.2. El llamamiento se realizará por escrito o por otro medio que permita dejar
constancia de la debida notificación a la persona interesada, con las indicaciones
precisas de las condiciones de incorporación y con antelación adecuada. El personal fijo
discontinuo tendrá la obligación de acusar recibo de los mensajes con la mayor brevedad
a su recepción.
9.3. Si notificado el llamamiento, confirmado por el personal su recepción y previsión
de incorporarse en la fecha establecida, la persona no se presentara al trabajo el primer
día de inicio del periodo anual de actividad y no comunicara previamente su imposibilidad
y causas para hacerlo, se considerará dimisión tácita quedando resuelta la relación
laboral con los efectos previstos en la vigente legislación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja