Autoridades y personal. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/535-36)
Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se convoca concurso para la estabilización del empleo temporal de larga duración en plazas correspondientes al puesto de Titulada Superior o Titulado Superior (perfil Ciencias Sociales y Jurídicas-Artes y Humanidades-Ingeniería y Arquitectura) de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía. PE2214SU (Procedimiento 25130).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21075/2
BASES DE LA CONVOCATORIA
Segunda. Normas generales y protección de datos.
2.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 y en las disposiciones
adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes
para la Reducción de la Temporalidad en el Sector Público, la presente convocatoria de
estabilización de empleo temporal de larga duración se desarrolla mediante concurso
de méritos, según las bases y las condiciones particulares recogidas en la presente
convocatoria.
2.2. En cumplimiento del artículo 28 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los
Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, y del artículo 3 del
Decreto 90/2022, de 31 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para
la estabilización del empleo temporal en las entidades instrumentales y consorcios del
sector público andaluz para el año 2022, del total de plazas que se ofertan, se reservará
un cupo no inferior al 10% para ser cubiertas con personas con discapacidad, reservando
dentro de dicho cupo un porcentaje específico del 2% para personas con discapacidad
intelectual, y un 1% para personas con enfermedad mental que acrediten un grado de
discapacidad igual o superior al 33%, siempre que superen los procesos selectivos y
acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas.
En caso de no cubrirse las plazas vacantes reservadas para el turno de discapacidad,
se acumularán a posteriores ofertas hasta un límite del 10 por ciento de las plazas no
cubiertas. Las plazas restantes no cubiertas serán acumuladas a las del cupo general en
las respectivas convocatorias en las que se produzca dicha circunstancia.
En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se
presente por el turno de reserva no obtuviese plaza y su puntuación fuese superior a la
de otras personas aspirantes del cupo general, será incluido por su orden de puntuación
en el sistema de acceso general.
Para el cálculo de las plazas reservadas por el cupo de discapacidad se ha tomado
como referencia el total de las plazas convocadas por la ASSDA para el proceso de
estabilización, realizándose su distribución en las distintas convocatorias en función de
la compatibilidad con el desempeño del puesto y la estructura organizativa de la ASSDA.
2.3. En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa en vigor en materia de protección
de datos, el tratamiento de los datos presentados por las personas que concurran a este
proceso se llevará a cabo tal y como se recoge a continuación:
a) La responsable del tratamiento de los datos personales es la ASSDA, cuya
dirección es Polígono Industrial Hytasa, C/ Seda, núm. 5, 41006 Sevilla.
b) Se podrá contactar con la persona Delegada de Protección de Datos en la dirección
electrónica dpd.assda@juntadeandalucia.es, consecuencia de lo establecido en el
Reglamento (UE) 2016/679, General de Protección de datos, y en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
c) Los datos se incorporan a la actividad de tratamiento «Recursos Humanos», cuya
base jurídica es: el artículo 15 del Decreto 101/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban
los Estatutos de la ASSDA; el artículo 20 del I Convenio Colectivo de la ASSDA; y lo
establecido en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción
de la temporalidad en el empleo público. La licitud de dicho tratamiento se basa en el
cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento, así como
en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274218
Primera. Objeto de la convocatoria.
El objeto de la presente convocatoria es la provisión definitiva de 18 plazas del puesto
de Titulada Superior o Titulado Superior (perfil Ciencias Sociales y Jurídicas, Artes y
Humanidades, Ingeniería y Arquitectura) conforme a la distribución recogida en las
condiciones particulares de la presente convocatoria (Anexo I).
BOJA
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21075/2
BASES DE LA CONVOCATORIA
Segunda. Normas generales y protección de datos.
2.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 y en las disposiciones
adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes
para la Reducción de la Temporalidad en el Sector Público, la presente convocatoria de
estabilización de empleo temporal de larga duración se desarrolla mediante concurso
de méritos, según las bases y las condiciones particulares recogidas en la presente
convocatoria.
2.2. En cumplimiento del artículo 28 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los
Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, y del artículo 3 del
Decreto 90/2022, de 31 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para
la estabilización del empleo temporal en las entidades instrumentales y consorcios del
sector público andaluz para el año 2022, del total de plazas que se ofertan, se reservará
un cupo no inferior al 10% para ser cubiertas con personas con discapacidad, reservando
dentro de dicho cupo un porcentaje específico del 2% para personas con discapacidad
intelectual, y un 1% para personas con enfermedad mental que acrediten un grado de
discapacidad igual o superior al 33%, siempre que superen los procesos selectivos y
acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas.
En caso de no cubrirse las plazas vacantes reservadas para el turno de discapacidad,
se acumularán a posteriores ofertas hasta un límite del 10 por ciento de las plazas no
cubiertas. Las plazas restantes no cubiertas serán acumuladas a las del cupo general en
las respectivas convocatorias en las que se produzca dicha circunstancia.
En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se
presente por el turno de reserva no obtuviese plaza y su puntuación fuese superior a la
de otras personas aspirantes del cupo general, será incluido por su orden de puntuación
en el sistema de acceso general.
Para el cálculo de las plazas reservadas por el cupo de discapacidad se ha tomado
como referencia el total de las plazas convocadas por la ASSDA para el proceso de
estabilización, realizándose su distribución en las distintas convocatorias en función de
la compatibilidad con el desempeño del puesto y la estructura organizativa de la ASSDA.
2.3. En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa en vigor en materia de protección
de datos, el tratamiento de los datos presentados por las personas que concurran a este
proceso se llevará a cabo tal y como se recoge a continuación:
a) La responsable del tratamiento de los datos personales es la ASSDA, cuya
dirección es Polígono Industrial Hytasa, C/ Seda, núm. 5, 41006 Sevilla.
b) Se podrá contactar con la persona Delegada de Protección de Datos en la dirección
electrónica dpd.assda@juntadeandalucia.es, consecuencia de lo establecido en el
Reglamento (UE) 2016/679, General de Protección de datos, y en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
c) Los datos se incorporan a la actividad de tratamiento «Recursos Humanos», cuya
base jurídica es: el artículo 15 del Decreto 101/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban
los Estatutos de la ASSDA; el artículo 20 del I Convenio Colectivo de la ASSDA; y lo
establecido en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción
de la temporalidad en el empleo público. La licitud de dicho tratamiento se basa en el
cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento, así como
en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274218
Primera. Objeto de la convocatoria.
El objeto de la presente convocatoria es la provisión definitiva de 18 plazas del puesto
de Titulada Superior o Titulado Superior (perfil Ciencias Sociales y Jurídicas, Artes y
Humanidades, Ingeniería y Arquitectura) conforme a la distribución recogida en las
condiciones particulares de la presente convocatoria (Anexo I).