Autoridades y personal. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/535-36)
Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se convoca concurso para la estabilización del empleo temporal de larga duración en plazas correspondientes al puesto de Titulada Superior o Titulado Superior (perfil Ciencias Sociales y Jurídicas-Artes y Humanidades-Ingeniería y Arquitectura) de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía. PE2214SU (Procedimiento 25130).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21075/14
FORMACIÓN
La acreditación de la formación no reglada se realizará mediante la aportación del título o certificado del
centro de formación (anverso y reverso) en el que consten los siguientes datos: nombre de la entidad que
organiza y/o imparte el curso, denominación de la acción formativa, número de horas, y sello y firma
manuscrita o firma electrónica de la entidad que expide el título.
En el caso de que el título o certificado no refleje el número de horas no será valorado, a excepción de
aquellos casos que la titulación sea expedida por Universidades, en los que se computarán 10 horas por
cada crédito y 25 horas por cada crédito ETCS.
TITULACIONES ACADÉMICAS
La acreditación de las titulaciones académicas de carácter universitario se realizará, con el título expedido o
con la certificación supletoria provisional o con la credencial de homologación o equivalencia expedida por
el Ministerio competente en materia de educación.
La acreditación de las titulaciones académicas de carácter no universitario se realizará, con el título
expedido o con la certificación emitida por la autoridad competente según la normativa que le resulte de
aplicación.
5. TRADUCCIÓN DE DOCUMENTOS
00274218
Toda aquella documentación aportada para acreditar los requisitos y méritos alegados que no estuviera
redactada en idioma español, deberá acompañarse de traducción jurada oficial a través de la figura de
traductor/a intérprete jurado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21075/14
FORMACIÓN
La acreditación de la formación no reglada se realizará mediante la aportación del título o certificado del
centro de formación (anverso y reverso) en el que consten los siguientes datos: nombre de la entidad que
organiza y/o imparte el curso, denominación de la acción formativa, número de horas, y sello y firma
manuscrita o firma electrónica de la entidad que expide el título.
En el caso de que el título o certificado no refleje el número de horas no será valorado, a excepción de
aquellos casos que la titulación sea expedida por Universidades, en los que se computarán 10 horas por
cada crédito y 25 horas por cada crédito ETCS.
TITULACIONES ACADÉMICAS
La acreditación de las titulaciones académicas de carácter universitario se realizará, con el título expedido o
con la certificación supletoria provisional o con la credencial de homologación o equivalencia expedida por
el Ministerio competente en materia de educación.
La acreditación de las titulaciones académicas de carácter no universitario se realizará, con el título
expedido o con la certificación emitida por la autoridad competente según la normativa que le resulte de
aplicación.
5. TRADUCCIÓN DE DOCUMENTOS
00274218
Toda aquella documentación aportada para acreditar los requisitos y méritos alegados que no estuviera
redactada en idioma español, deberá acompañarse de traducción jurada oficial a través de la figura de
traductor/a intérprete jurado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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