Autoridades y personal. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/535-34)
Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se convoca concurso para la estabilización del empleo temporal de larga duración en plazas correspondientes al puesto de Oficial de Mantenimiento-Conductora o Conductor-Ordenanza de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía. PE2216OMC (Procedimiento 25130).
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21073/13
Formación no reglada + Titulación Académica (máximo 15 puntos)
Formación no reglada
Por horas
Cursos recibidos en materia de gestión de instalaciones, mantenimiento y conducción o
cursos directamente organizados por la ASSDA. (*)
0,125
Cursos recibidos relacionados con temáticas vinculadas al ámbito competencial de la
ASSDA tales como Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía;
atención social a las personas y a las familias; protección a la infancia;
drogodependencias y adicciones; colectivos excluidos o en riesgo de exclusión social;
Servicio Andaluz de Teleasistencia. (*)
0,08
Cursos impartidos en materias de gestión de instalaciones, mantenimiento y conducción,
directamente vinculadas al puesto.
0,01
Titulaciones Académicas (máximo 2,5 puntos) (**)
Por titulación
Título de Doctorado, Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería, o el Título de Grado
Universitario y Máster correspondiente o cualquier titulación equivalente a las mismas,
reconocidos u homologados por la Administración Educativa competente.
1,25
Título de Ingeniería Técnica, Diplomatura Universitaria, Arquitectura Técnica o el Título de
Grado Universitario correspondiente o cualquier titulación equivalente a las mismas
reconocidos y homologados por la Administración Educativa competente.
Título de Formación Profesional de Grado Superior o equivalente, reconocido u
homologado por la Administración Educativa competente.
1
Título de Formación Profesional de Grado Medio o equivalente, reconocido u homologado
por la Administración Educativa competente.
0,75
(*) Se valorará formación no reglada que haya sido impartida y/u organizada por alguna de las siguientes instituciones:
centros universitarios (títulos propios), ministerios, consejerías, corporaciones locales, Instituto Nacional de la
Administración Pública o sus homólogos en las comunidades autónomas, escuelas de salud pública adscritas a
cualquiera de los organismos citados, SEPE o sus homólogos en las comunidades autónomas, y/o cualquier otro ente
público dependiente de una administración pública, así como organizaciones sindicales y colegios profesionales.
(**) Se valorará cada titulación académica oficial de nivel igual o superior e independiente de la exigida en la
convocatoria. En ningún caso los certificados de profesionalidad podrán ser considerados como títulos académicos
objeto de valoración en este apartado.
4. ACREDITACIÓN DE MÉRITOS
00274216
Los méritos que las personas candidatas deben acreditar se han de subir a la plataforma informática en
formato PDF, teniendo en cuenta que el documento que se presente ha de estar completo (anverso y
reverso) y legible.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21073/13
Formación no reglada + Titulación Académica (máximo 15 puntos)
Formación no reglada
Por horas
Cursos recibidos en materia de gestión de instalaciones, mantenimiento y conducción o
cursos directamente organizados por la ASSDA. (*)
0,125
Cursos recibidos relacionados con temáticas vinculadas al ámbito competencial de la
ASSDA tales como Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía;
atención social a las personas y a las familias; protección a la infancia;
drogodependencias y adicciones; colectivos excluidos o en riesgo de exclusión social;
Servicio Andaluz de Teleasistencia. (*)
0,08
Cursos impartidos en materias de gestión de instalaciones, mantenimiento y conducción,
directamente vinculadas al puesto.
0,01
Titulaciones Académicas (máximo 2,5 puntos) (**)
Por titulación
Título de Doctorado, Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería, o el Título de Grado
Universitario y Máster correspondiente o cualquier titulación equivalente a las mismas,
reconocidos u homologados por la Administración Educativa competente.
1,25
Título de Ingeniería Técnica, Diplomatura Universitaria, Arquitectura Técnica o el Título de
Grado Universitario correspondiente o cualquier titulación equivalente a las mismas
reconocidos y homologados por la Administración Educativa competente.
Título de Formación Profesional de Grado Superior o equivalente, reconocido u
homologado por la Administración Educativa competente.
1
Título de Formación Profesional de Grado Medio o equivalente, reconocido u homologado
por la Administración Educativa competente.
0,75
(*) Se valorará formación no reglada que haya sido impartida y/u organizada por alguna de las siguientes instituciones:
centros universitarios (títulos propios), ministerios, consejerías, corporaciones locales, Instituto Nacional de la
Administración Pública o sus homólogos en las comunidades autónomas, escuelas de salud pública adscritas a
cualquiera de los organismos citados, SEPE o sus homólogos en las comunidades autónomas, y/o cualquier otro ente
público dependiente de una administración pública, así como organizaciones sindicales y colegios profesionales.
(**) Se valorará cada titulación académica oficial de nivel igual o superior e independiente de la exigida en la
convocatoria. En ningún caso los certificados de profesionalidad podrán ser considerados como títulos académicos
objeto de valoración en este apartado.
4. ACREDITACIÓN DE MÉRITOS
00274216
Los méritos que las personas candidatas deben acreditar se han de subir a la plataforma informática en
formato PDF, teniendo en cuenta que el documento que se presente ha de estar completo (anverso y
reverso) y legible.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja