Autoridades y personal. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/535-41)
Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se convoca concurso para la estabilización del empleo temporal de larga duración en plazas correspondientes al puesto de Médica o Médico de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía. PE2206ME (Procedimiento 25130).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

página 21080/5

En este caso, la acreditación del pago de la tasa se realizará incorporando a la
plataforma SEPPA el «ejemplar para la Administración» del referido impreso Modelo
046, en el que deberán constar la validación de la entidad financiera donde se efectúe el
ingreso, la sucursal, el importe y la fecha del mismo.
En todo caso, independientemente del modo de presentación del pago de la tasa,
la justificación del pago deberá ser aportada en la plataforma SEPPA mediante la
incorporación del código numérico del Modelo 046 en la solicitud de participación.
6.5. Exenciones.
1. Estarán exentas del pago de la tasa las siguientes personas solicitantes que tengan
reconocida su condición, siempre que quede acreditado de conformidad con la normativa
aplicable:
a) Las personas miembros de familias numerosas de la categoría especial y general.
b) Las víctimas del terrorismo, así como las demás personas físicas a que se refiere el
artículo 3.a) de la Ley 10/2010, de 15 de noviembre, relativa a medidas para la asistencia
y atención a las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
c) Las víctimas de violencia de género, doméstica o de ambas.
A estos efectos, tendrán la consideración de víctima de violencia doméstica
las personas a que se refiere el artículo 173.2 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de
noviembre, del Código Penal, que cuenten con orden de protección en vigor e inscrita en
el Registro Central para la Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica, o con
sentencia judicial firme por tal motivo en los últimos diez años.
d) Las personas con discapacidad en un grado igual o superior al 33%.
e) Las personas beneficiarias de la prestación del ingreso mínimo vital a quienes se
reconozca dicha condición de conformidad con lo dispuesto en la Ley 19/2021, de 20
de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital, o norma que la sustituya,
las beneficiarias de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, a quienes se
reconozca dicha condición de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto-ley 3/2017, de 19
de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, o
norma que lo sustituya, o las beneficiarias de ambas prestaciones.
2. Las condiciones establecidas en el apartado 1 deberán concurrir a la fecha del
devengo de la tasa. La presentación de la solicitud conllevará la autorización a la ASSDA
para que pudiera recabar dicha información.

Octava. Sistema selectivo.
8.1. Lista provisional de personas admitidas y excluidas.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y tras la comprobación de la
acreditación de los requisitos aportados, se hará pública la lista provisional de personas
admitidas y excluidas indicando las causas de exclusión y ordenadas alfabéticamente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Séptima. Autobaremación.
Las personas solicitantes podrán aportar todos los méritos relativos a los puestos
ofertados conforme al baremo establecido en las condiciones particulares de la presente
convocatoria.
Solo las personas candidatas que resulten admitidas en el proceso selectivo, podrán
presentar su autobaremo firmado de forma electrónica a través de la herramienta
informática creada para tal efecto, dentro del plazo establecido para ello.
Únicamente se valorarán los méritos referidos a la fecha de la publicación de
la convocatoria del proceso. Las personas interesadas en participar en el proceso
selectivo convocado por la presente resolución deberán reunir todos y cada uno de los
requisitos exigidos para el acceso a los puestos ofertados a la fecha de publicación de
la convocatoria y mantenerse hasta la fecha de formalización del contrato, sin perjuicio
de la responsabilidad en que pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en la
documentación presentada.