Autoridades y personal. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/535-41)
Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se convoca concurso para la estabilización del empleo temporal de larga duración en plazas correspondientes al puesto de Médica o Médico de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía. PE2206ME (Procedimiento 25130).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21080/14
a) Para trabajadoras o trabajadores por cuenta ajena:
Informe de Vida Laboral y Contrato de trabajo u Hoja Acreditativa de servicios de Función Pública o
Comunicaciones de contrato al SEPE: en el que aparezca la entidad contratante, el puesto de trabajo
con la misma denominación que el baremado y la fecha de inicio del contrato.
En caso de inexistencia de contratos de trabajo, los mismos podrán ser sustituidos por nóminas,
documentos expedidos por el Servicio Público de Empleo, Hojas de Servicios prestados en Función
Pública o comunicaciones de contrato en las que se reflejen la duración del contrato y la categoría
profesional en la que se han prestado los servicios.
De ser un puesto similar al baremado, deberá acreditarse además del contrato de trabajo, el
certificado de funciones expedido por la entidad contratante o, en su defecto, extracto del convenio
colectivo de aplicación en el que queden claramente especificadas dichas funciones.
En ningún caso se baremarán los certificados de trabajo expedidos por entidades privadas, actividades
desarrolladas en calidad de prácticas no remuneradas, o contratos que no aparezcan en el informe de vida
laboral.
b) Para trabajadores o trabajadoras autónomos o por cuenta propia:
Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social de los períodos de alta en la Seguridad
Social en el régimen especial correspondiente.
Declaración jurada donde se describa la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha
realizado la misma.
c) Para trabajadores o trabajadoras que hayan trabajado en la ASSDA y/o Fundaciones de origen, en lugar
de acreditar los méritos grabados a través de la documentación referida anteriormente, se podrá optar por
adjuntar debidamente cumplimentado el ANEXO II: Acreditación SEPPA Experiencia Laboral ASSDA.
ANTIGÜEDAD
Los trabajadores o trabajadoras que hayan trabajado en la ASSDA y/o Fundaciones de origen, deberán
adjuntar debidamente cumplimentado el ANEXO III: Acreditación SEPPA Antigüedad ASSDA.
FORMACIÓN
La acreditación de la formación no reglada se realizará mediante la aportación del título o certificado del
centro de formación (anverso y reverso) en el que consten los siguientes datos: nombre de la entidad que
organiza y/o imparte el curso, denominación de la acción formativa, número de horas, y sello y firma
manuscrita o firma electrónica de la entidad que expide el título.
00274227
En el caso de que el título o certificado no refleje el número de horas no será valorado, a excepción de
aquellos casos que la titulación sea expedida por Universidades, en los que se computarán 10 horas por
cada crédito y 25 horas por cada crédito ETCS.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21080/14
a) Para trabajadoras o trabajadores por cuenta ajena:
Informe de Vida Laboral y Contrato de trabajo u Hoja Acreditativa de servicios de Función Pública o
Comunicaciones de contrato al SEPE: en el que aparezca la entidad contratante, el puesto de trabajo
con la misma denominación que el baremado y la fecha de inicio del contrato.
En caso de inexistencia de contratos de trabajo, los mismos podrán ser sustituidos por nóminas,
documentos expedidos por el Servicio Público de Empleo, Hojas de Servicios prestados en Función
Pública o comunicaciones de contrato en las que se reflejen la duración del contrato y la categoría
profesional en la que se han prestado los servicios.
De ser un puesto similar al baremado, deberá acreditarse además del contrato de trabajo, el
certificado de funciones expedido por la entidad contratante o, en su defecto, extracto del convenio
colectivo de aplicación en el que queden claramente especificadas dichas funciones.
En ningún caso se baremarán los certificados de trabajo expedidos por entidades privadas, actividades
desarrolladas en calidad de prácticas no remuneradas, o contratos que no aparezcan en el informe de vida
laboral.
b) Para trabajadores o trabajadoras autónomos o por cuenta propia:
Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social de los períodos de alta en la Seguridad
Social en el régimen especial correspondiente.
Declaración jurada donde se describa la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha
realizado la misma.
c) Para trabajadores o trabajadoras que hayan trabajado en la ASSDA y/o Fundaciones de origen, en lugar
de acreditar los méritos grabados a través de la documentación referida anteriormente, se podrá optar por
adjuntar debidamente cumplimentado el ANEXO II: Acreditación SEPPA Experiencia Laboral ASSDA.
ANTIGÜEDAD
Los trabajadores o trabajadoras que hayan trabajado en la ASSDA y/o Fundaciones de origen, deberán
adjuntar debidamente cumplimentado el ANEXO III: Acreditación SEPPA Antigüedad ASSDA.
FORMACIÓN
La acreditación de la formación no reglada se realizará mediante la aportación del título o certificado del
centro de formación (anverso y reverso) en el que consten los siguientes datos: nombre de la entidad que
organiza y/o imparte el curso, denominación de la acción formativa, número de horas, y sello y firma
manuscrita o firma electrónica de la entidad que expide el título.
00274227
En el caso de que el título o certificado no refleje el número de horas no será valorado, a excepción de
aquellos casos que la titulación sea expedida por Universidades, en los que se computarán 10 horas por
cada crédito y 25 horas por cada crédito ETCS.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja