Disposiciones generales. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/249-15)
Orden de 21 de diciembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la transformación tecnológica e innovación en el ámbito de los Servicios Sociales, dirigidas a entidades del tercer sector y Entidades Locales, dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) -Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU-, y se efectúa su convocatoria en el año 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO
SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica
BOJA
ANEOficial
XO II y III de la Junta de Andalucía
Boletín
Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
CONSEJERÍA INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD
61 de 138
páginaHoja
21561/56
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
ORGANISMO:
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA
9.- Subcontratación (Artículo 8).
9.a). Posibilidad de subcontratación:
Sí. Porcentaje máximo: hasta el 100% del presupuesto aceptado. Sólo podrán subcontratarse aquellas
actividades que no constituyan la finalidad principal de la entidad.
No.
9.b). En caso afirmativo, documentación a presentar junto con la solicitud de autorización para la
subcontratación:
Ninguna.
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 3.b) del artículo 8 del Texto
Articulado, se deberá presentar la siguiente documentación:
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 7.d).1.ª, del artículo 8 del
Texto Articulado, se deberá presentar la siguiente documentación:
10.- Solicitudes y escritos (Artículos 8, 10, 11, 13, 14, 17 y 23).
10.a). Obtención del formulario:
En el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.
En la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24940.html
En las sedes de los siguientes órganos:
En los siguientes lugares:
10.b). Órgano al que se dirigirán las solicitudes: Persona titular de la Secretaría General de Inclusión
Social.
10.c) Las solicitudes se podrán presentar, además de en el registro electrónico de la Administración de la
Junta
de
Andalucía,
a
través
de
la
dirección
electrónica,
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/CIPS/
en los siguientes lugares y registros:
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, estén obligadas a
relacionarse a través de medios electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba
señalado, presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes registros electrónicos: Ventanilla
Electrónica
de
la
Administración
de
la
Junta
de
Andalucía
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/CIPS/.
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, no estén obligadas a
relacionarse a través de medios electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba
señalado, presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes lugares y registros: No procede.
00274727
10.d) Además de los señalados en el artículo 11.2 del Texto Articulado, se podrán utilizar los siguientes
sistemas de firma electrónica: No procede.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica
BOJA
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Boletín
Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
CONSEJERÍA INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD
61 de 138
páginaHoja
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CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
ORGANISMO:
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA
9.- Subcontratación (Artículo 8).
9.a). Posibilidad de subcontratación:
Sí. Porcentaje máximo: hasta el 100% del presupuesto aceptado. Sólo podrán subcontratarse aquellas
actividades que no constituyan la finalidad principal de la entidad.
No.
9.b). En caso afirmativo, documentación a presentar junto con la solicitud de autorización para la
subcontratación:
Ninguna.
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 3.b) del artículo 8 del Texto
Articulado, se deberá presentar la siguiente documentación:
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 7.d).1.ª, del artículo 8 del
Texto Articulado, se deberá presentar la siguiente documentación:
10.- Solicitudes y escritos (Artículos 8, 10, 11, 13, 14, 17 y 23).
10.a). Obtención del formulario:
En el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.
En la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24940.html
En las sedes de los siguientes órganos:
En los siguientes lugares:
10.b). Órgano al que se dirigirán las solicitudes: Persona titular de la Secretaría General de Inclusión
Social.
10.c) Las solicitudes se podrán presentar, además de en el registro electrónico de la Administración de la
Junta
de
Andalucía,
a
través
de
la
dirección
electrónica,
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/CIPS/
en los siguientes lugares y registros:
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, estén obligadas a
relacionarse a través de medios electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba
señalado, presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes registros electrónicos: Ventanilla
Electrónica
de
la
Administración
de
la
Junta
de
Andalucía
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/CIPS/.
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, no estén obligadas a
relacionarse a través de medios electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba
señalado, presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes lugares y registros: No procede.
00274727
10.d) Además de los señalados en el artículo 11.2 del Texto Articulado, se podrán utilizar los siguientes
sistemas de firma electrónica: No procede.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja