Disposiciones generales. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/249-15)
Orden de 21 de diciembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la transformación tecnológica e innovación en el ámbito de los Servicios Sociales, dirigidas a entidades del tercer sector y Entidades Locales, dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) -Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU-, y se efectúa su convocatoria en el año 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO
SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica
ANEOficial
XO II y III de la Junta de Andalucía
Boletín
BOJA
Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
CONSEJERÍA INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD
69 de 138
páginaHoja
21561/64
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
ORGANISMO:
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA
habitual con menores o, en su caso, compromiso de aportarla en el momento
del inicio del mismo.
•
Declaración responsable de comprometerse a conceder los derechos y accesos
necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas
Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes, ejerzan
sus competencias.
•
Declaración responsable de someterse a las actuaciones de comprobación a
efectuar por el órgano concedente para verificar el cumplimiento de las
obligaciones y requisitos previstos en las bases reguladoras, así como a las
actuaciones de verificación y control y cualesquiera otras actuaciones de
comprobación y/o control financiero que puedan realizar los órganos de control
competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta
información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
•
Declaración responsable de someterse a las actuaciones de comprobación y
control financiero que corresponden a la Intervención General de la Junta de
Andalucía, en relación con los incentivos y ayudas concedidas, y a las previstas
en la legislación del Tribunal de Cuentas y de la Cámara de Cuentas de
Andalucía, facilitando cuanta información le sea requerida por dichos órganos.
15.b) Tipo y soporte de documentos admitidos:
Tipo:
Originales.
Copias auténticas.
Copias autenticadas.
Otro: Copia simple
Soporte:
Papel.
Electrónico.
Otros:
16.- Plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento (Artículo 19):
Tres meses a partir del día siguiente al de la finalización del plazo para la presentación de las solicitudes.
00274727
17.- Necesidad de aceptación expresa de la subvención concedida (Artículo 19):
No.
Sí.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
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ANEOficial
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BOJA
Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
CONSEJERÍA INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD
69 de 138
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21561/64
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
ORGANISMO:
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA
habitual con menores o, en su caso, compromiso de aportarla en el momento
del inicio del mismo.
•
Declaración responsable de comprometerse a conceder los derechos y accesos
necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas
Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes, ejerzan
sus competencias.
•
Declaración responsable de someterse a las actuaciones de comprobación a
efectuar por el órgano concedente para verificar el cumplimiento de las
obligaciones y requisitos previstos en las bases reguladoras, así como a las
actuaciones de verificación y control y cualesquiera otras actuaciones de
comprobación y/o control financiero que puedan realizar los órganos de control
competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta
información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
•
Declaración responsable de someterse a las actuaciones de comprobación y
control financiero que corresponden a la Intervención General de la Junta de
Andalucía, en relación con los incentivos y ayudas concedidas, y a las previstas
en la legislación del Tribunal de Cuentas y de la Cámara de Cuentas de
Andalucía, facilitando cuanta información le sea requerida por dichos órganos.
15.b) Tipo y soporte de documentos admitidos:
Tipo:
Originales.
Copias auténticas.
Copias autenticadas.
Otro: Copia simple
Soporte:
Papel.
Electrónico.
Otros:
16.- Plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento (Artículo 19):
Tres meses a partir del día siguiente al de la finalización del plazo para la presentación de las solicitudes.
00274727
17.- Necesidad de aceptación expresa de la subvención concedida (Artículo 19):
No.
Sí.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja