Disposiciones generales. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/249-15)
Orden de 21 de diciembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la transformación tecnológica e innovación en el ámbito de los Servicios Sociales, dirigidas a entidades del tercer sector y Entidades Locales, dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) -Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU-, y se efectúa su convocatoria en el año 2022.
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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO
SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica

BOJA

ANEOficial
XO II y III de la Junta de Andalucía
Boletín

Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
CONSEJERÍA INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD
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CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:

ORGANISMO:

SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA

- Constatación documental de la realización de las actuaciones (soporte fotográfico, encuestas de
satisfacción, material informativo, notas de prensa...).
- Para proyectos que impliquen contacto habitual con personas menores de edad, declaración
responsable del representante legal de la entidad en la que se acredite que obra en su poder la
certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales de todo el personal que haya
participado en el mismo.
No será necesario que la auditoría sea realizada por la misma persona encargada de la auditoría de las
cuentas anuales de la entidad.
Persona o entidad beneficiaria obligada a auditar sus cuentas anuales con nombramiento de otro
auditor.
Persona o entidad beneficiaria no obligada a auditar sus cuentas anuales, con designación de auditor
por el órgano concedente.
El gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa por el auditor es subvencionable:
No.
Sí. Hasta el límite de: 3% del coste total del programa.
26.f).3º Cuenta justificativa simplificada:
Técnica de muestreo que se establece:
26.f).4º Justificación a través de módulos:
En su caso, concreción de los módulos:
Forma de actualización, en su caso, de los módulos:
La concreción de los módulos y de la elaboración del informe técnico se establecerá de forma
diferenciada para cada convocatoria:
Sí.
No.
Las personas o entidades beneficiarias están obligadas a la presentación de libros, registros y
documentos de trascendencia contable o mercantil:
Sí.
No.
26.f).5º Justificación a través de estados contables:
Informe complementario por auditor de cuentas:
Sí.
No.
En su caso, alcance adicional de la revisión por el auditor:

00274727

La retribución adicional al auditor de cuentas es gasto subvencionable:
No.
Sí. Hasta el límite de:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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