Disposiciones generales. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/249-15)
Orden de 21 de diciembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la transformación tecnológica e innovación en el ámbito de los Servicios Sociales, dirigidas a entidades del tercer sector y Entidades Locales, dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) -Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU-, y se efectúa su convocatoria en el año 2022.
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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO
SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica

BOJA

ANEOficial
XO II y III de la Junta de Andalucía
Boletín

Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
CONSEJERÍA INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD
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CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:

ORGANISMO:

SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA

23.b).1º Obligaciones de transparencia y suministro de información y términos y condiciones en los que se
ha de cumplir:
23.b).2º Plazo durante el que se deben conservar los documentos justificativos de la aplicación de los
fondos recibidos y se está obligado a comunicar al órgano concedente el cambio de domicilio, de
dispositivo electrónico o de dirección de correo electrónico:
Período de cinco años a partir del pago del saldo o, a falta de dicho pago, de la operación , según el
artículo 22.2.f) del RMRR que establece la obligación para el estado miembro de conservar los
documentos conforme a lo previsto en el artículo 132 del Reglamento Financiero .
23.b).3º Otras obligaciones y condiciones específicas:
No se establecen.
Se establecen las siguientes:
-Suscripción de una Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses.
-Obligación de la entidad beneficiaria de suministrar información sobre la perceptora final de los fondos si
no es la misma, y sobre los contratistas y subcontratistas, en los términos establecidos en la memoria
recogida en el apartado 26.f)2º.
-Cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito
objeto de gestión, conforme al artículo 2 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se
configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
-Las ayudas no podrán causar un perjuicio significativo a objetivos medioambientales, en el sentido del
artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852.
-Concesión de los derechos y accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de
Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes, ejerzan sus
competencias.
-Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente para verificar el
cumplimiento de las obligaciones y requisitos previstos en las bases reguladoras, así como a las
actuaciones de verificación y control y cualesquiera otras actuaciones de comprobación y/o control
financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios,
aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

00274727

-Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que corresponden a la Intervención
General de la Junta de Andalucía, en relación con los incentivos y ayudas concedidas, y a las previstas en
la legislación del Tribunal de Cuentas y de la Cámara de Cuentas de Andalucía, facilitando cuanta
información le sea requerida por dichos órganos.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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