Disposiciones generales. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/249-15)
Orden de 21 de diciembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la transformación tecnológica e innovación en el ámbito de los Servicios Sociales, dirigidas a entidades del tercer sector y Entidades Locales, dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) -Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU-, y se efectúa su convocatoria en el año 2022.
255 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO
SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica

BOJA

ANEOficial
XO II y III de la Junta de Andalucía
Boletín

Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
CONSEJERÍA INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD
32 de 138
páginaHoja
21561/27
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:

ORGANISMO:

SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA

A.6. Calidad en la gestión de la entidad solicitante (0-6 puntos).
Se valorarán por orden decreciente los siguientes aspectos:
Acreditación de que se dispone de plan de calidad con certificado vigente (se admitirá cualquier entidad
certificadora). Auditoría de calidad (externa).
Acreditación de que se han implantado procesos de autoevaluación y mejora continua de sus
programas (fecha de inicio de la implantación, concreción de los procesos y mejoras).
Certificación de buenas prácticas de la entidad en materia de calidad, emitida por cualquier organismo
público o privado (externa).
B.- PROYECTO A REALIZAR (0-50 puntos):
B.1. Contenido técnico del proyecto a realizar (0-30 puntos).
Se valorará si el proyecto presentado describe con claridad y coherencia los siguientes aspectos:
B.1.a) Evaluación de las necesidades de las personas o grupos en que se integran (0-4).
Se valorará si el proyecto está fundamentado en un diagnóstico de la situación que justifique la
actuación y analiza los problemas y necesidades de las potenciales personas beneficiarias,
mejorando su bienestar y fomentando su calidad de vida, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
- Identificación de los problemas y necesidades a los que pretende dar respuesta el proyecto a
desarrollar, así como la participación y toma de decisiones con las personas destinatarias del
proyecto en el diseño del mismo y, en su caso, actuaciones de coordinación con los servicios
sociales comunitarios.
- Aportación de datos estadísticos actualizados que avalan la detección de necesidades, con
indicación de las fuentes de dichos datos.
- Detalle del perfil de la población destinataria directa del proyecto.
B.1.b) Aportación de documentación que acrediten la viabilidad técnica y los resultados positivos en la
implementación de proyectos similares en otros ámbitos de actuación, en otras comunidades autónomas o
en terceros países (0-2).
B.1.c) Determinación de los objetivos del proyecto (0-3).
Se evaluará si en el proyecto aparecen claramente definidos los objetivos generales y específicos a
lograr, están en consonancia con el diagnóstico previo realizado, están enmarcados en las políticas
de la Consejería competente en materia de políticas sociales y se ajustan a la actuación
subvencionable en que se incardinan.

00274727

B.1.d) Descripción de las actividades concretas que se pretenden realizar (0-3).
Se evaluará si en el proyecto se describen las actividades y éstas son adecuadas para la consecución
de los objetivos propuestos.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja