Autoridades y personal. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/535-5)
Orden de 12 de diciembre de 2022, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Maestros y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

página 20683/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL

La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público, procedente del Real Decreto Ley 14/2021, de 6 de
julio, establece en su artículo 2.3 el objetivo de que la tasa de cobertura temporal en el
sector público se sitúe por debajo del ocho por ciento de las plazas estructurales en el
conjunto de las administraciones públicas españolas.
Entre las medidas incluidas en esta ley encaminadas a reducir la temporalidad en
el empleo público, se encuentra la autorización en su artículo 2.1 de una nueva tasa
de estabilización que, adicionalmente a lo establecido en los artículos 19.Uno.6 de la
Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 y
19.Uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2018, debe incluir aquellas plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas
presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente
al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020. En dicha tasa de
estabilización adicional deberán incluirse también, como señala el párrafo segundo del
citado artículo 2.1, las plazas afectadas por los procesos de estabilización previstos en
los artículos 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2017, y 19.Uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2018, siempre que hubieran estado incluidas en las
correspondientes ofertas de empleo público de estabilización y llegada la fecha de
entrada en vigor de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, no hubieran sido convocadas, o
habiendo sido convocadas y resueltas, hayan quedado sin cubrir.
La disposición adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, dispone que son bases de régimen estatutario de los funcionarios públicos
docentes las reguladas, entre otras, por la propia ley para el ingreso en la función pública
docente y encomienda al Gobierno su desarrollo reglamentario en aquellos aspectos que
sean necesarios para garantizar el marco común básico de la función pública docente.
En desarrollo de lo establecido en la citada Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, ha sido
dictado el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero (Boletín Oficial del Estado del 2 de
marzo) por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas
especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la precitada Ley Orgánica y se
regula el régimen transitorio de ingreso a que hace referencia su disposición transitoria
decimoséptima (en adelante Reglamento de ingreso).
El referido Reglamento de ingreso ha sido modificado por el Real Decreto 270/2022,
de 12 de abril, al objeto de dar cumplimiento al mandato impuesto por la Ley 20/2021, de
28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público, en el ámbito de la función pública docente.
En ejercicio de la habilitación competencial que el Estatuto de Autonomía de
Andalucía en su artículo 52, otorga a esta comunidad autónoma, la Ley 17/2007, de 10 de
diciembre, de Educación de Andalucía, establece en su artículo 15 que «la selección del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Orden de 12 de diciembre de 2022, por la que se efectúa convocatoria de
procedimiento selectivo para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de
Enseñanza Secundaria, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores
de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño,
Maestros y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación
Profesional.