Disposiciones generales. Presidencia. (2022/249-1)
Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023.
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Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

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En el ámbito tributario, la Ley del Presupuesto incorpora diversas medidas esenciales
para la ejecución de la política económica del Gobierno de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, lo que hace necesaria su aprobación mediante esta Ley.
En relación con los tributos cedidos, se incorporan a esta Ley en la disposición
final undécima diversas modificaciones de la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos
Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, tras un año de vigencia, encaminadas
fundamentalmente a mejorar, clarificar y simplificar su contenido, en aras de la
transparencia y con el fin de facilitar a los ciudadanos y otros operadores jurídicos su
correcta interpretación y aplicación.
Estas modificaciones afectan a medidas de carácter sustantivo relativas al impuesto
sobre la renta de las personas físicas, al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y
actos jurídicos documentados, al impuesto sobre sucesiones y donaciones y a los tributos
sobre el juego, así como a determinadas normas de aplicación de estos tributos incluidas
en el Título III de la ley citada.
En la disposición final duodécima se modifican varios artículos de la Ley 10/2021, de
28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Junto a modificaciones destinadas a adecuar las tasas a los cambios introducidos en
la normativa reguladora de los servicios y actividades gravadas, se introducen diversos
beneficios fiscales, como la exención para 2023 de la tasa por servicios facultativos
agronómicos, la bonificación en la cuota de la tasa por servicios facultativos veterinarios
para los jóvenes agricultores con objeto de fomentar la incorporación de jóvenes al
sector agrario y la exención aplicable a los titulares de explotaciones que pertenezcan
a asociaciones de defensa sanitaria ganadera en la tasa por servicios de diagnóstico,
análisis y dictámenes prestados por los laboratorios agroganaderos, agroalimentarios y
de control de calidad de los recursos pesqueros.
En la tasa por la prevención y control de la contaminación se añade un nuevo artículo
170 bis, en el que se introduce una reducción para microempresas, pequeñas y medianas
empresas (pymes), como medida de apoyo a las pequeñas y medianas empresas, junto
a la reducción aplicable a las empresas que se encuentren inscritas en el Registro del
Sistema Andaluz de Compensación de Emisiones (SACE), como instrumento voluntario
para la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
La modificación en el apartado 1 del artículo 187, que regula la cuota de la tasa por
ocupación de monte público a instancia de parte, responde a la necesidad de adecuar
la regulación de la tasa a las modificaciones normativas introducidas en la Ley 11/2021,
de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición
de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se
establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el
funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en
materia de regulación del juego.
En último lugar, se introducen diversas modificaciones en la tasa por inscripción en
las convocatorias para la selección de personal, con objeto de adecuar esta tasa a lo
dispuesto en el artículo 2 de la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios
públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que regula el ámbito de aplicación de
la ley.
Finalmente, debe indicarse que las citadas medidas fiscales responden a
circunstancias de carácter económico y social propias de la Comunidad Autónoma, ya
que la progresiva recuperación económica de Andalucía, así como la evolución de los
ingresos por tributos propios y cedidos, hacen posible disminuir la carga tributaria de
los contribuyentes andaluces sin menoscabo de los servicios públicos, y, por tanto, se
adoptan dentro del ámbito de las competencias normativas de la Comunidad Autónoma
sobre tributos propios y cedidos, conforme a lo establecido en el artículo 180 del Estatuto
de Autonomía para Andalucía, en la Ley 18/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión
de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía y de fijación del alcance
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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