Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa. (2022/249-3)
Decreto 575/2022, de 27 de diciembre, por el que se modifican el Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, y el Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21600/2
necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia; y no
conlleva la restricción de derechos de las personas, al tiempo que establece las medidas
imprescindibles para cumplir su finalidad, sin generar nuevas cargas administrativas.
La necesidad de la norma y su eficacia vienen dadas por la obligación de adaptar la
estructura actual a la diseñada para las nuevas Consejerías como consecuencia de la
modificación del Decreto del Presidente 16/2022, de 3 de noviembre. En atención al
principio de proporcionalidad, el proyecto de disposición normativa contiene la regulación
imprescindible para atender la necesidad a cubrir, esto es, la adecuación de las estructuras
y atribuciones de las Consejerías afectadas; y en función del principio de seguridad
jurídica, se inserta en el ordenamiento jurídico autonómico de manera coherente, con
la pretensión de generar un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de
certidumbre, que permita su conocimiento y comprensión y, en consecuencia, facilite la
actuación y toma de decisiones de las personas y entidades. En cuanto al principio de
transparencia, no cabe aquí su aplicación directa al tratarse de una norma organizativa
de la propia administración. Por último, se entiende cumplido el principio de eficiencia,
puesto que el objeto del proyecto es el establecimiento de unas estructuras que permitan
racionalizar la gestión de los recursos públicos.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 24 de la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y 21.3, 27.18 y 46.2 de la
Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a
propuesta conjunta de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad y
del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, previa deliberación del
Consejo de Gobierno, en su reunión del día 27 de diciembre de 2022,
Artículo primero. Modificación del Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias
e Igualdad.
El Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, queda modificado
como sigue:
Uno. El apartado 6 del artículo 4 queda redactado de la siguiente manera:
«6. De la Viceconsejería dependerán orgánicamente la Secretaría General de Inclusión
Social, la Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad,
y la Secretaría General Técnica. Asimismo, se adscribe a la Viceconsejería la Agencia
de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, sin perjuicio de su adscripción a la
Consejería competente en materia de adicciones en todo lo relacionado con la dirección,
coordinación y gestión de su actividad en materia de drogodependencia y adicciones.
Quedan, igualmente, adscritas a la Viceconsejería, el Instituto Andaluz de la Mujer,
el Instituto Andaluz de la Juventud y, a través de éste, la sociedad mercantil del sector
público andaluz Empresa Andaluza de Gestión de Instalaciones y Turismo Juvenil, S.A.
(Inturjoven).
La adscripción de la la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía,
del Instituto Andaluz de la Mujer y del Instituto Andaluz de la Juventud a la Viceconsejería
se entiende sin perjuicio del ejercicio del control de eficacia que ejerzan los distintos
órganos directivos sobre cada entidad instrumental en su particular ámbito competencial».
Dos. Se inserta un nuevo párrafo h) en el apartado 2 del artículo 6, con la siguiente
redacción:
«h) La gestión del Registro de Parejas de Hecho.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274807
DISPONGO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21600/2
necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia; y no
conlleva la restricción de derechos de las personas, al tiempo que establece las medidas
imprescindibles para cumplir su finalidad, sin generar nuevas cargas administrativas.
La necesidad de la norma y su eficacia vienen dadas por la obligación de adaptar la
estructura actual a la diseñada para las nuevas Consejerías como consecuencia de la
modificación del Decreto del Presidente 16/2022, de 3 de noviembre. En atención al
principio de proporcionalidad, el proyecto de disposición normativa contiene la regulación
imprescindible para atender la necesidad a cubrir, esto es, la adecuación de las estructuras
y atribuciones de las Consejerías afectadas; y en función del principio de seguridad
jurídica, se inserta en el ordenamiento jurídico autonómico de manera coherente, con
la pretensión de generar un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de
certidumbre, que permita su conocimiento y comprensión y, en consecuencia, facilite la
actuación y toma de decisiones de las personas y entidades. En cuanto al principio de
transparencia, no cabe aquí su aplicación directa al tratarse de una norma organizativa
de la propia administración. Por último, se entiende cumplido el principio de eficiencia,
puesto que el objeto del proyecto es el establecimiento de unas estructuras que permitan
racionalizar la gestión de los recursos públicos.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 24 de la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y 21.3, 27.18 y 46.2 de la
Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a
propuesta conjunta de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad y
del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, previa deliberación del
Consejo de Gobierno, en su reunión del día 27 de diciembre de 2022,
Artículo primero. Modificación del Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias
e Igualdad.
El Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, queda modificado
como sigue:
Uno. El apartado 6 del artículo 4 queda redactado de la siguiente manera:
«6. De la Viceconsejería dependerán orgánicamente la Secretaría General de Inclusión
Social, la Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad,
y la Secretaría General Técnica. Asimismo, se adscribe a la Viceconsejería la Agencia
de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, sin perjuicio de su adscripción a la
Consejería competente en materia de adicciones en todo lo relacionado con la dirección,
coordinación y gestión de su actividad en materia de drogodependencia y adicciones.
Quedan, igualmente, adscritas a la Viceconsejería, el Instituto Andaluz de la Mujer,
el Instituto Andaluz de la Juventud y, a través de éste, la sociedad mercantil del sector
público andaluz Empresa Andaluza de Gestión de Instalaciones y Turismo Juvenil, S.A.
(Inturjoven).
La adscripción de la la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía,
del Instituto Andaluz de la Mujer y del Instituto Andaluz de la Juventud a la Viceconsejería
se entiende sin perjuicio del ejercicio del control de eficacia que ejerzan los distintos
órganos directivos sobre cada entidad instrumental en su particular ámbito competencial».
Dos. Se inserta un nuevo párrafo h) en el apartado 2 del artículo 6, con la siguiente
redacción:
«h) La gestión del Registro de Parejas de Hecho.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274807
DISPONGO