Autoridades y personal. Universidades. (2022/248-15)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para ingreso en la escala básica de Apoyo a la Docencia y a la Investigación (puesto de Ténico/a de Laboratorio, con destino en el Centro de Producción de Recursos para la Universidad Digital-Área Web, Datos Abiertos y Transparencia), en el marco de la estabilización de empleo temporal del personal de administración y servicios.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 248 - Jueves, 29 de diciembre de 2022

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3.Solicitudes, tasa y plazo de presentación.
3.1. Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar
electrónicamente su solicitud. Para ello, deberán inscribirse mediante el procedimiento
«Procesos selectivos de PAS: Solicitud de admisión», disponible en la sede electrónica
de la Universidad de Granada (https://sede.ugr.es). En la ficha del citado procedimiento se
indican las instrucciones a seguir para cumplimentar la solicitud de admisión a procesos
selectivos.
3.2. La presentación de solicitudes se hará en el plazo de los veinte días naturales
siguientes al día de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»,
en el que aparecerá con fecha de resolución de 7 de diciembre de 2022.
3.3. Las personas aspirantes con discapacidad con grado reconocido igual o superior
al 33 por 100 que deseen participar en el proceso selectivo, deberán indicarlo en el
recuadro correspondiente de la solicitud expresando, en su caso, las posibles adaptaciones
de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en el que esta adaptación sea
necesaria a fin de asegurar su participación en el proceso en condiciones de igualdad,
utilizando para ello el apartado correspondiente de la solicitud. A tal fin, deberán aportar
dictamen técnico facultativo acerca de la procedencia de la adaptación solicitada, emitido
por el órgano técnico de valoración que determinó el grado de discapacidad, en el que
conste expresamente la adaptación que corresponde al interesado en cada uno de los
ejercicios según sus circunstancias personales. El Tribunal estudiará la propuesta del
informe técnico y decidirá sobre su concesión, conforme a los criterios establecidos en la
Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio.
3.4. Los derechos de participación serán de 26 euros, y se ingresarán en la cuenta
ES71 2100 4224 3913 0072 1670 de cualquier oficina de CaixaBank, abierta a nombre
de «Pruebas Selectivas de Acceso a la Universidad de Granada», bien directamente
o mediante transferencia bancaria a dicha cuenta. La solicitud deberá ir acompañada
del resguardo acreditativo de la transferencia. La falta de justificación del abono de los
derechos de participación o de encontrarse exento del mismo determinará la exclusión de
la persona aspirante.
En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de los derechos de
participación supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la
solicitud de participación de acuerdo con lo dispuesto en la convocatoria.
3.5. Exenciones y bonificaciones de los derechos de participación.
Estarán exentos del pago de los derechos de participación:
a) De conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 50/1998, de 30 de
diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, por el que se modifica
el apartado cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas
Fiscales, Administrativas y de Orden Social:
1. Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100.
2. Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado», en el que aparecerá con fecha de resolución de 7 de diciembre de 2022. Serán
requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran
rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, lo que se
justificará con un informe negativo de rechazos, y que, asimismo, carezcan de rentas
superiores en cómputo mensual al Salario Mínimo Interprofesional.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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2.3. Para la admisión al proceso selectivo bastará con que quienes soliciten su
participación declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos
exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en
la base 8.1, y la constancia de haber abonado la correspondiente tasa conforme a lo
establecido en el la base 3.4 de esta convocatoria.