Disposiciones generales. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/247-2)
Resolución de 9 de diciembre de 2022, del Instituto Andaluz de la Mujer, de ampliación de crédito para la Línea 2 de ayudas económicas para mujeres víctimas de violencia de género que acrediten insuficiencia de recursos y especiales dificultades para obtener un empleo.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Miércoles, 28 de diciembre de 2022

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1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Resolución de 9 de diciembre de 2022, del Instituto Andaluz de la Mujer, de
ampliación de crédito para la Línea 2 de ayudas económicas para mujeres
víctimas de violencia de género que acrediten insuficiencia de recursos y
especiales dificultades para obtener un empleo.

1.º Con fecha 4 de marzo de 2021 se publicó en BOJA núm. 42 la Orden de 23 de
febrero de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz
de la Mujer, a mujeres víctimas de violencia de género (BOJA núm. 42, de 4 de marzo de
2021).
2.º Con fecha 31 de diciembre de 2021 se publica Resolución de 21 de diciembre
de 2021, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se efectúa mediante tramitación
anticipada la convocatoria de ayudas económicas, en régimen de concurrencia
no competitiva, a mujeres víctimas de violencia de género, para el ejercicio 2022,
estableciéndose las cuantías máxima para cada una de la líneas de subvenciones
correspondientes a la anualidad, así como la partida presupuestaria a la que se carga
(BOJA núm. 251, de 31 de diciembre de 2021). Concretamente, se establece para la
Línea 2 de Ayudas económicas para mujeres víctimas de violencia de género que
acrediten insuficiencia de recursos y especiales dificultades para obtener un empleo la
cantidad de 970.000 euros.
3.º El aumento de la publicidad y mejora de la información con respecto a la ayuda
económica que protege a las víctimas y permite su independencia ha ocasionado que el
volumen de solicitudes a los Servicios de atención a las mujeres víctimas de violencia de
género del Instituto Andaluz de la Mujer haya aumentado de forma considerable.
4.º Las ayudas económicas que se financian con esta convocatoria de subvenciones
es un derecho que tienen las mujeres víctimas de violencia de género y que las
Administraciones Públicas deben de garantizar, conforme al artículo 27.1 de la Ley
Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la
Violencia de Género, considerándose un recurso económico de necesidad y alto interés
social, al posibilitar una vía de subsistencia a las mujeres víctimas de violencia de género
para la salida y recuperación de la violencia padecida.
5.º En base al crédito dispuesto en la convocatoria para el año 2022, se han emitido
108 resoluciones estimatorias por un total de 655.905,36 euros. Otras 43 solicitudes se
encuentran en la fase de disposición de gasto, correspondiendo un importe 314.056,38
euros.
6.º A fecha 7 de diciembre de 2022 queda disponible 38,26 euros, cantidad que no es
suficiente para la concesión de ninguna ayuda más.
7.º Para concretar el presupuesto inicial que se necesitará para la concesión de
las ayudas económicas en un año determinado se toma como referencia los créditos
que han sido necesarios en años anteriores, desconociendo con exactitud la cantidad
presupuestaria que finalmente se terminará necesitando. Una ampliación en la forma de
acreditar la violencia de género y unas bases reguladoras más esclarecedoras, han llevado
a un aumento de solicitudes de mujeres víctimas de violencia de género que reclaman este
derecho que la Ley Orgánica de Violencia de Género les pone a su disposición.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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