Autoridades y personal. Universidades. (2022/247-39)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre y para la estabilización de empleo temporal, de una plaza de Técnico Especialista de Archivos, Bibliotecas y Museos, Grupo III, por el sistema de concurso-oposición.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Miércoles, 28 de diciembre de 2022

página 21262/10

8. Presentación de documentos
8.1. Las personas que superen el presente proceso selectivo presentarán los
siguientes documentos en el Registro General de la Universidad de Córdoba, dentro de
los veinte días hábiles siguientes a aquel en que se publique por el Tribunal la propuesta
de adjudicación de las plazas, dirigiéndose al Rector de la Universidad de Córdoba.
a) Original y fotocopia para su cotejo, del Documento Nacional de Identidad,
Número de Identificación de Extranjero o Pasaporte. En el supuesto de descendientes
de españoles o de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y de
su cónyuge, contemplados en la base 2.1.a), deberán acreditar, además, el vínculo de
parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo de español o
nacional de la Unión Europea con el que tengan dicho vínculo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274421

7.2. Concluido el ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal publicará, en el medio
indicado en el punto anterior, una relación de las personas aspirantes que hayan superado
la fase oposición, con indicación de la puntuación obtenida, en un plazo igual o inferior a
diez días hábiles.
7.3. Una vez finalizada la fase de oposición y transcurrido el plazo de presentación
de la documentación acreditativa de los méritos alegados para la fase de concurso, el
Tribunal hará público, en el medio antes citado, el listado provisional de valoración de la
fase de concurso de aquellas personas aspirantes que hayan superado aquella, pudiendo
publicarse simultáneamente a la relación de personas aspirantes que han superado la
fase de oposición. Contra este acuerdo se podrán presentar reclamaciones, dirigidas
a la presidencia del tribunal, en el plazo de diez días hábiles, que serán resueltas por
el tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamaciones, el
acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
En ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar el ejercicio de la fase de oposición.
En caso de empate, el criterio de desempate será el tiempo de servicios prestados en
la Universidad de Córdoba, en puestos de la misma área a la que se aspira, adquirida en el
ámbito de aplicación del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades
Públicas de Andalucía y con cargo a capítulo I del Presupuesto de la Universidad de
Córdoba, computado por mes o fracción, por aplicación del acuerdo de la Universidad de
Córdoba y Comité de Empresa en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
7.4. Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los acuerdos
definitivos del tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá interponer
recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7.5. La Presidencia del Tribunal enviará copia certificada de la mencionada relación
definitiva de personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo al Rector
de la Universidad, especificando el número de aprobados y la puntuación obtenida en
la fase de oposición, la puntuación de la fase de concurso y la suma total de ambas
puntuaciones, con propuesta de adjudicación de plaza como personal laboral fijo.
El Tribunal podrá, igualmente, hacer pública una relación complementaria en la que
figure la puntuación obtenida por el resto de las personas aspirantes no seleccionadas y,
en el caso de que alguna de las personas aspirantes propuestas no llegase a formalizar
el correspondiente contrato, se incluirá en la propuesta la persona aspirante que le siga
en el orden de puntuación.
7.6. Se creará bolsa de trabajo conforme se determina en el apartado quinto del
acuerdo de la Universidad de Córdoba y Comité de Empresa sobre los criterios que deben
regir las convocatorias de procesos selectivos de estabilización de empleo temporal de
las Universidades públicas de Andalucía, como consecuencia de lo establecido en la Ley
20/2021, de 28 de diciembre, colectivo PAS Laboral.