3. Otras disposiciones. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. (2022/246-56)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Granada, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción, de la instalación eléctrica que se cita, en los términos municipales de Atarfe y Moclín en Granada. (PP. 3575/2022).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 246 - Martes, 27 de diciembre de 2022

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FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente resolución,
según lo dispuesto en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado
por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de
julio, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por
el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía,
el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto
300/2022, de 30 de agosto, así como la Resolución de 11 marzo de 2022, de la Dirección
General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos
directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.
Segundo. La autorización administrativa de las instalaciones eléctricas de alta tensión
está regulado en el Titulo VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro
y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Real Decreto
337/2014, de 9 de mayo, por el que aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas
y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, el Real Decreto
223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de líneas de
alta tensión.
Tercero. El artículo 30.4 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, determina que las
instalaciones de generación de energía tendrán la consideración de actuaciones de
utilidad e interés general. A este respecto el artículo 32 establece el procedimiento de
autorización ambiental unificada para actuaciones privadas declaradas de utilidad e
interés general de Andalucía, indicando que corresponde al órgano sustantivo, en este
caso esta Delegación, recibir la solicitud, efectuar los trámites de información pública y
de consultas e incorporar a la autorización que se otorga el contenido del informe emitido
por el órgano ambiental.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación
Territorial

Primero. Conceder la autorización administrativa previa y de construcción de la
instalación eléctrica que se cita.
La descripción y características de las instalaciones autorizadas son las siguientes:
Peticionario: Liberty Caparacena, S.L.U. (antes AAGES Caparacena, S.L.), con
domicilio a efecto de notificaciones en Avenida Diego Martínez Barrio, 4, planta 7, oficina
4B, edificio Viapol Center, 41013, Sevilla, CIF: B-90475260.
Objeto de la petición: Autorización administrativa previa y autorización administrativa
de construcción, de la instalación denominada «Planta fotovoltaica Caparacena 1» de
27,5 MWP de potencia pico y 22 MW de potencia nominal e infraestructura de evacuación
en los términos municipales de Atarfe y Moclín (Granada).
Emplazamiento: La planta solar fotovoltaica estará situada en el polígono 2,
parcelas 55, 21, 64, 65 y 66 del término municipal de Atarfe y polígono 28, parcela 33, del
término municipal de Moclín. La línea eléctrica de evacuación en media tensión discurrirá
por el polígono 1, parcelas 9002, 15, 9012, 78, 9009, 96, 77, 32, 86, 9007, 60, 61, 9004, 7,
88, 62, 4 y polígono 2, parcelas 55, 20, 19, 53, 18, 52, 17, del término municipal de Atarfe.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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