Autoridades y personal. Universidades. (2022/246-52)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y para la estabilización de empleo temporal, en la escala de Operadores de Informática de esta Universidad, Grupo C, Subgrupo C1, por el sistema de concurso-oposición.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 246 - Martes, 27 de diciembre de 2022

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9. Tratamiento de datos personales.
De acuerdo con lo previsto en los artículos 12 y 13 del Reglamento UE 2016/679
(Reglamento General de Protección de Datos), la información básica del tratamiento de
datos personales es la siguiente:
Responsable del Tratamiento: Universidad de Córdoba.
Legitimación: El tratamiento es necesario para la formalización de la relación y
gestión del personal funcionario por parte de la Universidad de Córdoba, así como para
el cumplimiento de las obligaciones legales aplicables a la Universidad al respecto.
Finalidad: Selección de personal y provisión de puestos de trabajo mediante
convocatorias públicas.
Cesiones o Comunicaciones: Al Registro de personal. Dirección General de Función
Pública. Boletín Oficial Correspondiente (BOE, BOJA, BOUCO). Usuarios de la web en la
que se publica el proceso selectivo.
Plazo de conservación: Durante el tiempo que dure el proceso selectivo y el
necesario para determinar las responsabilidades derivadas del mismo. En el supuesto
de que la persona candidata se incorpore a la UCO, durante el tiempo necesario para
el mantenimiento de la relación con la misma. Será de aplicación lo dispuesto en la
normativa de archivos y documentación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274430

b) Original y fotocopia para su compulsa del título académico oficial exigido o de la
justificación acreditativa de haber abonado los correspondientes derechos de expedición
de este. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá aportar la
documentación que acredite su homologación o reconocimiento.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos
Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado
para el desempeño de las funciones públicas mediante sentencia penal firme.
Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea que no
ostenten la nacionalidad española habrán de acreditar, mediante documento suficiente,
debidamente traducido al castellano, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena
legal que impida en su Estado el acceso al empleo público.
d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico
que imposibiliten para el servicio.
e) Las personas aspirantes que hayan hecho valer su condición de discapacitadas
deberán aportar certificado vigente del órgano competente que acredite tal condición,
el grado de discapacidad, así como la compatibilidad con el desempeño de las tareas y
funciones propias de la escala de Operadores de Informática.
8.2. Quienes tengan la condición de empleado público estarán exentos de justificar
documentalmente dicha condición y demás requisitos ya probados para obtener su
anterior empleo, debiendo, en cambio, presentar certificación del Registro Central de
Personal o del Ministerio u Organismo del que dependan, para acreditar su condición de
empleado público.
8.3. Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presentasen la referida documentación, o del examen de esta se dedujera que carecen de
alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de
carrera, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades
en que hubieran incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
8.4. Concluido el proceso selectivo y a propuesta del Tribunal, quienes lo hubieran
superado serán nombrados funcionarios de carrera de la escala de Operadores de
Informática de la Universidad de Córdoba, mediante resolución del Rector, que se
publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La toma de posesión se efectuará en el plazo máximo de un mes desde la fecha de
publicación de su nombramiento en dicho boletín.