Autoridades y personal. Universidades. (2022/246-51)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y para la estabilización de empleo temporal, en la Escala Auxiliar Administrativa de esta Universidad, Grupo C, Subgrupo C2, por el sistema de concurso-oposición.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 246 - Martes, 27 de diciembre de 2022
página 21268/8
6. Desarrollo de los ejercicios.
6.1. El proceso selectivo constará de dos fases: fase de oposición y fase de concurso,
siendo la puntuación máxima de este de 100 puntos.
6.2. La fase de oposición tendrá carácter eliminatorio y supondrá un 60% de la
puntuación total. Para superar el ejercicio de la fase de oposición habrá de obtenerse, como
mínimo, el 30% de la puntuación máxima. En todo caso, para superar la fase de oposición
la puntuación mínima será el 30% de la puntuación máxima otorgada a esta fase.
6.3. La fase de concurso supondrá el 40% de la puntuación total y se valorarán los
méritos profesionales, que supondrá el 90% de la puntuación total de esta fase, y otros
méritos, que supondrá el 10% de la puntuación.
6.4. El orden de actuación de las personas aspirantes en el que se requiera de una
actuación individualiza se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido
comience por la letra que corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria,
atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Administración General del Estado.
6.5. El tribunal adoptará las medidas oportunas para que el desarrollo de los ejercicios de
la fase de oposición se realice velando por el cumplimiento de las garantías de imparcialidad
y objetividad en la realización de estos. El tribunal adoptará las medidas oportunas para
garantizar la confidencialidad del contenido de los ejercicios antes de su realización y para
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274429
tareas internas de organización y vigilancia. La designación de estas personas, asesoras
y colaboradoras, deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Córdoba.
5.9. El Tribunal adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte
necesario, de forma que las personas aspirantes con discapacidad gocen de similares
condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de personas participantes. En
este sentido, para aquellas personas con discapacidad que así lo soliciten en la forma prevista
en la base 3.5, el Tribunal establecerá las adaptaciones posibles en tiempo y medios para
la realización de los ejercicios, en los casos en que resulte necesario, según lo dispuesto
en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales
para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al
empleo público de personas con discapacidad. Las posibles adaptaciones se concederán
únicamente en aquellos casos en que la discapacidad guarde relación directa con la prueba
a realizar, debiendo las personas interesadas aportar la información necesaria.
5.10. El Tribunal excluirá a aquellas personas en cuyo ejercicio figuren nombres,
rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de estas.
5.11. Contra las resoluciones del Tribunal y sus actos de trámite, si deciden directa
o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el
procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses
legítimos, cabrá interponer recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que
establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
5.12. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el
Rectorado de la Universidad de Córdoba, sito en Avda. Medina Azahara, núm. 5. El Tribunal
dispondrá en esta sede, al menos, una persona, miembro o no del Tribunal, que atienda
cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas. Asimismo,
cualquier información de interés para el proceso será publicada en el Portal del Personal,
apartado «Convocatorias de empleo PAS», de la página web de la Universidad de Córdoba.
5.13. El Tribunal que actúe en este proceso selectivo, a efectos económicos, tendrá
la categoría quinta de las recogidas en el Anexo V del Presupuesto de la Universidad de
Córdoba.
5.14. El Tribunal no podrá, en ningún caso, aprobar ni declarar que ha superado
el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas por la
presente resolución. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido
en esta base será nula de pleno derecho.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 246 - Martes, 27 de diciembre de 2022
página 21268/8
6. Desarrollo de los ejercicios.
6.1. El proceso selectivo constará de dos fases: fase de oposición y fase de concurso,
siendo la puntuación máxima de este de 100 puntos.
6.2. La fase de oposición tendrá carácter eliminatorio y supondrá un 60% de la
puntuación total. Para superar el ejercicio de la fase de oposición habrá de obtenerse, como
mínimo, el 30% de la puntuación máxima. En todo caso, para superar la fase de oposición
la puntuación mínima será el 30% de la puntuación máxima otorgada a esta fase.
6.3. La fase de concurso supondrá el 40% de la puntuación total y se valorarán los
méritos profesionales, que supondrá el 90% de la puntuación total de esta fase, y otros
méritos, que supondrá el 10% de la puntuación.
6.4. El orden de actuación de las personas aspirantes en el que se requiera de una
actuación individualiza se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido
comience por la letra que corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria,
atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Administración General del Estado.
6.5. El tribunal adoptará las medidas oportunas para que el desarrollo de los ejercicios de
la fase de oposición se realice velando por el cumplimiento de las garantías de imparcialidad
y objetividad en la realización de estos. El tribunal adoptará las medidas oportunas para
garantizar la confidencialidad del contenido de los ejercicios antes de su realización y para
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274429
tareas internas de organización y vigilancia. La designación de estas personas, asesoras
y colaboradoras, deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Córdoba.
5.9. El Tribunal adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte
necesario, de forma que las personas aspirantes con discapacidad gocen de similares
condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de personas participantes. En
este sentido, para aquellas personas con discapacidad que así lo soliciten en la forma prevista
en la base 3.5, el Tribunal establecerá las adaptaciones posibles en tiempo y medios para
la realización de los ejercicios, en los casos en que resulte necesario, según lo dispuesto
en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales
para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al
empleo público de personas con discapacidad. Las posibles adaptaciones se concederán
únicamente en aquellos casos en que la discapacidad guarde relación directa con la prueba
a realizar, debiendo las personas interesadas aportar la información necesaria.
5.10. El Tribunal excluirá a aquellas personas en cuyo ejercicio figuren nombres,
rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de estas.
5.11. Contra las resoluciones del Tribunal y sus actos de trámite, si deciden directa
o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el
procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses
legítimos, cabrá interponer recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que
establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
5.12. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el
Rectorado de la Universidad de Córdoba, sito en Avda. Medina Azahara, núm. 5. El Tribunal
dispondrá en esta sede, al menos, una persona, miembro o no del Tribunal, que atienda
cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas. Asimismo,
cualquier información de interés para el proceso será publicada en el Portal del Personal,
apartado «Convocatorias de empleo PAS», de la página web de la Universidad de Córdoba.
5.13. El Tribunal que actúe en este proceso selectivo, a efectos económicos, tendrá
la categoría quinta de las recogidas en el Anexo V del Presupuesto de la Universidad de
Córdoba.
5.14. El Tribunal no podrá, en ningún caso, aprobar ni declarar que ha superado
el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas por la
presente resolución. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido
en esta base será nula de pleno derecho.