Autoridades y personal. Universidades. (2022/245-23)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para ingreso en la Escala de Gestión de Apoyo a la Docencia y a la Investigación (puesto de Técnico/a Nivel 5 con destino en la Unidad Cámara Anecoica Acústica del Centro de Instrumentación Científica) en el marco de la estabilización de empleo temporal del personal de administración y servicios.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Viernes, 23 de diciembre de 2022

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2. Requisitos de las personas aspirantes.
2.1. Las personas aspirantes, para ser admitidas en el proceso selectivo, deberán
reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular:
a) Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la
Unión Europea, o nacionales de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados
Internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de los trabajadores y las trabajadoras en los términos en
que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
Lo establecido en el párrafo anterior será asimismo de aplicación al cónyuge de los
españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge,
siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha
edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el
ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del
cuerpo y escala a que se aspira.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Grado, Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto
Técnico, o equivalente de conformidad con la normativa de aplicación, o de la justificación
acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su
obtención.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar
que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial de
homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación y a
nivel académico universitario oficial. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan
obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones
reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.
2.2. Estos requisitos estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión como personal funcionario de la Universidad de Granada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; los Estatutos de la
Universidad de Granada y lo dispuesto en la presente convocatoria.
1.3. El procedimiento de selección será el de concurso-oposición.
1.4. La fase de oposición se desarrollará con los ejercicios y puntuaciones establecidos
en el Anexo II de esta convocatoria El programa de materias para los ejercicios de la fase
de oposición será el contenido en el Anexo I de esta convocatoria.
1.5. La fase de concurso se desarrollará conforme a lo dispuesto en el Anexo II de la
presente convocatoria, con aplicación del baremo contenido en el mismo.
1.6. El ejercicio de la fase de oposición, que no se realizará antes del día 1 de marzo
de 2023, se fijará de acuerdo a la forma establecida en la base 4.1 de esta convocatoria.