5. Anuncios. Ayuntamientos. (2022/245-70)
Anuncio de 30 de noviembre de 2022, del Ayuntamiento de Jaén, Patronato Municipal de Asuntos Sociales, de convocatoria de pruebas selectivas para la selección de las plazas incluidas en la oferta de empleo público extraordinario del año 2021 correspondientes al proceso de estabilización de empleo temporal de este Patronato, mediante el procedimiento de selección de concurso. (PP. 3363/2022).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Viernes, 23 de diciembre de 2022
página 19812/9
Decimocuarta. Procedimiento de selección de aspirantes.
1. La puntuación máxima del concurso de méritos no podrá superar los 35 puntos.
2. El procedimiento de selección de los aspirantes constará de una única fase de
concurso, de conformidad con lo regulado en la D.A 6.ª y la D.A.8.ª de la Ley 20/2021, de
28 de diciembre.
3. La documentación justificativa de los méritos valorables en la fase de concurso
deberá ir grapada, ordenada, numerada y valorada conforme al Anexo III de las presentes
bases.
4. Solo serán tenidos en cuenta los méritos adquiridos con anterioridad a la
finalización del plazo de presentación de instancias. No se valorarán los méritos alegados
con posterioridad a la finalización de dicho plazo.
5. El certificado del tiempo de prestación de servicios desarrollado en el PMAS, en el
Ayuntamiento de Jaén o en cualquiera de sus organismos autónomos, será aportado de
oficio por el Área de Recursos Humanos y referidos siempre a la fecha de terminación del
plazo de presentación de instancias.
6. El certificado del tiempo de prestación de servicios desarrollado en otras
Administraciones Públicas habrá de ser aportado de conformidad con lo establecido en
lo establecido en el apartado 13.3 de esta Base durante el tiempo de 20 días hábiles
establecido para la presentación de solicitudes al presente proceso selectivo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00273047
11. Los Tribunales quedan facultados para resolver las dudas que pudieran surgir en
la aplicación de las presentes Bases, para decidir respecto a lo no contemplado en las
mismas, así como para incorporar especialistas en caso de requerir el asesoramiento
técnico de los mismos, quienes actuarán con voz, pero sin voto También, podrán nombrar
personal que colabore temporalmente en el desarrollo del procedimiento de selección,
con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa que le atribuya
el Tribunal y que ejercerá sus funciones de conformidad con las instrucciones que éste le
curse al efecto
12. Contra los acuerdos adoptados por los Tribunales, podrá interponerse recurso
de alzada ante la Sra. Presidenta del PMAS o cualquier otro que pudiera proceder de
conformidad con la legalidad vigente, recursos que no suspenden la tramitación de los
procedimientos selectivos correspondientes, pudiéndose presentar los mismos a través
de los medios habilitados y permitidos por la Ley.
Asimismo, las personas aspirantes podrán presentar reclamaciones ante el propio
órgano de selección dentro del plazo improrrogable de cinco días hábiles desde el día
siguiente a la publicación en Sede Electrónica de la puntuación obtenida por las personas
aspirantes Dichas reclamaciones solo podrán ser presentados en el Registro del PMAS
de manera presencial o de forma telemática, con objeto de no ralentizar el correcto
desarrollo del proceso selectivo.
Toda reclamación que se presente por las personas aspirantes a las puntuaciones
acordadas por el Tribunal de selección tras la valoración de méritos en la fase de
Concurso, serán resueltas por el citado Tribunal en sesión convocada al efecto y
serán publicadas mediante anuncio en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Jaén
(http://www.aytojaen.es), sirviendo dicha publicación de notificación a todos los efectos a
quienes hayan efectuado alegaciones y a todas las personas aspirantes en cuanto a la
puntuación obtenida
13. Los Tribunales se ajustarán en su actuación a lo establecido en la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y deberán guardar sigilo de sus
deliberaciones en todas las fases del proceso selectivo.
14. Los Tribunales de cada convocatoria, a efectos de comunicaciones y demás
incidencias, tendrán su sede en el PMAS, calle Cerón, núm. 19, 23004 Jaén, debiendo
dirigirse a los mismos a través del Registro sito en la misma dirección.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Viernes, 23 de diciembre de 2022
página 19812/9
Decimocuarta. Procedimiento de selección de aspirantes.
1. La puntuación máxima del concurso de méritos no podrá superar los 35 puntos.
2. El procedimiento de selección de los aspirantes constará de una única fase de
concurso, de conformidad con lo regulado en la D.A 6.ª y la D.A.8.ª de la Ley 20/2021, de
28 de diciembre.
3. La documentación justificativa de los méritos valorables en la fase de concurso
deberá ir grapada, ordenada, numerada y valorada conforme al Anexo III de las presentes
bases.
4. Solo serán tenidos en cuenta los méritos adquiridos con anterioridad a la
finalización del plazo de presentación de instancias. No se valorarán los méritos alegados
con posterioridad a la finalización de dicho plazo.
5. El certificado del tiempo de prestación de servicios desarrollado en el PMAS, en el
Ayuntamiento de Jaén o en cualquiera de sus organismos autónomos, será aportado de
oficio por el Área de Recursos Humanos y referidos siempre a la fecha de terminación del
plazo de presentación de instancias.
6. El certificado del tiempo de prestación de servicios desarrollado en otras
Administraciones Públicas habrá de ser aportado de conformidad con lo establecido en
lo establecido en el apartado 13.3 de esta Base durante el tiempo de 20 días hábiles
establecido para la presentación de solicitudes al presente proceso selectivo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00273047
11. Los Tribunales quedan facultados para resolver las dudas que pudieran surgir en
la aplicación de las presentes Bases, para decidir respecto a lo no contemplado en las
mismas, así como para incorporar especialistas en caso de requerir el asesoramiento
técnico de los mismos, quienes actuarán con voz, pero sin voto También, podrán nombrar
personal que colabore temporalmente en el desarrollo del procedimiento de selección,
con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa que le atribuya
el Tribunal y que ejercerá sus funciones de conformidad con las instrucciones que éste le
curse al efecto
12. Contra los acuerdos adoptados por los Tribunales, podrá interponerse recurso
de alzada ante la Sra. Presidenta del PMAS o cualquier otro que pudiera proceder de
conformidad con la legalidad vigente, recursos que no suspenden la tramitación de los
procedimientos selectivos correspondientes, pudiéndose presentar los mismos a través
de los medios habilitados y permitidos por la Ley.
Asimismo, las personas aspirantes podrán presentar reclamaciones ante el propio
órgano de selección dentro del plazo improrrogable de cinco días hábiles desde el día
siguiente a la publicación en Sede Electrónica de la puntuación obtenida por las personas
aspirantes Dichas reclamaciones solo podrán ser presentados en el Registro del PMAS
de manera presencial o de forma telemática, con objeto de no ralentizar el correcto
desarrollo del proceso selectivo.
Toda reclamación que se presente por las personas aspirantes a las puntuaciones
acordadas por el Tribunal de selección tras la valoración de méritos en la fase de
Concurso, serán resueltas por el citado Tribunal en sesión convocada al efecto y
serán publicadas mediante anuncio en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Jaén
(http://www.aytojaen.es), sirviendo dicha publicación de notificación a todos los efectos a
quienes hayan efectuado alegaciones y a todas las personas aspirantes en cuanto a la
puntuación obtenida
13. Los Tribunales se ajustarán en su actuación a lo establecido en la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y deberán guardar sigilo de sus
deliberaciones en todas las fases del proceso selectivo.
14. Los Tribunales de cada convocatoria, a efectos de comunicaciones y demás
incidencias, tendrán su sede en el PMAS, calle Cerón, núm. 19, 23004 Jaén, debiendo
dirigirse a los mismos a través del Registro sito en la misma dirección.